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Juan Domingo Annio, Ob. de Hipona, ausiliar del de Boyano, definí, y firmé. -Yo Mateo Priuli, electo de Lubiana, definí, y firmé. Yo Fabio Piñateli, Napolitano, Ob. de Monopoli, definí, y firmé.-Yo Francisco Guarini, de Cita di Casteo, Ob. de Imola, definí, y firmé.-Yo Tomás Ohierllanthe, Ob. de Ross, definí, y firmé. - Yo Francisco Abondi, de Castellon en el Milanesado, Ob. de Bobio, definí, y firmé. -Yo Eugenio Oharet, Ob. de Achonri, definí, y firmě. Yo Donaldo Magongail, Ob. de Rapoe, definí, y firmé.-Yo Juan Bautista Sighiceli, Boloñés, Ob. de Favenza, definí, y firmé. - Yo Sebastian Vanti, de Rimini, Ob. de Orvieto, definí, y firmé este sacrosanto Concilio de Trento.-Yo Juan Bautista Lomelini, Me cinés, Ob. de Guarda, definí, y firmé. - Yo Agustin Molignani, de Verceli, Ob. de Trevico, definí, y firmé. -Yo Carlos Grimaldi, Genovés, Ob. de Sagona, definí, y firmé. Yo Fabricio Landriani, Milanés, Ob. de san Marcos, definí, y firmé de propia mano. -Yo Bartolomé Farratini, Amerino, Ob. de Amerino, definí, y firmé de propia mano. Yo Pedro Frago, Aragonés, de Uncastillo, Ob. de Usel, y Alez en Cerdeña, definí, y firmé. -Yo Gerónimo Gadpi, Florentino, electo de Cortona, definí, y firmé de propia mano. -Yo Francisco Contarini, Veneciano, Ob. de Pafos, definí, y firmé de propia mano. - Yo Juan Delfiní, Veneciano, Ob. de Torcelo, definí, y firmé. - Yo Alejandro Molo, de Valvisona en la diócesis de Como, Ob. de Minori, definí, y firmé de propia mano. Yo Fr. Gerónimo Vielmi, Veneciano, Ob. de Argos, firmé.-Yo Jacobo, Ragusino, Ob. de Mercha y Tribigno, firmé.

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Yo D. Geronimo, Abad de Clareval, creo y firmo de mi mano las cosas que se han definido pertenecientes á la fé; y respecto de las pertenecientes al gobierno y disciplina de la Iglesia, estoy pronto á obedecer. Yo D. Simpliciano de Wltelina, Abad de s. Savador, de la congregacion de Monte-casino, definí, y firmé de propia mano. Yo D. Estevan Catani, de Novara, Abad de santa Maria de las gracias, en la diócesis de Placencia, de la congregacion de Monte-casino, definí, y firmé. Yo. Don Agustin Loscos, Español, Abad de s. Benito de Ferraria, de la congregacion de Monte-casino, definí, y firmé. -- Yo D. Eutiquio, Flamenco, Abad de s. Fortunato de Basano, de la congregacion de Monte-casino, definí, y firmé. Yo Claudio de Lunevill, firmé las determinaciones de fé, y obedeceré á la reforma, suplicando á Jesucristo nuestro Señor el adelantamiento en la virtud. Yo Cosme Damian Hortola,

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Abad de la B. V. Maria de Villa Bertrando, en la provincia de Tarragona, firmé.

mano.

mé.

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Yo Sr. Vicente Justiniani, de Chio' Maestro General de la órden de Predicadores, definí, y firmé, de propia mano. - Yo Fr. Francisco Razona, Español, General de la Observancia de religiosos Menores de s. Francisco, definí, y firmé de propia -Yo Fr. Antonio de Sapientibus, de la provincia de Augusta, General de los Menores Conventuales, definí, y firYo Fr. Cristoval de Padua, Prior General de la órden de los Hermitaños de s. Agustin, definí, y firmé de propria mano. -- Yo Fr. Juan Bautista Miliovaca, de Aste, maestro en sagrada teologia, Prior General de la orden de los Servitas, definí, y firmé de propia mano. -- - Yo Fr. Juan Estevan Pacini, Cremonés, doctor en sagrada teologia, indigno provincial de Lombardia, y vicario General de la Orden de Carmelitas, firmé de propia mano. Yo Diego Lainez, Prepósito General de la Compañia de Jesus, definí, y firmé de propia mano.

