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XX

Nombramiento de alcalde en reemplazo de Antonio de Quevedo. -Entrega del estandarte real al alférez Alonso de Riberos Figueroa. Se acuerda promover una suscripción para ejecutar obras que impidan las avenidas del Mapocho, i formar un protocolo en que se consignen las mercedes de agua concedidas en ese río.-El primer corredor de comercio.

En caso de ausencia, enfermedad u otro impedimento, el alcalde era reemplazado por el rejidor mas antiguo.

Es claro entonces que la suplencia debía corresponder a los oficiales reales i a los rejidores perpe

tuos.

Lo hemos visto prácticamente cuando don Francisco de Irarrázaval dejó su puesto para dirijirse al Perú i de allí a España como apoderado del municipio.

Vamos a verlo nuevamente.

«En la ciudad de Santiago de Chile, en 22 días del mes de julio de 1581 años, se juntaron en su cabildo e ayuntamiento, según lo acostumbran, los ilustres señores justicia i rejimiento de esta dicha ciudad en la posada del mui ilustre señor mariscal Martín Ruíz de Gamboa, gobernador i capitán jeneral i justicia mayor de este reino por Su Majestad,

presente su señoría, para tratar cosas tocantes al servicio de Dios, nuestro señor, i de Su Majestad, i bien de esta república, es a saber, el capitán Juan de Barahona, correjidor en esta dicha ciudad por Su Majestad, i el capitán Pedro Ordóñez Delgadillo i Antonio de Quevedo, alcaldes ordinarios, i el contador Francisco de Gálvez, i el tesorero Antonio Carreño, i el factor i veedor Bernardino Morales de Albornoz, i Juan Hurtado, rejidores, i también vino i se halló en este cabildo el capitán Pedro Lisperguer, rejidor. I lo que trataron, proveyeron i acordaron por ante mí, Alonso Zapata, escribano público i del dicho cabildo por Su Majestad, fue del tenor siguiente:

«En este dicho día i cabildo, el señor Antonio de Quevedo, alcalde ordinario en esta dicha ciudad, dijo: que, por cuanto él va a la ciudad de los Reyes i a la corte real de Su Majestad a tratar negocios tocantes al bien i aumento de este reino por mandado de su señoría, i conforme a leyes reales puede nombrar en su lugar persona que durante el tiempo de su ausencia, use i ejerza el dicho cargo i oficio de alcalde este presente año, por tanto dijo que nombraba e nombró al señor Antonio Carreño, tesorero de la real hacienda de Su Majestad de este reino i rejidor, el cual dicho nombramiento hace en el susodicho usando de la facultad que el derecho le da para ello; i pide i suplica a su señoría i mercedes le admitan i reciban por tal alcalde i aprueben el dicho nombramiento en él fecho.

«E por sus mercedes visto lo susodicho, dijeron que, conformándose con la lei real, aceptan el dicho nombramiento fecho por el dicho señor alcalde en el dicho señor tesorero Antonio Carreño del dicho cargo de alcalde. I el señor factor dijo: que el dicho cargo, no queriéndolo usar el contador Francisco de Gálvez, que es el mas antiguo rejidor, le

viene al dicho señor tesorero, i que ansí es su voto que use el dicho cargo el dicho señor tesorero como rejidor mas antiguo, i no por el nombramiento que en él hace el dicho señor alcalde. I el dicho señor contador dijo: que él no quiere usar el dicho cargo por estar enfermo e irse a curar a la ciudad de los Reyes. De suerte que todos conformes aceptaron el dicho nombramiento, i dijeron: que haga luego el dicho juramento e solemnidad que en tal caso se acostumbra i debe hacer de tal alcalde. I ansí lo proveyeron i acordaron. I lo firmaron.

