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bran el consejo de administración, 190.-Reglas de las asambleas generales, 201 á 205.-Pueden ser representados los accionistas por mandatarios, 210.-Reparto de utilidades, 213, 214. -Sumas pertenecientes á accionistas, en caso de liquidación de la sociedad, 225.

ACREEDORES.-De una compañía en nombre colectivo, 151.De un socio en particular, 152.-Acreedores personales de un socio en sociedad cooperativa, 254.-Contra una nave, 648 á 652. -Para lo relativo á ellos en los procedimientos mercantiles y en las quiebras, vease Quiebras, 945 á 1048,-Juicios, 1049 á 1414, y Procedimiento especial de Quiebras, 1415 á 1500. ACTOS DE COMERCIO.-Cuales reputa la ley actos de comercio, 75.-Cuáles no lo son, 76.

ALMACENES generales de depósito.-Cuáles son, 340.-Certificado de depósito y bono de prenda, 341.-Cómo se entienden y qué expresan, 342 á 344.-Endoso de ambos títulos, 345,346. -Portador del certificado de depósito, 347.-Idem del bono de prenda, 348-Venta de la prenda, 349.-Insuficiencia de la mercancía que cubre el bono, 350.-Caso de incendio, 351.Pérdida del certificado, 352.-Adquisición de bonos de prenda, 353.-Recepción de cantidades parciales, 354.-Portador de certificado unido á bono, 356.-Aplicación de disposiciones anteriores, 357.

ASOCIACIONES.-Cuántas especies hay, 268.-Asociación mo mentánea, 269.-Idem en participación, 270.-Condiciones de ambas, 271.

ARRIBADA FORZOSA.-Cuando se acuerda la arribada, 894. -Gastos de ella, 895.-Cuando no se reputa legítima, 896.— Necesidad de descarga por reparación, 897.-Custodia del cargamento, 898.-Avería en la carga, 899.-Responsabilidad del capitán, 900.

AVAL.-Qué es, 496.-Cómo se hace constar, 497.-A qué queda obligado el que lo presta, 498.

AVERIA.-Qué son averías, 881.-Cuáles son gastos ordinarios, 883.-Dos clases de avería, simple y gruesa, 883.-Qué es ave ría simple, 884.-La soporta el dueño de la cosa, 885.—Qué es avería gruesa, 886.-La soportan todos los interesados en el buque, 887.—Gastos de avería gruesa, 888.-Acuerdo para causa de daños, 889-Orden de la echazón, 890.-Para tener derecho á indemnización, 891.—Transbordo del cargamento á lanchas, 892-Buque echado á pique, 893.

AVERIAS.-Justificación y liquidación de ellas. Reglas, 921.Liquidación, 922.-Demandas, 923.-Interés de demora, 924.

Cuando ocurren averías simples y gruesas, 925.-Liquidación de las averías gruesas.-Se procederá con acuerdo de los interesados, 926.-El naviero reclamará liquidación, 927.-Peritos, 928.-Evaluación de objetos, 929.-Mercancías en el combés, 930. No contribuyen á la avería las municiones de boca y guerra, 931.-Liquidación, 932, 933.-Obligación de los aseguradores, 934.-Pérdida del buque, 935.-Nuevo accidente, salvado una vez el buque, 936.-Pérdida de mercancías en este caso, 937.-Recobro de mercancías después de indemnizadas, 938.Recobro sin indemnización, 939.-Reparto de avería gruesa, 940, 941. Término, 942.-Fianza 943.-Liquidación de avería simple.-Peritos para el valúo, 944.

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CAPITAN DE BUQUE.-Requisitos para serlo, 683.-Faculta des de su cargo, 684.-Fondos para atender á sus obligaciones, 685.-Obligaciones del capitán, 686.-Capitán que navega á flete común, 687.-Falta de cumplimiento en su empeño, 688. -No puede hacerse sustituir, 689.-Reposición de víveres, 690. -Dinero tomado á la gruesa, 691.-Responsabilidad con el naviero, 692.-Responsabilidad del cargamento, 693.-Daños en el buque y carga, 694.-Dinero sobre casco, máquina, etc. 695.-Corsarios durante el viaje, 696.-Ataque de estos, 697.Temporal ó naufragio, 698.-Entrega del cargamento al llegar, 699. CARTAS DE CREDITO.—Qué son, 564.-Cómo se entiende 565.-Validez de ellas, 566.-No se aceptan ni protestan, 567. -Derecho del tenedor, 568, 569.-Obligación del dador, 570, -Csntraorden del dador, 571.-Obligaciones del tenedor, 572. á 574.-Cartas de crédito por mercancías, 575.

