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Almirante; y así lo escribió el Almirante á su hermano, el Adelantado, que este negocio de las Indias estaba en tanta infamia que era maravilla. ¿Cómo le habia de dar Dios favor ni alegría con la venida de los tres navíos, viniendo como venian llenos de inocentes hechos esclavos, que tantos moririan por la mar, sin fé y sin sacramentos, y que tantos, despues de llegados allá, sin cognoscimiento de su Criador, morian ántes que supiesen entender nuestra lengua, ni cosa hablar, como es cierto morir los más luego, por ser gente tan delicada? Tornó el Almirante á procurar los cuentos gastados para Perpiñan, con grandes angustias y trabajos y amarguras, tanto, que dijo que le habian hecho aborrecer la vida. A cabo de mucho tiempo, por las grandes necesidades que los Reyes tenian, dieron saca de trigo para Génova, y, con venderla, se pudieron juntar dos cuentos y ochocientos mil maravedís; faltaba lo demás para los cuatro cuentos que se habian de emplear en los bastimentos de las ocho naos ó navíos que habia de aparejar y llevar cargados; faltaban tambien los dineros, que se habian de dar, de los sueldos y fletamentos de los navíos y soldadas de marineros. Parecióme poner aquí las palabras que escribe cerca desto á su hermano: «Sabe nuestro Señor cuántas angustias por ello he pasado, por saber como estaríades; así que, estos inconvenientes, bien que yo los diga, prolijos, con péndola, muchos más fueron en ser, atanto que me hicieron aborrir la vida por la gran fatiga que yo sabia en que estaríades; en la cual me debeis de contar con vos juntamente, porque, cierto, bien que yo estuviese acá absente, allá tenia y tengo el ánima presente, sin pensar en otra cosa alguna, de contino, como nuestro Señor dello es testigo, ni creo que vos pongais ni vuestra ánima duda en ello, porque, allende la sangre y grande amor, el efecto del caso y la calidad del peligro y trabajo, en tan longincuas partes, amonesta y constrinje más el espíritu y sentido á doler cualquier fatiga que allá se pueda imaginar, que nó si fuese en otra parte. Aprovecharia mucho á esto si este sufrimiento se sufriese por cosa que redundase al servicio de

nuestro Señor, por el cual deberíamos trabajar con alegre ánimo; ni desayudaría á pensar que ninguna cosa grande se puede llegar á efecto salvo con pena, y asimismo consuela á creer que todo aquello que se alcanza trabajosamente se posée y cuenta con mayor dulzura. Mucho habria que decir en esta causa, mas porque de vos no es la primera que hayais pasado ni yo visto, dejaré para hablar en ello más despacio y de palabra, etc.» Esto escribió el Almirante á su hermano. Ciertamente son de notar estas palabras, y, sobre todo, como todas sus cosas ponia en Dios; y, allende desto, podemos notar que nunca hombre, en muchos tiempos pasados, tanto trabajo pádeció ni bebió tantas amarguras por hacer grande hazaña y obras heróicas, que ménos con dulzura ni con más amargura sus trabajos y sudores contase, ni pudiese contar, sino el Almirante. Del poseer lo que habia ganado con aquellos trabajos, cuán poco y momentáneo fué el tiempo desde que lo co-menzó á gozar hasta que se lo quitaron, y aquello con cuántas zozobras y vida tan amarga y atribulada, por lo que está dicho y por lo que se dirá, se podrá bien adevinar. Finalmente, lo más que pudo trabajó, con los dineros primeros que le libraron, de hacer aparejar las dos carabelas, que arriba dijimos, que llevó Pero Hernandez Coronel con los 90 hombres, cargadas de bastimentos, y que llegaron á buen tiempo, cuando bien hobo menester el favor que llevaban el Adelantado, que Francisco Roldan determinaba en la fortaleza de la Concepcion cercarlo; y estas despachadas, dió priesa en lo demas que restaba para su despacho, que consistia en aparejar los seis navíos que quedaban.

CAPITULO CXXIV.

Los católicos Reyes, como muy agradecidos y virtuosísimos Príncipes, cognosciendo el gran servicio que habian del Almirante recibido, y vistos y considerados sus grandes trabajos y el poco provecho que habia hasta entónces habido, hiciéronle nuevas mercedes en todo aquello que él les suplicó, y áun otras que él no habia pedido, allende que le confirmaron de nuevo las viejas que le habian hecho, y todos sus privilegios al principio concedidos; y, lo primero, confirmáronle todos los capítulos y mercedes del contrato que hizo con los Reyes, ántes que viniese á descubrir, y todos los títulos Y preeminencias que en Sancta Fé le concedieron, y despues, desde á pocos dias, se las ratificaron, entrados en la ciudad de Granada, y confirmaron en la ciudad de Barcelona, segun que en los capítulos 33 y 80 largamente pusimos; todo lo cual, agora de nuevo, en una Patente real referido y supuesto, los Reyes dicen así:

E agora, por cuanto vos el dicho D. Cristóbal Colon, nuestro Almirante del mar Océano é nuestro Visorey é Goberandor de la tierra firme é islas, nos suplicastes y pedistes por merced que, porque mejor é mas cumplidamente vos fuese guardada la dicha Carta de merced á vos é á vuestros hijos é descendientes, que vos la confirmásemos é aprobásemos é vos mandásemos dar nuestra Carta de privilegio della, ó como la nuestra merced fuese, é Nos, acatando lo susodicho é los muchos é buenos, é leales é grandes é continuos servicios que vos, el dicho D. Cristóbal Colon, nuestro Almirante é Visorey é Gobernador de las islas é tierra firme descubiertas é por descubrir en el mar Océano, en la parte de las Indias, nos habedes hecho y esperamos que nos fareis, especialmente en

descubrir é traer á nuestro poder é so nuestro servicio las dichas islas é tierra firme, mayormente porque esperamos que, con ayuda de Dios, nuestro Señor, redundará en mucho servicio suyo, é honra nuestra, é pro, é utilidad de nuestros reinos, porque esperamos que los pobladores indios de las dichas Indias, se convertirán á nuestra sancta fe católica, tuvímoslo por bien, é por esta nuestra Carta de privilegio, ó por el dicho su treslado signado, como dicho es, de nuestro propio motivo é cierta sciencia é poderio real absoluto, de que en esta parte queremos usar, é usamos, é confirmamos, é aprobamos para agora é para siempre jamás, á vos el dicho D. Cristóbal Colon é á los dichos vuestros fijos é nietos é descendientes de vos é de los vuestros herederos, la sobredicha Carta nuestra Carta, suso encorporada, é la merced en ella contenida. É queremos é mandamos, y es nuestra merced é voluntad, que vos vala y sea guardada á vos é á los dichos vuestros fijos é descendientes, agora é de aquí adelante, inviolablemente para agora y para siempre jamás, é por todo bien é cumplidamente, segun é por la forma é manera que en ella se contiene. Y, si necesario es, agora de nuevo vos facemos la dicha merced, é defendemos firmemente que ninguno ni algunas personas no sean osadas de vos ir ni venir contra ella, ni contra parte della, por vos la quebrantar ni menguar, por tiempo alguno, ni por alguna manera, sobre lo cual mandamos al príncipe D. Juan, nuestro muy caro y muy amado hijo, é á los Infantes, Duques, Prelados, Marqueses, Condes, Ricos-homes, Maestres de las Órdenes, Priores, Comendadores, é Socomendadores, é á los de nuestro Consejo, Oidores de la nuestra Audiencia, Alguaciles é á otras Justicias cualesquiera de la nuestra casa é corte é Chancellería, é Alcaides de los castillos de casas fuertes é llanas, é todos los Concejos é Asistentes, é Corregidores, Alcaldes, Alguaciles, Merinos, Prebostes é otras Justicias de todas las ciudades, villas é lugares de los nuestos reinos é señoríos, é á cada uno dellos, que vos guarden é fagan guardar esta dicha nuesta Carta de priviligio é confirmacion, é la Carta de merced en ella conte

nida, é contra el tenor é forma de ella non vos vayan ni pasen, ni consientan ir ni pasar, en tiempo alguno, ni por alguna manera, so las penas, etc. Dada en la ciudad de Búrgos á veintitres dias del mes de Abril, año de mil y cuatrocientos y noventa y siete años.-Yo el Rey.-Yo la Reina.-Yo Fernandalvarez de Toledo, Secretario del Rey é de la Reina, nuestros señores, lo hice escribir por su mandado, etc.»

Y porque el Almirante se agravió de haber dado los Reyes licencia general para venir á descubrir los que quisiesen á estas Indias (la cual licencia parece arriba en el cap. 107), alegando el Almirante haber sido dada en perjuicio de las mercedes que le habian sido hechas y privilegios sobre ellas concedidos, y los Reyes, como cristianísimos y agradecidos á tan señalados servicios, no entendian ni querian perjudicarle ni substraerle cosa de las concedidas, ántes confirmárselas, como ha parecido, por ende sobre esta razon, hecha relacion de verbo ad verbum de la dicha licencia, dieron la presente Carta, y dice así:

«La cual dicha nuestra Carta y provision, y lo en ella contenido, el dicho Almirante D. Cristóbal Colon dice, que fué dada en perjuicio de las dichas mercedes que de Nos tiene, é de las facultades que por ellas les dimos, é nos suplicó é pidió por merced que cerca dello mandásemos proveer de remedio como la nuestra merced fuese. É porque nuestra intincion é voluntad no fué ni es en perjudicar en cosa alguna al dicho D. Cristóbal Colon, nuestro Almirante del mar Océano, ni ir, ni en que se vaya, ni pase contra los dichos asientos é privilegios é mercedes que le hicimos, ántes, por los servicios que nos ha fecho, le entendemos de facer más mercedes, por esta nuestra Carta, si necesario es, confirmamos é aprobamos los dichos asientos é privilegios é mercedes por Nos al dicho Almirante fechas, é es nuestra merced é mandamos que en todo y por todo le sean guardadas y cumplidas segun en ellas se contienen. É defendemos firmemente que alguna ni algunas personas no sean osadas de ir ni pasar contra ellas ni contra parte dellas, en tiempo alguno, ni por alguna manera, so las penas

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