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Que baya el alariffee.

Que baya un pintor.

Quel mayor. domo gaste lo

do

se sirva de yr al efeto conteny do en la dicha y al mysmo efeto bayan los scñores alguazil mayor don francisco de trejo carvajal pedro nuñez de prado y cordova procurador mayor don francisco de solis y barraza y todos los demas cavalleros rregidores que quicieren para que siempre aya acopio y numero vastante que rrepresente a la ciudad y en nonbre de ella piden lo que le conbenga y asi mysmo baya el escrivano del cavildo para los autos que se obieren de acer y testimonyos que se ofrescieren y se avise a los letrados de la ciudad que bayan cou estos señores y el señor doctor quessada para lo que se le pueda ofrescer.

Y asi mysmo para acer las moxoneras que se an de levantar se ordena quel señor obrero mayor enbie al alariffe con officiales y maieriales suficientes para las moxoneras y si el alariffe questa nonbrado por la ciudad tubiere ocupacion nonbre persona que io aga.

Y asi mysmo para el dibujo y pintura de la juridicion que se fuere señalando se encarga al señor alguazil mayor que lleve un pintor para que lo pinte y dibuje con rrelacion berdadera y en forma para que se ponga vm tantanto en los autos que se hicieren y otro en vn lienzo en la sala de cabildo.

Y asi mysmo se ordena y manda a nesesario en to diego de cabrera mayordomo desta ciudad que de los propios y rrentas desta ciudad y de qualesquier bienes que tubiere della aga todo el gasto nesesario para esto theniendo en las partes nesesarias rrecaudo de comida y lo que mas conbenga para el rregalo del señor doctor quessada y cavalleros rregidores y sus criados y cavallos todo con quenta y rrazon para la dar cada que se les pida que para todo ello se le da comicion en forma para hacer dicho gasto y esto se notifique a todos los que toca.

Y el señor corregidor dixo que esta

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Este dia los señores pedro nuñez de prado y cordova y joan de torres loranca rregidores dixeron que en conformydad de la comycion que se les dio en el cavildo de diez y siete de marzo en rrazon de la fiesta del Santisimo Sacramento ablaron a su exelencia y rrespondio que mandaria a los rrepresentantes que hisiessen las comedias sin que llebassen yuteres por sus personas mas de que solo se les diesen lo que gasten en sus bestidos o les quitaria la licencia que tienen de rreprésentar y que tratase della el señor joan de torres loranca y lo efenessiesse como comysario de la ciudad para ello.

Los rregido. res que fran.

Proposicion pedro nuñez de

de los señores prado y Joan de

torres loranca sobre la fiesta

del Santisimo

Sacramento.

Salario de

Este dia el señor alguacil mayor pi- carneserias. dio se le libre el salario del mes passada que sirvio en la carneseria mayor.

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chancilleria rreal que en ella rreside etcetera.

Por quanto para prevenir la fiesta que se a de acer en el dia de corpus xristi y octabaria que se espera deste presente año que suele y acostumbra hacerse de los propios y rrentas desta ciudad como estar al presente gastada y empeñada deseando que se hiciesse con la solenydad y demostracion de rregocijo como que se aga en fiesta tan solene mande a don garci lopes del espinar corregidor desta dicha ciudad me diesse avisso de donde se podria suplir el dicho gasto en cuyo cumplimyento me dio por motivo que juntandose las dos compañуas de rrepresentantes y obligandolos a que hiciesen de gracia las comedias que suelen hacerse bastarian mill y duscientos pesos poco mas o menos que se podrian sacar adelantados de los propios y rrentas que la dicha ciudad tiene y por mi bisto por el presente permito y doy li cencia al cavildo justicia y rregimiento desta ciudad para que puedan tomar adelantados y arrendar las tiendas y cassas que tienen por otro año mas del que agora estan arrendadas mill y setecientos pesos de oro comund para que los mill y duscientos dellos se distribuyan y gasten en las cossas que fueren menester para la dicha fiesta y su otaba y los quinientos pessos que se an de entregar a los avtores de ambas compañias si se conbinieren para ayuda de los gastos del adorno de los rrepresentantes que an de acer en la dicha fiesta atento a que por mandamyento aparte esta dispuesto y orde nado lo que en esto se ha de hacer.

fecho en mexico a diez y seis de abril de mill y seyscientos y ocho años. -don luys de velasco.

por mandado del virrey.-pedro de la torre.

E visto por la ciudad se acordo que en conformy dad del se saque a la mesa

mañana savado y se rrematen las casas y tiendas de la calle de la celada y rroperos questan por rrematar para el año que viene de seyscientos y nueve para este gasto y el dinero adelantado.

Este dia el señor pedro nuñez de prado y cordova dixo que los carreto nes con que se sirven las carneserias pesos y pesas y pethrechos del matadero y carneserias es de la ciudad el valor dello el qual entro en la cantidad de los treynta mil pesos que se entregaron a joan nyeto para el servicio de las carneserias como consta de la carta de pago que se dio a los obligados que so antesedieron y asi mismo mucha cantidad de pesos de oro que balio la cal y sal que a la sason se le entrego al dicho joan nieto todo lo qual entro en poder de francisco hidalgo quando entro a servir las carneserias y deve pagar el valor de todo lo qual se deve cobrar por parte de los dichos treynta mill pesos del prestamo que se hizo a joan nyeto que suplica a la ciudad se sirva de mandar al mayordomo v quien la ciudad fuere servida,

E visto por la ciudad se acordo quel señor pedro nuñez de prado y cordova rregidor y procurador mayor se sirva de sacar todos estos rrecaudos y los trayga a la contaduria de propios para que de alli se entreguen al mayordomo para que se aga la cobranza.

Y estando presente el señor pedro nuñez de prado y cordova dixo que lo

era.

Este dia el señor alvaro de castrillo dixo que para la paga de los mayses que su exelencia a mandado dar al pocito son menester en la caxa tres mill y ducientos y veyntiocho pesos de oro comund que la ciudad ordene como se paguen.

E visto por la ciudad acordo que se le de libranza para que de la caxa del

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