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En la ciudad de mexico

Este dia se vido vna peticion de sebastian zamora maestro del agua en que pide el primer tercio de su salario y el parecer dado por el señor luys maldonado obrero mayor.

E visto por la ciudad se le mando librar el dicho salario ffecha la quenta por el orden y firma que se suele y acostumbra.

Que se libren al maestro del agua.

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Este dia se vido una peticion de francisco de sosa solicitador de las causas desta ciudad en quien pide el primer tercio de su salario deste año y el parecer dado por el señor obrero mayor pedro nuñez de prado.

E visto por la ciudad se le mando librar ffecha la quenta por el orden y forma que se suele y acostumbra.

Este dia se vido vna peticion de martin de albear el tenor de la qual con cierto parecer y decreto del señor procurador mayor pedro nuñez de prado es del thenor siguiente.

Martin de albear suplica a vuestra señoria sea servido de mandar se le pague mas de veynte dias que andubo ocupado en los amoxonamyentos con el señor oydor por mandado de vuestra señoria como persona que tenya noticia del primer amoxonamyento por que si no fuera por el se hiciera muy confusamente como lo diran los señores pedro nuñez de prado y don francisco de solis haciendo officio de solicitador y amoxonador e ynterprete y esto con mucho amor y boluntad como siempre lo he hecho de serbir de mas de treynta años a esta parte a esta ciudad por que no tenyendo obligacion ninguna todos los años acudo a acer aderezar el cavildo de juncia y flores y buscar musica de tompretas y chirimias y los dias de san ypolito hace lo mysmo y hacer las quentas con los naturales que traen el mays a la alhondiga desta ciudad y acudiera los nego.

Que se libre al solicitador

Martia de al. bear

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cios que se ofresen en la dicha alhondiga y todas las demas cosas que'se ofresen sin por ello aberle hecho ninguna merced y por que los cinquenta pesos que se le dan cada año es por que ante el se dan las cartas de pago que dan los yndios que sirven en las cañerias del agua y ansi se le pague treynta pesos en la caxa de la sissa y los veynte para que acuda a la diputacion a hacer los negocios del officio por la quarta parte que ciudad lleba de las condenaciones y por esto se le pagan los cinquenta pesos

A vuestra señoria pide y suplica se le aga merced atento a su mucha pobreza y estar ya muy biejo con mujer e hijos y estar enfermo y no se le aber hecho nynguna merced de todo el tienpo que a servido se le mande pagar en lo qual rrecibira merced y limosna.-martin de albear.

En la ciudad de mexico en el cavildo de diez y nueve de mayo de mill y seyscientos y ocho años se leyo esta peticion y bista se rremitio al señor procurador mayor pedro nuñez de prado y cordova para que como persona que se alio presente ynforme a esta ciudad con su pareser y se trayga con los demas papeles deste genero y salarios que se le an de pagar.- Simon guerra escrivano.

En la ciudad de mexico en veyntitres dias del mes de mayo de mill y seyscientos y ocho años yo pedro nunez de prado y cordova rregidor desta ciudad digo ques asi como se contiene en la peticion de martin de abear y servicio que hizo a la ciudad en el amoxonamyento de los exidos y que deve vuestra señoria mandarle zatisfacer y pagar su trabaxo de diez y siete dias que se ccupo en ellos y vn dia en lo del agua que pertenece a la sissa y este es mi parecer y lo firme.-Pedro Nuñez de Prado.

Entro el señor don francisco de torres santaren rregidor.

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Flansas que ofrece

Salario de los dias que se ocupo el señor doc

las moxoneras,

hace la protestacion que hecha tiene en el otro nonbramyento.

Y luego se vido vn memorial de fiador que ofrescio que son a francisco de villegas en quinientos pesos y al capitan diego de molina en quinientos pesos y a gregorio fernandes de cordova en quinyentos pesos y a xripstoval peres rropero en quinyentos pesos y a diego de cabrera en quinyentos pesos y al conta andres gutierres en quinientos pesos y a don angel de billafoña en dos mill pesos.

E visto por la ciudad se admitieron y que se le notifique de luego los otros mill pesos que faltan a cumplimyento de seis mill pesos como esta acordado.