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Yo Antonio Montiareno Demalzaret, teólogo de la Sorbona, como Procurador del Rmo, mi Sr. Juan, Ob. de Lisieux, firmé. Yo Luis de Mata, Abad de s. Ambrosio de Burges, Procurador del Reverendísimo Señor Nicolas de Pelve, Arzob. de Sems; de Gabriel de Bouveri, Ob. de Anjou; de Pedro Danés, Ob. de Levaur, de Carlos de Espinay, de Dol, de Felipe de Ber, de Vennes; de Pedro de Val, de Seez; de Juan Clause, de Ceneda, mis Rmos. Sres. que con escusa legítima se han retirado del Concilio, firmé. -Yo Ana de Delaigenal, Abad de Besse, de la diócesis de Clermont, Procurador de mí Rmo. Señor Guillermo Dananson, Arz. de Embrun; de Eustaquio de Belay, Parisiense; de Francisco Valete, de Vabres; de Juan Marvilier, de Orleans; de Antonio Leciter, de Abranches; de Aubespine, de Limoges; de Estevan Bonissier, de Quimper, mis Rmos. Señores Obispos, que con escusa legítima se retiraron del Concilio, firmé -- Yo Diego Payva de Andrade, portugués, Pror. del Rmo. Sr. Gonzalo Piñeyro, Ob. de Viseo, firmé. Yo Melchor Cornelio, Portugués, Pror. del Rmo. Sr. Jaime de Alencastro, Ob. de Ceuta, firmé. Yo el doctor Pedro Zumel, Español, canónigo de Málaga, firmé á nombre del Rmo. Ob. de Málaga, y del Rmo. Arz. de Sevilla, Inquisidor general en los reinos de España. -- Yo Sr. Francisco Orantes, Español, firmé á nombre del Rmo. Sr. Ob. de Palen

cia.

Yo Jorge Hochenuarter, doctor teólogo, firmé á nombre de Rmo. é Ilmo. Príncipe y Sr. el Sr. Ob. de Basilea. -- Yo

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Fr. Francisco Forer, Portugués, profesor en sagrada teologia, Procurador del Rmo. Sr. Juan de Mello, Ob. de Silves, firmé. -Yo Francisco Sancbo maestro, y doctor catedrático de sagrada teologia en la Universidad de Salamanca, Pror. del Rmo. Arz. de Sevilla, firmé, y tambien á nombre del Rmo. Alepus, Arzobispo de Sacer. Yo Fray Juan de Ludeña, profesor de sagrada teologia, Pror. del Rmo. Sr. Ob. de Siguenza, firmé.

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· Yo

Yo Gaspar Cardillo de Villalpando, de Segovia, doctor teólogo, consintiendo á cuanto se ha ejecutado, firmé como Pror. de D. Alvaro de Mendoza, Ob. de Ávila. - Yo Miguel Tomás, doctor en decretos, firmé como Pror. del Illmo. Sr. Francisco Tomás, Ob. de Ampurias, y Civitatense en la provincia de Torre, en Cerdeña, y á nombre de D. Miguel Torrella, Ob. de Anagni. Yo Diego Sobaños, Español, doctor teólogo, Arcediano de Villamuriel, y canónigo de la iglesia de Leon, como Pror. del Ilmo, y Rmo. Sr. Don Cristobal de Rojas y Sandoval, Ob. de Badajoz, al presente de Cordova, dando mi consentimiento á cuanto se ha hecho, firmé de propia mano. Alfonso Salmeron, teólogo de la Compañia de Jesus, y Pror. del Ilmo. y Rmo. Sr. Oton de Truchses, Cardenal y Ob. de Augusta, consentí y firmé. Yo Juan Polanco, teólogo de la Compañia de Jesus, y Pror. del mismo Ilmo. y Rmo. Sr. de Augusta, consentí, y firmé. - Yo Pedro de Fuentes, doctor en sagrada teologia, y Pror. del Ilmo. y Rmo. Sr. el Sr. en Cristo Padre Carlos de la Cerda, Abad del monasterio de la virgen Maria de Veruela, del Orden del Cister, llamado á este publico, y general Concilio de todo el mundo, firmé de propia mano. - Juan Delgado, canónigo, con las veces de mi Señor Juan de San Mi-llan, Ob. de Tuy, firmé. - Nicolás Cromer, doctor en ambos derechos, canónigo de Breslau, y de Olmutz, Pror. del Rmo. Sr. Marcos, Obispo de Olmutz y de toda la Moravia.

Confirmacion del Concilio.

Nos Alejandro Farnese, Cardenal diácono del titulo de S. Lorenzo in Damaso, Vicecanciller de la S. R. I., damos fé y atestamos, como el dia de hoy miercoles 26 de enero de 1564, y quinto año del Pontificado de nuestro SS. Sr. Pio, por divina providencia Papa IV. de este nombre; mis Rmos. Sres. Jos Cardenales Moron y Simoneta, recien llegados del sagrado Concilio de Trento, al que presidieron como Legados de la sede Apostólica, hicieron en consistorio secreto al mismo SS. Papa la peticion que sigue :

Beatísimo Padre en el decreto que dió fin al Concilio general de Trento, publicado el dia 4 del próximo mes de diciembre, se ordenó que a nombre del dicho Concilio pidiesen á V. Santidad, los Legados y Presidentes de vuestra Santidad, y de la sede Apostólica, la confirmacion de todas, y cada una de las santas cosas que se decretaron y definieron en los tiempos de Paulo III. y Julio III. de feliz memoria, y en los de V. Santidad. Por cuya causa deseando nosotros Juan Moron y Luis Simoneta, Cardenales, que á la sazon eramos Legados y Presidentes, poner en ejecucion lo que se ordenó en el mencionado decreto, pedimos humildemente á nombre del Concilio de Trento, se digne V. S. confirmar todas y cada una de las cosas, que se decretaron y definieron en él, así en los tiempos de Paulo III. y Julio III. de feliz memoria, como en los de V. Santidad.