«En este dicho día i cabildo, ante sus mercedes, el dicho señor Antonio Carreño, tesorero susodicho, juró por Dios, nuestro señor, e por la señal de la cruz, que hizo con su mano derecha, so cargo del cual prometió de usar bien i fielmente el dicho oficio i cargo de tal alcalde ordinario de esta dicha ciudad por ausencia del dicho señor alcalde Antonio de Quevedo; i de guardar i administrar justicia a las partes, como por derecho hallare; i mirar por el servicio de Dios, nuestro señor, i de Su Majestad, i bien de esta república; i guardar el secreto de este cabildo; i en todo hacer lo que bueno i fiel i dilijente alcalde ordinario debe i es obligado; i que si ansí lo hiciere, Dios, nuestro señor, le ayude, i si no, se lo demande. I a la fuerza i conclusión del dicho juramento dijo: Sí juro, e amén. I firmólo. I con esto se cerró i concluyó este cabildo. I lo firmaron. Martín Ruíz de Gamboa.-Juan de Barahona.-Pedro Ordóñez Delgadillo.- Antonio de Quevedo.-Bernardino Morales de Albornoz.-Pedro Lisperguer.-Juan Hurtado.

«Pasó ante mí, Alonso Zapata, escribano público i del cabildo».

Acaba de verse en el capítulo anterior que Alonso de Riberos Figueroa había sido nombrado alférez real por unanimidad.

El nuevo alférez poseía bastantes bienes de fortuna.

Por consiguiente, la elección era acertada.
Habría toros, un convite, un sarao.

Riberos Figueroa aceptó el cargo sin objeción i recibió el pendón con la solemnidad acostumbrada.

«En la ciudad de Santiago de Chile, en 24 días del mes de julio de 1581 años, habiéndose juntado los ilustres señores justicia i rejimiento de esta ciudad para efecto de traer a las casas del cabildo de ella el estandarte real que tuvo este año próximo pasado en su poder Pero Gómez, vecino i alférez, i habiéndolo traído i puesto en los corredores de las dichas casas del cabildo con la solemnidad acostumbrada, trajeron de su posada al señor Alonso de Riberos, rejidor i alférez nombrado por sus mercedes para este presente año, del cual (para entregarle el dicho estandarte real, por ante mí, Alonso Zapata, escribano público i del cabildo de esta ciudad) tomaron i recibieron juramento en forma de derecho por Dios, nuestro señor, i por una señal de cruz, que hizo con su mano derecha, so cargo del cual prometió de tener en su poder, en guarda i custodia, este presente año de aquí al día del señor Santiago que vendrá del año de 1582, el dicho estandarte i pendón real, i de no lo dar ni entregar a persona alguna, sino fuere a quien por Su Majestad, por la justicia, cabildo i rejimiento de esta ciudad en su nombre, le fuere mandado. E que usará bien i fiel i dilijentemente el dicho oficio i cargo de tal alférez jeneral de esta ciudad en todas las cosas i casos al dicho oficio anexas i concernientes i que convinieren al servicio de Su Majestad i bien i aumento de esta república i ciudad en todas las oca

siones que se ofrecieren, como tal alférez debe i es obligado. E que, si ansí lo hiciere, Dios, nuestro señor, le ayude; i si no, se lo demande. I a la fuerza i conclusión del dicho juramento dijo: Si juro, e amén. El cual juramento por él fecho, e por las dichos señores justicia i rejimiento visto, mandaron entregar i entregaron el dicho estandarte real al dicho Alonso de Riberos, el cual lo recibió i se dio por entregado de él. I lo firmó de su nombre. Todo lo cual pasó en faz de mucha jente, que presente estaba, siendo testigos el capitán don Antonio de Quiroga i el capitán Gregorio Sánchez i Cristóbal Rodríguez, alguacil. Alonso de Riberos Figueroa.

«Pasó ante mí, Alonso Zapata, escribano público i del cabildo».

Los aguaceros fueron mui copiosos durante el

invierno de 1581.

El tiempo, ese viejo inmortal, tuvo la orina suelta, decían los españoles.

Esa imajen puede ser sucia, pero se usaba mucho en la colonia; i por lo tanto, forma parte de la historia.

El Mapocho se embraveció con las lluvias, i amenazó a la población.

El cabildo acordó que Pedro Lisperguer i Juan Ruíz de León levantasen entre los vecinos de la ciudad una suscripción «para el reparo del río, porque se venía entrando por ella».

Lo peor del caso es que el Mapocho, indómito a veces como un araucano, no siempre era servicial como un yanacona.

Pecaba por exceso i por defecto periódicamente,

según las estaciones.

Acabamos de ver lo que hacía en invierno.

Trascurría éste con sus nubes, sus lluvias, sus

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