Este dia el señor pedro nuñez de

For quesada en prado y cordova procurador mayor desta ciudad dixo que en cumplimiento de la comycion que se le dio en el cavildo passado para ber los papeles y dias que se ocupo el señor doctor quessada con sus ministros en lo de los terminos desta ciudad y amoxonamientos y asi dice que el dicho señor doctor quessadas se ocupo diez y nueve dias de que se le deve pagar el salario de doze ducados de castilla conforme a su comycion los diez y siete dellos por parte de propios y los dos de quenta de sissa por aver sido para lo de la targea del agua de santa ffee y questos como consta de los autos.

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Este dia entraron en el cavildo desta ciudad el doctor de billanueva canonigo de la santa yglesia y el rracionero servan rrivero y abiendo salido por ellos a la puerta el correo mayor alonso dias de la barrera y joan de torres loranca rregidores y abiendo entrado se sentaron el dicho canonygo junto al alguazil mayor francisco rrodrigues de guevara prefiriendole es solo por ser el mas antiguo que avia en el dicho cavildo y junto al dicho rracionero y dixeron de parte del caviido de la catedral como alonso rrodrigues del bado persona que avia fundado vn ospital para pobres mudava yntento y lo dava a los frayles de san francisco para colesio siendo contra las escripturas y fundacion primera y contra los pobres que en el se avian de curar que como cossa del bien publico y de los pobres la ciudad saliere a esta caussa defendiendo que la primera fundacion se guardase como lo pedia la catedral.

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E abiendoles oydo y dado la rrepues- Villete. ta y salido sse (fue) del cavildo se mando dar villete para el primer dia de ca

vildo.

Este dia se acordo que se de villete para el primer dia de cavildo para tratar sobre las comyciones que su exelencia dio a don joan de serbantes sobre lo del sacate y lo de los cordovanes y se llame a los letrados desta ciudad para ordenar lo que conbenga.

Don Garci Lopez del Spinar.-Ante mi Simon Guerra escrivano.

En la ciudad de mexico

biernes treynta de mayo de mill y seys

cientos y ocho años.

se juntaron a cavildo don garci lopez del espinar corregidor desta ciudad francisco rrodriguez de guevara alguazil mayor don francisco de trejo carvajal baltassar de herrera guillen pedro nuñez de prado don francisco de solis simon enrriquez depositario juan de torres loranca rregidores.

Entro juan de arguello portero y cer

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El Troy nueslos frayle de franciaco descalzos y B fundacion

El rrey concejo justicia y rregimyento de la cibdad de mexico de la nueva tror sobre españa el provincial y definidores de la provincia de san diego de los descalzos de la orden de san francisco desa nueva españa me an escrito por carta de primero de mayo de seyscientos y cinco que por ser la dicha provincia nuevamente eleta y no tener mas de seys conventos tienen nesesidad de fundar otros de nuevo para con mas comodidad poder criar al numero de rreligiossos que son nesessarios para su concerbacion y aumento y mayor servicio de Dios Nuestro Señor y pro- . vecho de las almas suplicandome que atento a ello y a que muchos pueblos despañoles por la devocion que tienen al avito decean y piden con ynstancia. los edifique en ellos les mandase dar licencia para que en las partes que mas comodidades ubiere puedan edificar otros seys conventos puez en ello se ara grande servicio a Dios Nuestro Senor por el provecho de las almas y consuelo de los pueblos y abiendose bisto en mi concejo rreal de las yndias tube por bien de dar la presente para bos y

Comicion p

ra lo dicho a los

señores fraucis

eo de las cassas

de trejo.

por la qual bos mando que me ynformeys con particularidad de las conbeniencias o ynconbenientes que ay y se ofrecen serca de lo rreferido todo con buestro parezer para que bisto provea y mande lo que mas convenga ffecha en madrid a seis de hebrero de mill y seyscientos y siete años.

yo el rrey.

por mandado del rrey nuestro señor. -juan de ciriza.

Por el rrey al cavildo justicia y rregimyento de mexico de la nueva españa.

E visto por la ciudad se obedecio con 7den franc.aco el acatamyento devido y para el cumplimyento de lo que su magestad manda se cometio a los señores don francisco de las cassas y don francisco de trejo carvajal rregidores para que con esta cedula que se les entregue original agan la diligencia que conviene y traten con los dichos frayles desta causa y tomada rresolucion de todo traygan rrazon a esta dicha ciudad para que visto en ella se ordene y acuerde lo que conbiniere rresponder conforme a lo que su magestad manda.

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