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UNIV. OF CALIFORNIA

DEDICATORIA

del Autor

AL REY DE ESPAÑA D. FERNANDO VI.

Señor:

EL concordato que V. M. ha convenido y acordado con nuestro santísimo padre Benedicto XIV, es una prueba manifiesta del acierto con que, sin salir de la esfera de la potestad real, sabe V. M. ensanchar y engrandecer su soberanía, haciéndola en el modo posible mas dadivosa, liberal y autorizada que la que han tenido y ejercitado tantos y tan gloriosos reyes antecesores suyos.

Las ventajas que de este concordato han resultado á la monarquía española son tantas y tan extraordinarias, que si antes alguno las hubiera esperado, se hubiera creido ciertamente que dejaba lisonjearse de su fantasía con ideas vanísimas. Esta grande obra ha sido efecto del justo deseo de V. M. de premiar con independencia á los que fueren beneméritos, y del paternal amor que tiene á sus hijos espirituales nuestro santísimo padre Benedicto XIV, que magistralmente instruido en la disciplina eclesiástica (ademns de su universal erudicion) sabe condescender con franqueza de ánimo en las justas pretensiones de un rey católico, que bien informado de sus reales derechos, y considerando la relacion que tienen á las cosas eclesiásticas, desea ejercitarlos en

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beneficio de sus vasallos, haciéndolos tambien respetables con la autoridad de la suprema cabeza de la Iglesia católica. Hame parecido, pues, que será diligencia agradable á los presentes y venideros hacer una breve recopilacion de las grandes utilidades de este concordato, que sirva de perpétuo recuerdo á los españoles, avivando su agradecimiento con algunas observaciones, animadas al mismo tiempo con algun género de instruccion, que en premio de haberla anticipado en tan breve tiempo, merezca el perdon de los descuidos de mi pluma, y de la falta de amenidad y perfeccion. Quede esta diligencia para otros ingenios mas felices. V. M. viva muchos años para prosperar sus reinos, y prosigamos sus vasallos en ofrecer gracias a Dios por habernos dado un tal y tan grande rey.

En Oliva á 2 de junio de 1753.

D. Gregorio Mayans y Sisear.

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CAPITULO PRELIMINAR.

TEXTO DEL CONCORDATO.

BENEDICTO PAPA XIV.

Ad perpetuam rei memoriam.

Habiendo

abiendo tenido siempre la santidad de nuestro beatísimo padre Benedicto papa XIV, QUE FELIZMENTE RIGE LA IGLESIA, un vivo deseo de mantener toda la mas sincera y cordial correspondencia entre la santa sede y las naciones, príncipes y reyes católicos, no ha dejado de dar continuamente señales segurísimas y bien particulares de esta su viva voluntad hácia la esclarecida, devota y piadosa nacion española y hácia los monarcas de las Españas, reyes católicos por título y sólida religion, y siempre afectos á la sede apostólica y al vicario de Jesucristo en la tierra.

Por tanto, habiéndose tenido presente que en el último concordato, estipulado el dia 18 de oc

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tubre de 1737, entre Clemente papa XII, de santa memoria, y el rey Felipe V, de gloriosa memoria, SE HABIA CONVENIDO en que se deputasen por el papa y el rey, personas que reconociesen amigablemente las razones de una y otra parte, SOBRE

LA ANTIGUA CONTROVERSIA DEL PRETENDIDO REAL PA

TRONATO UNIVERSAL, QUE QUEDÓ INDECISA, no omitió S. S., desde los primeros pasos de su pontificado, hacer sus instancias con los dos, al presente difuntos cardenales, Belluga y Acuaviva, á fin de que obtuviesen de la corte de España la deputacion de personas con quienes se pudiese tratar el punto indeciso ; y sucesivamente para facilitar su exámen, no dejó . S. de unir EN UN ESCRITO SUYO, que entregó á los expresados dos cardenales, todo aquello que creyó conducente á las intenciones y derechos de la santa sede.

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Pero habiéndose reconocido por la práctica, que no era este el camino de llegar al deseado fin, y que por los escritos y RESPUESTAS se estaba tan lejos de allanar las disputas, que antes bien se multiplicaban, sUSCITÁNDOSE CONTROVERSIAS que se creian olvidadas, en tanto extremo, que se hubiera podido temer un infeliz rompimiento pernicioso fatal á una y otra parte; y habiendo tenido pruebas seguras de la piadosa propension del ánimo del rey Fernando VI, que felizmente reina, A UN EQUITATIVO Y JUSTO TEMPERAMENTO sobre las diferencias promovidas, y que se iban siempre aumen

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tando, á lo que igualmente se hallaba propenso con pleno corazon el deseo de su beatitud, ha creido S. S. que no se debia malograr una ocasion tan favorable para establecer una concordia que se expresa en los capítulos siguientes, los cuales se pondrán despues en forma auténtica, y serán firmados por los procuradores y plenipotenciarios de ambas partes, en el modo que se acostumbra hacer en semejantes convenciones.

Habiendo expuesto LA MAGESTAD DEL REY FERNANDO VI á la santidad de nuestro beatísimo padre LA NECESIDAD QUE HAY en las Españas de reformar en algunos puntos la disciplina del clero secular y regular, promete S. S., que propuestos los capítulos sobre que se debiere tomar la providencia necesaria, no se dejará de ejecutar así, segun lo establecido en los sagrados cánones, en las constituciones apostólicas y en el santo concilio de Trento; y si esto sucediese, como lo desea sumamente, en tiempo de su pontificado, promete, y se obliga, no obstante la multitud de otros negocios que le oprimen, y sin embargo tambien de su edad muy avanzada, á interponer para el feliz éxito toda aquella fatiga personal que IN MINORIBUS, tantos años ha, interpuso en tiempo de sus predecesores en las resoluciones de las materias establecidas en la bula APOSTOLICI MINISTERII, en la fundacion de la universidad de Cervera, en el establecimiento de la insigne colegiata de San Ildefonso, y en otros

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