Oido esto, visto tambien, y leido el tenor del decreto mencionado, y tomados los votos de mis Rmos. Sres. los Cardenales, respondió su Santidad en los términos siguientes:

Condescendiendo á la peticion hecha á Nos en nombre del Concilio ecuménico de Trento por los referidos Legados, sobre su confirmacion Confirmamos con nuestra autoridad Apostólica', con dictamen y asenso de nuestros venerables hermanos los Cardenales, habiéndolo antes deliberado con ellos, todas y cada una de las cosas que se definieron y decretaron en el dicho Concilio, así en los tiempos de nuestros predecesores de feliz memoria Paulo III. y Julio III. como en el de nuestro Pontificado; y mandamos en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu santo á todos los fieles cristianos que las reciban y observen inviolablemente. Así es. Alejandro Cardenal Farnese.

Vice Canciller.

BULA

De N. SS. Sr. Pio Papa IV. de este nombre sobre la confir– macion del ecuménico y general Concilio de Trento.

Pio Obispo, siervo de los siervos de Dios para perpetua memoria. Bendito Dios, Padre de nuestro señor Jesucristo, Padre de misericordias, y Dios de todo consuelo; pues habiéndose dignado volver los ojos á su santa iglesia, afligida y maltratada con tantos uracanes, tormentas, y gravísimos trabajos como se le aumentaban de dia en dia, la ha socorrido en fin con el remedio oportuno y deseado. El Concilio ecuménico, y general indicado

mucho tiempo hace para la ciudad de Trento por nuestro predecesor Paulo III, de piadosa memoria, con el fin de estipar tantas perniciosísimas herejías, enmendar las costumbres, restablecer la disciplina eclesiastica, y procurar la paz y concordia del pueblo cristiano, se principió en aquella ciudad, y se celebraron algunas Sesiones y restablecido segunda vez en la misma por su sucesor Julio, ni aun entonces se pudo finalizar, por varios impedimentos y dificultades que ocurrieron, despues de haberse celebrado otras Sesiones. Se interrumpió en consecuencia por mucho tiempo, no sin gravísima tristeza de todas las personas piadosas; pues la iglesia incesantemente implora con mayor vehemencia este remedio. Nos empero, luego que tomamos el gobierno de la sede Apostólica, emprendimos, como pedia nuestra pastoral solicitud, dar la última perfeccion, confiados en la divina misericordia, á una obra tan necesaria y saludable, ayudados de los piadosos conatos de nuestro carisimo en Cristo hijo Fernando, electo Emperador de Romanos, y de otros reyes, repúblicas y principes cristianos; y al fin hemos conseguido lo que ni de dia ni de noche hemos dejado de procurar con nuestro trabajo y diligencia, ni de pedir incesantemente en nuestras oraciones al Padre de las luces. Pues habiendo concurrido en aquella ciudad de todas partes y naciones cristianas, convocados por nuestras letras, y movidos tambien por su propia piedad, muchos Obispos y otros insignes Prelados en numero correspondiente à un concilio genera!, ademas de otras muchísimas personas piadosas, sobresalientes en sagradas letras, y en el conocimiento del derecho divino y humano, siendo Presidentes del mismo Concilio los Legados de la sede Apostólica, y condescén-` diendo Nos con tanto gusto á los deseos del Concilio, que voluntariamente permitimos en Bulas dirigidas á nuestros Legados, que fuese libre al mismo aun tratar de las cosas peculiarmente reservadas á la sede Apostólica; se han ventilado con suma libertad, y diligencia, y se han definido, esplicado, y establecido con toda la ecsactitud y madurez posible, por el sacrosanto. Concilio, todos los puntos que quedaban que tratar, definir y establecer sobre los Sacramentos, y otras materias que se juzgaron necesarias para confutar las heregías, desarraigar los abusos, y cor-, regir las costumbres. Ejecutado todo esto, se ha dado fin al Concilio, con tan buena armonía de los asistentes, que evidentemente ha parecido que su acuerdo y uniformidad ha sido obra de Dios, y suceso en estremo maravilloso á nuestros ojos, y á los de todos los demas por cuyo beneficio tan singular y

divino

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