CESION DE CREDITOS no endosables. Se transfieren por cesión los créditos no endosables, 389.-Efectos de esta cesión, 390, 391.

COMERCIO.-Sólo á los actos comerciales son aplicables las disposiciones de este Código, 1.-A falta de ellas, las del derecho común, 2.-Capacidad legal para ejercer el comercio, 5.-Menores de 21 y mayores de 18 años, 6, 7.-Pueden ejercerlo las mujeres, 8.-Mujer casada, 9, 10, 11.-Quiénes no pueden

ejercerlo, 12.-Extranjeros 13, 14.-Sociedades legalmente constituidas, 15.-Obligaciones de los que profesan el comercio, 16. Anuncio de la calidad mercantil 17.-Registro de Comercio. (Vease Registro de Comercio), 18 á 32.-De los actos de comercio, 75, y 76. (Vease Actos). COMERCIANTE.-Quiénes se reputan en derecho como tales, 3. -Los labradores y fabricantes sólo lo serán en cuanto concierne á sus almacenes, 4.-Capacidad legal, 5.-Menores de 21 años, 6, 7.—Mujeres, 8, 9, 10 y 11.-Quiénes no pueden ejercer el comercio, 12.-De los extranjeros, 13, 14.-Las sociedades legalmente constituidas, 15.-Obligaciones de los que profesan el comercio, 16.—Anuncio de la calidad mercantil, 17.-Registro de Comercio, 18 á 32, (Vease Registro). COMISIONISTAS.-Quién es, 273.-Reglas generales, 274 á 276. -Cuando se rehusa la comisión; 277, 278.-Venta de efectos por el comisionista, 279.-Desempeño personal de la comisión, 280.-Fondos de la comisión, 281, 282.-Contratos en nombre propio, 283 á 285.--Instrucciones del comitente al comisionista, 286 á 289.-Noticias del comisionista al comitente, 290.Responsabilidad, 291 á 295.-Transporte y expedición de efectos, seguro de ellos, 296. 297.-Rendición de cuenta, 298.-No puede comprar por sí sin consentimiento del comitente, 299.Alteración de las marcas, 300.-Ventas á fiado ó á plazo, 301 á 303.-Remuneración del comisionista, 304.-Cuenta de gastos, 305. Los efectos en poder del comisionista están obligados al pago de la comisión, 306.-Revocación de comisión, 307.—Muerte del comisionista, 308.

COMPRAVENTA.--Cuando son mercantiles, 371.-A que se sujetarán los contratantes, 372.-Compraventas sobre muestras, 373.-Sobre mercancías que el comprador no ha visto, 374.Entrega de mercancías en plazo determinado, 375.-Cuando no cumple una de las partes, 376.--Pérdidas ó daños en las mercancías, 377.-Aceptación del comprador, 378.-Cuando no se fija plazo, 379.-Pago del precio, 380.-Arras, 381.-Gastos de entrega, 382.-Reclamaciones, 383.-Evicción y saneamiento, 384. Rescisión de venta, 385.-Mercancías en poder del vendedor, 386.-Ventas públicas, 387.

CONOCIMIENTO en los buques.-Qué expresará, 781.-Ejemplares de él, 782.-Los conocimientos al portador son transferibles, 783-Hacen fé, 784.-Cuál hace fè, 785.-Gastos de

macén, 786.-Variación de destino en las mercancías, 787.Nuevo conocimiento, 788.-Fallecimiento del capitán, 789.— Acción que producen los conocimientos, 790.-Ejemplar que se prefiere, 791.-Entrega de conocimiento, 792.-Entrega de cargamento, 793.

CONTABILIDAD.— Obligaeión de llevarla, 33.-Libros, sus condiciones, nominación y uso, 34 á 46. (Vease Libros.) CONTRAMAESTRE-Sucede al capitán, 706.-Obligaciones que tiene, 707.-Toma el mando cuando se inhabilita el capitán, 708 CONTRATO A LA GRUESA ó préstamo á riesgo marítimo.Qué es, 794.-Cómo puede celebrarse, 795.-Qué debe expresar, 796.-Puede extenderse á la orden, 797.-Préstamos en efectos, 798.-Sobré qué pueden constituirse, 799.—No se pueden hacer sobre los salarios, 800.-Validez del préstamo, 801. -Sobrante, 802.-Préstamo que toma el capitán, 803.-Cuando no llegan á ponerse en riesgo los efectos, 804.-Préstamos durante el viaje, 805.-Acciones del prestador, 806.-Prestadores á la gruesa, 807.-Tiempo del contrato, 808.-Caso de naufragio, 809.-Préstamo y Seguro á la vez, 810.-Demora en el reintegro, 811.

