Elementos de derecho internacional privadoFernando Fé, 1906 - 549 páginas |
Dentro del libro
Resultados 1-5 de 100
Página 19
... publicaciones citadas . Celebraré que la edición nueva preste la misma utilidad y tenga la inisma acogida que las dos que la han precedido . Granada , 14 de Junio de 1906 . INTRODUCCIÓN LECCIÓN PRIMERA NOCIONES PRELIMINARES ( 1 ) - 1. 19.
... publicaciones citadas . Celebraré que la edición nueva preste la misma utilidad y tenga la inisma acogida que las dos que la han precedido . Granada , 14 de Junio de 1906 . INTRODUCCIÓN LECCIÓN PRIMERA NOCIONES PRELIMINARES ( 1 ) - 1. 19.
Página 21
... lección 4.a En cuanto á las españolas , van indicadas en el Prólogo á esta edición . Todas las cuestiones tratadas en la Introducción están amplia - mente desenvueltas en mis Principios y en mis Bases , citados en los Prólogos á las ...
... lección 4.a En cuanto á las españolas , van indicadas en el Prólogo á esta edición . Todas las cuestiones tratadas en la Introducción están amplia - mente desenvueltas en mis Principios y en mis Bases , citados en los Prólogos á las ...
Página 30
... jus- tifica por la conveniencia indiscutible de sentar principios generales que condensen en lo posible la doctrina y que faciliten su estudio . LECCIÓN SEGUNDA NOCIONES PRELIMINARES ( Conclusión . ) 1. Fuentes 30 ----
... jus- tifica por la conveniencia indiscutible de sentar principios generales que condensen en lo posible la doctrina y que faciliten su estudio . LECCIÓN SEGUNDA NOCIONES PRELIMINARES ( Conclusión . ) 1. Fuentes 30 ----
Página 31
Manuel Torres Campos. LECCIÓN SEGUNDA NOCIONES PRELIMINARES ( Conclusión . ) 1. Fuentes del Derecho internacional privado . - 2 . Fuentes direc- tas é indirectas . Bibliografía . - 3 . Fuentes del Derecho interna ... LECCIÓN SEGUNDA ...
Manuel Torres Campos. LECCIÓN SEGUNDA NOCIONES PRELIMINARES ( Conclusión . ) 1. Fuentes del Derecho internacional privado . - 2 . Fuentes direc- tas é indirectas . Bibliografía . - 3 . Fuentes del Derecho interna ... LECCIÓN SEGUNDA ...
Página 42
... , 1893 . ( 2 ) Vauthier , Les étrangers et l'application des lois dans l'État indépendant du Congo . Revue pratique de Droit international pri- vé , 1890-91 , 2 , pág . 179 . 1 LECCIÓN TERCERA RESEÑA HISTÓRICA ( 1 ) 1. Edad 42 -
... , 1893 . ( 2 ) Vauthier , Les étrangers et l'application des lois dans l'État indépendant du Congo . Revue pratique de Droit international pri- vé , 1890-91 , 2 , pág . 179 . 1 LECCIÓN TERCERA RESEÑA HISTÓRICA ( 1 ) 1. Edad 42 -
Otras ediciones - Ver todas
Términos y frases comunes
17 de Noviembre actos admite aplicación Argentina arreglo Artículos autoridad blica buques capacidad carácter celebrado ción cional Código civil comercial comercio competencia condiciones conflictos Congreso jurídico consideración Cónsules contratos convenio criterio cuestiones debe declaración delitos dere Derecho civil derecho común derecho foral Derecho internacional privado Derecho marítimo Derecho mercantil Derecho penal internacional determinar diferentes diplomática Diritto disposiciones doctrina documentos domicilio Droit international privé efectos ejecución España establecer estatuto personal extradición extran foral francesa halla individuo inmuebles intereses interna italiano jero Journal judicial jurisdicción Jurisprudencia LECCIÓN legal legalización Legislación española Madrid marítimo materia matrimonio mente mercantil muebles nación nacionalidad naturalización Notariado notariales obligaciones orden público otorgados pág país extranjero Paris penal personas principio personal principio territorial propiedad pueblos Real decreto reconoce regidos Reglamento reglas relación jurídica residencia respecto rige Savigny sentencia sistema soberanía sometidos súbditos sucesión teoría territorio español testamento tomo tranjero tratados Tribunal Supremo vigentes
Pasajes populares
Página 274 - Sin embargo, las sucesiones legítimas y las testamentarias, así respecto al orden de suceder como á la cuantía de los derechos sucesorios y á la validez intrínseca de sus disposiciones, se regularán por la ley nacional de la persona de cuya sucesión se trate, cualesquiera que sea la naturaleza de los bienes y el país en que se encuentren.
Página 102 - Su aplicación será hecha de oficio por el juez de la causa, sin perjuicio de que las partes puedan alegar y probar la existencia y contenido de la ley invocada.
Página 191 - La Religión Católica, Apostólica, Romana es la del Estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros. Nadie será molestado en el territorio español por sus opiniones religiosas ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral cristiana. No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado.
Página 235 - ... consigo, o que son de su uso personal, esté o no en su domicilio, como también los que se tienen para ser vendidos o transportados a otro lugar, son regidos por las leyes del domicilio del dueño.
Página 191 - Nadie podrá entrar en el domicilio de un español o extranjero residente en España, sin su consentimiento, excepto en los casos y en la forma expresamente previstos en las leyes.
Página 121 - No obstante lo dispuesto en este artículo y en el anterior, las leyes prohibitivas concernientes á las personas, sus actos ó sus bienes, y las que tienen por objeto el orden público y las buenas costumbres, no quedarán sin efecto por leyes ó sentencias dictadas , ni por disposiciones ó convenciones acordadas en país extranjero.
Página 308 - En lo demás, las provincias y territorios en que subsiste derecho foral, lo conservarán por ahora en toda su integridad, sin que sufra alteración su actual régimen jurídico, escrito ó consuetudinario, por la publicación de este Código, que regirá tan sólo como derecho supletorio en defecto del que lo sea en cada una de aquéllas por sus leyes especiales.
Página 150 - Los españoles que trasladen su domicilio á un país extranjero, donde sin más circunstancia que la de su residencia en él sean considerados como naturales, necesitarán, para conservar la nacionalidad de España, manifestar que ésta es su voluntad al Age*nte diplomático ó consular español, quien deberá inscribirlos en el Registro de españoles residentes, así como á sus cónyuges, si fueren casados, y á los hijos que tuvieren.
Página 191 - No se impondrá jamás la pena de confiscación de bienes, y nadie podrá ser privado de su propiedad sino por autoridad competente y por causa justificada de utilidad pública, previa siempre la correspondiente indemnización. Si no precediere este requisito, los jueces ampararán y en su caso reintegrarán en la posesión al expropiado.
Página 161 - Por entrar al servicio de las armas de una potencia extranjera sin licencia del Estado español, o por aceptar empleo de otro Gobierno que lleve anejo ejercicio de autoridad o jurisdicción. 2.° Por adquirir voluntariamente naturaleza en país extranjero.