librar ffecha la quenta por el orden carne. Villete. Este dia se acoido que para el lu- ! En la ciulad de merico lunes diez dias del mes de mayo de Entro el doctor joan cano letrado l'arecer del y abogado desta ciudad y catredati- no sobre la pre co de prima y dixo que a bisto los nermanos de i papeles tocantes al billete y le pare sant ypolito. mana. Notificacion ce que en el yntento de los herma- Este dia el señor don francisco de que no aya ra nos de san ypolíto no se trata de co torres santaren procurador mayor lia en la cena: tro) mas de un E visto por la ciudad se acordo que a consejo de los letra los siga es 1 do esta ciudad seruido puede benir ta causa por todas ynstancias y a costa de propios. Este dia acordo la ciudad que vn causa de los Quene siga la Doctor Joan Cano. Cueron de joan pleyto contra martin digo marcos nyeto. matias flores sobre ciertos cueros que Heldor. Entro el señor alguacil inayor. conpro de joan nyeto el balor de los cos matias como consta del dicho gocio graue conpete al señor pro- curador mayor. y asi se acuerda la torres questa presente acuda toman- do esta caussa y pleyto y lleualla a los letrados y a consejo de qualquier el gasto sea quenta aparte para que Este dia acordo la ciudail que se se cobre de los bienes del dicho joan 11 athro 'de ay:escrina a españa a matheo de ayssa nyeto y el señor don francisco aga | que quedo descargado diego de ca- Que no parris ua astana a te. Que diego de Cabrera mayor domo yndir 100) pewa matheo de ayna. go tello en nonbre Este dia se uido vna peticion de don joan tello de guzman del tenor de cabrera mayordomo enbie rre- Don joan de el orden y forma que se suele y co- bre de alonso de valdes rregidor di-dealon de mo ordenare el señor alguacil ma- go que por vuestra señoria se lo dio de poder al ma yordomo para yor los trescientos para en quenta libranza para que se le paguen tres fur cobre de lo de lo que se le deue de su salario al mill pesos librados en las plazas paguen dos mull dicho matheo de ayssa y los doscien- de corredores en este año de seystos para que los reparta en diego de cientos y dies carla tercio mill posos salas y los demas letrados y procura- y por otro auto se mando quel madores desta ciudad. yordomo de propios los fuese pagan do si do de lo que cobrasse de los corredores en la forma dicha y es cumplido el primer tercio y por no auer dado poder a diego de cabrera mayordomo de propios no se puede cobrar de los dichos corredores y para que se consiga la merced a vuestra señoria pido y suplico se sirva de mandar dar poder al dicho mayordomo v o otra persona para que cobre de los dichos corredores este tercio primero y que del se paguen los mill pesos y a lo menos en la cantidad dellos se le de el dicho poder en que rreseuire merced don joan tello de gusman. En la ciudad de merico biernes veynte y un dias del mes de mayo de mill y seyscientos y diez años. E visto por la ciudad de conformydad se acordo atento a ser asi todo lo rrreferido en la dicha peticion que se le daua y dio comycion y poder en forma al dicho diego de cabrera para que cobre de los dichos corredores hasta en la dicha cantidad de los dichos mill pesos deste primer tercio y no mas y aga la dicha paga de la dicha libranza y no otra ny cobre mas cantidad porque tan solamente se le da comycion para cobrar los dichos mill pesos para la dicha paga que a de ser con ellos y no mas. se juntaron a cauildo don garcia lopes del espinar corregidor desta ciudad don francisco de torres santaren don francisco de solis y barraza rregidores. Don Garcilopes del Spinar.--Ante mi Simon Guerra escriuano. Este dia entro joan de arguello Ffee y billete portero y certifico auer llamarlo a | cauildo con el billete que se le dio para el lunes diez y siete deste la tarde y por no auerse juntado llamo para oy a todos los caualleros rregidores y el billete es el siguiente. Vuestra señoria se junte a cauildo lunes diez y siete de mayo a las tres oras de la tarde a acer cauildo ordinario atento a auerse de acompaña r por la mañana la lectanya y prosecion que sale de la catedral y para uer el parecer del doctor joan cano en rrazon de lo que piden los hermanos del hospital de sant ypolito y determinar en trazon de todo lo que convenga y se ara con los que binyeren don garcia. Entiendase para el biernes veynte y vno de mayo. E visto por la vin la l mando quel mayordomo luero pague esto a costa de propio y obras publicas tomando carta de pago el licho rrioxa y de la persona que hizo el dicho empeirado attento que el señor corregidor dixo ser asi todo lo contenido en la dicha peticion. Aprovon el Este día abiendo visto la ciudad parecer del doc tor poate con el parecer del doctor joan cano aboharmannadgado desta dicha ciudad en rrazon antypolito. de lo pedido de los hermanos del hos pital do sant ypolito en conformydad del auto y parecer del doctor joan cano y bisto por la ciudad dixo que se confomaua y conformo con el dicho pareser del dicho doctor joan cano dado en el cauildo passado de dies dias deste presente mes y año y que la ciudad tiene por bien de concederlo lo que piden los dichos hermanos sin perjuycio de su patronasgo en conform ydad del dicho pare Este ilia se nido vna peticion v pa- Libra n za a mathco de bure reser del señor albaro de ca-trillo en bua. rrazon (le lo pelido por mathco de burbua vrelor del mata lero on rrazon del salario del año pasado de nouenta y nuenn asta pasqua de rres12recion de seyscientos y dies y que se le auia mandado librar en ocho de marzo deste año sin estar cumplido y se suspendio el dar la dicha libranza por ello y visto oy el parecer y ques cumplido se le mando librar ffecha la quenta como se acostumbra. que oy se ha En la ciudad de mexico en veynte y quatro de mayo de mill y seycientos y diez años don garcilopes del spinar corregidor desta ciudad dixo que por quanto esta ynpedido enfermo en cama y conbiene ga cauildo por ser dia ordinario del y auerse dado villete para tratar ile caussas en el dicho cauildo que conviene se despachen atento a lo qual daua y dio comycion a don luys (le billegas alcalde ordinario desta ciudad para que oy se alle a este cauildo con los rregidores que a el binyeren y para ello le doy poder y comy. cion en forma don garcilopes del espinar ante mi simon guerra escri Este dia abiendo visto la ciudad la Joan de rri u era apela de peticion de joan de riuera en que procurador en apela de nonbrarse por la ciudad pro- su plaza. curador del numero en la plaza quel seruia. Se acordo que el presente escriuano vaya a acor rrelacion con todos los autos y papeles que ay en esta rrazon y que para la prosecucion desta caussa se le entreguen al señor procurador mayor todos los autos y executorias que en su fauor tiene tocantes al prober y nombrar los dichos officios de procuradores del numero y lo consulte con los letrados dəsta ciudad o qualquiera de ellos y a su consejo siga por todas ynstancias lo que a esto tocare y al señor procurador mayor aga diligencia en que se aga esta rrelacion y se aga a costa de propios. uano. Y asi mysmo se allaron al dicho cauildo francisco rrodrigues de gue |