CONTRATO DE FLETAMENTO.-Cómo se entiende, 727. -Sobre las pólizas, 728, 729.-Contratos celebrados por el capitán, 730.-Plazo de carga y descarga, 731.-Buque que se deteriora, 732.-Cómo se devenga el flete, 733, 734.-Qué mercancías no devengarán flete, 735, 736.-Efectos salvados de naufragio, 737.—Mercancías deterioradas, 738.-Aumento de peso, 739.-El cargamento está afecto al pago de flete, 740.Venta del cargamento para pago, 741.-Plazo de responsabilidad, 742.-Depósito judicial, 743.—Rescisión total ò parcial del contrato de fletamento.-Cuándo puede rescindirse á petición del fletador, 763.-Cuándo á petición del fletante, 764.-Por hechos ocurridos antes de salir el buque, 765.-Cerramiento de puerto, 766.-Rescición parcial, 767. CONTRATOS MERCANTILES-Las convenciones ilícitas no producen obligación ni acción, 77.-Validez de los contratos, 78, 79.-Contratos por correspondencia, 80.-Serán aplicables las disposiciones del derecho civil, 81.-Contratos en que intervengan corredores, 82.-Obligaciones sin término prefijado, 83. No habrá término de gracia, 84,-Efectos de morosidad en el cumplimiento de un contrato, 85.-Donde se cumplen los contratos, 86.-Especie de las mercancías, 87.-De la indemniza

ción, 88.-Contratos de sociedades, 93 á 99. (Vease Sociedades.) CORREDORES.-No pueden ejercer el comercio, 12.—Qué son, 51.-De cuántas clases, 52.-Es voluntaria, para los contratantes, la intervención de corredor, 53.-Requisitos para serlo, 54. -Títulos, 55,-Dónde pueden ejercer, 56.-Habilitación, 57. Fianzas de los corredores, y fiadores de estos, 58 á 62.—Ejercicio de los corredores en los negocios, 63 á 66.-Obligaciones, 67.-Prohibiciones, 68.-No pueden hacer cesión de bienes, 69. -Penas en que incurren, 70 á 72.—Colegio de corredores, 73. Reglamentos especiales, 74. CORRESPONDENCIA.-Obligación de conservar cartas y telegramas, 47.—Traslación al libro copiador, 48-Buen orden y claridad de él, 49 y 36.-Presentación de las cartas, 50. CHEQUES.-Qué son, 552.-Lo que deben contener, 553.—Requisitos de validez, 554.-Libros talonarios, 555.-No son endosables, 556.-No tienen aceptación ni protesto, 557.-Plazo de presentación, 558, 559.-Pago de cheques, cómo se acredita, 560.-Responsabilidad del librado, 561.-Pago rehusado, 562. -Acciones del librador, 563.

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DEPENDIENTES.-De las obligaciones que tienen los dependientes y factores, y los actos que desempeñan, 309 á 331. (Vease Factorcs).-Actos de los dependientes, 321.-Los que se encargan de la venta, 322.-Los viajantes, 323.-Recepción de mercancías, 324.-Delegación de cargo, 325.-Indemnización al dependiente, 326.-Responsabilidad, 327.-Contrato de servicios, 328.-Cuenta á los dependientes, 329.-Separación ó despedida del dependiente, 330, 331.

DEPOSITO MERCANTIL.—Qué es, 332.-Derecho del depositario, 333.-Como se constituye el depósito, 334.-Obligación del depositario, 335.-Depósitos de numerario, 336.-Títulos y documentos, 337.-Depósito del que se dispone, 338.-Depósitos en bancos, almacenes, etc., 339.-Depósito de almacenes generales, 340 á 357. (Vease Almacenes.)

DOCUMENTOS é instrumentos en juicio mercantil.-Qué son instrumentos públicos, 1237.-Documentos privados, 1238.— Copia ó testimonio, 1239.-Exhorto para los distantes, 1240.— Reconocimiento de ellos, 1241.-Manifestación de los originales, 1242.-Cuando no se supo firmar, 1243.-Disposiciones sobre reconocimiento, 1244.-Quién puede reconocer un docu

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