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de la anarquia, y destructor de las leyes fundamentales de la monarquía y de nuestros usos, costumbres y santa religion, como desgraciadamente hemos esperimentado durante la ominosa época de la llamada Constitucion, de la que fué primer proclamador el infame Riego, puesto á la cabeza de la soldadesca que mandaba en las Cabezas de San Juan, y en que, obrando contra su rey y señor, faltando al juramento de fidelidad que prestó al pié de sus banderas cuando entró en la honrosa carrera militar, no solo hizo aquella proclamacion, sino que, á la cabeza y mandando á aquella soldadesca, violó el territorio español, obligándolo por la fuerza de las armas á sucumbir á su propia traicion, despojando á las autoridades legítimamente constituidas, y erigiendo por sí otras constitucionales, por lo que, entre los rebeldes y faccionarios le trajo el renombre de héroe de las Cabezas, y en cuya empresa continuó des→ pues del aciago dia 7 de marzo, en que esta córte con otra faccion de rebeldes con el puñal al pecho, obligaron al rey nuestro señor, que como de hecho y sin voluntad adoptase una Constitucion que deprimia su autoridad y traia la desgracia de su reino, y por lo que con maduro consejo la habia derogado en 1814. Despues, vuelvo á decir, de este aciago dia, el monstruoso Riego continuó escandalizando una gran parte de la Península, presentándose en las plazas y balcones de sus respectivos alojamientos predicando la rebelion, victoreando al ominoso sistema constitucional, y autorizando los mayores crimenes, hijos de una revolucion que tantos padecimientos ha traido á la augusta y sagrada persona del monarca.

«Si vuestro fiscal, señor, se viese autorizado y precisado á usar de su alto ministerio formando á Riego los cargos que resultan por notoriedad, y que son capaces de la más completa justificacion, patentizaria el cúmulo de delitos de toda especie que han obligado, digámoslo así, al pueblo español, á clamar en todos los ángulos de la península, diciendo muera el traidor Riego, á la par que fervorosamente se aclamaba viva el rey absoluto. Empero, el motivo de la formacion de esta causa, y que contiene la real órden de 2 de corriente, y obra al fólio 37, obliga á vuestro fiscal á acusarle especificamen te del horroroso atentado cometido por este criminal como diputado de la llamadas Cortes, votando la traslación del rey nuestro señor y su real famili á la plaza de Cádiz, violentando la real persona que se habia negado á s traslacion, llegando la traicion hasta el estremo de despojarle de aquella au toridad precaria que la rebelion le permitia, y contra quienes se mandó pro ceder por el real decreto de 23 de junio, señalandose en su artículo 3.0 le diputados que tuvieron parte en semejante deliberacion, y mandándose qu los tribunales les aplicasen las penas establecidas por las leyes a semejant delito de alta traicion, sin necesidad de más diligencias que la identidad o la persona.

«Mas en la presente causa, tenemos todos los requisitos que en cualquier otra, que no sea privilegiada, se exigen para la imposicion de las penas cor respondientes á toda clase de delitos, cual es cuerpo de tál, reo conocido prueba de su perpetracion. Cuerpo del delito, es el horroroso atentado d violentar la persona del rey nuestro señor, en la traslacion de Sevilla á Cá diz, que resistió hasta el estremo inaudito, y sin ejemplar en la nacion es pañola, de despojarle de su autoridad, nombrándose una regencia á conse cuencia de una proposicion hecha en las mismas Córtes por el diputado Ga liano, cofrade del criminal Riego en sus traiciones y delitos de lesa majestad que nuestras leyes condenan con la pena de muerte, infamia y demas que comprenden las leyes del título 2.0, partida 7.a, concordantes con las de la Recopilacion. Tenemos por reo conocido de este gravísimo delito al referid Rafael del Riego, como uno de los diputados que votaron y cometieron se

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HISTORIA DE ESPAÑA.

mejante crímen, resultando por último la prueba de ello, no solo por lo que
informa, con relacion á las diligencias practicadas en su averiguacion, la sala
del crímen de la real audiencia de Sevilla, acompañando las copias autoriza-
das de todos los periódicos que redactaron aquella escandalosa sesion del 44
de junio último con las listas y demas que acreditan la complicidad de Riego,
sino que tenemos su propia y terminante confesion judicial, que constituye
en lo legal aquella prueba clara como la luz que hace necesaria la imposicion
de la pena al delincuente; y por todo lo cual el fiscal pide contra el reo con-
victo y confeso de alta traicion y lesa majestad don Rafael del Riego la de
último suplicio, confiscacion de bienes para la cámara del rey, y demas que
señalan las leyes citadas; ejecutándose en el de horca, con la cualidad de que
del cadáver se desmembre su cabeza y cuartos, colocándose aquella en las
Cabezas de San Juan, y el uno de sus cuartos en la ciudad de Sevilla, otro en
la Isla de Leon, otro en la ciudad de Málaga, y el otro en esta córte en los
parajes acostumbrados y como principales puntos en que el criminal Riego ha
escitado la rebelion y manifestando su traidora conducta, con condenacion de
costas: como todo lo pide el fiscal, y espera de la justificacion de V. A. en
satisfaccion de la vindicta pública cuya defensa le está encargada, y como
procurador del rey y sus sagrados derechos. Madrid y octubre 19 de 1823..
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Primeros actos de gobierno.-Terrible decreto de 30 de mayo.- Reorganizacion del ministerio.-Antecedentes de los ministros.-Abolicion sucesiva de todas las reformas políticas.-Restablecimiento de conventos, y devolucion de sus bienes.-Retrocede todo al año de 1808.-Reinstalacion del Santo Oficio.-La Camarilla del rey.-Personas que la componian.-Su influencia. Los infantes.-El clero.-Opiniones y méritos que elevan á las mitras y á las dignidades -Ruda persecucion al partido liberal.-Prisiones y procesos.-Crimenes que se imputaban á los diputados liberales.-Invenciones calumniosas y ridiculas.-Premios á los delatores.-Tribunales que entendieron en aquellas causas.-Dudas y vacilaciones para su fallo.Resuelvelas el rey gubernativamente.-Personajes condenados á presidio, reclusion 6 destierro.-Castigos por delitos de imprenta.-Gimen en la expatriacion ó en los calabozos los hombres mas eminentes de España.Sentencias de muerte por causas estravagantes y fútiles.-Célebre seutencia del Cojo de Málaga.-Desgraciado fiu del ilustre Antillon.-Circular & las provincias de Ultramar prometiéndoles el gobierno representativo. Consulta al Consejo de Castilla sobre convocar Córtes-Horrible y misteriosa trama contra algunos capitanes generales.-Prudencia de los encargados de su ejecucion.-Singular desenlace de esta intriga.-Conspiracion que se dijo descubierta en Cádiz -Temor que infundió el comisario régio Negrete en Andalucía.-Destierro de Mina á Pamplona.-Intenta este cau

PÁGINAS.

dillo apoderarse de la ciudadela.-Es descubierto y huye á Francia.-Calda del ministro Macanáz y sus causas.-Modificacion del ministerio..

CAPITULO 11.

...

EL CONGRESO DE VIENA,

ESTADO DE ESPAÑA Y DE AMÉRICA.

CONSPIRACIONES: SUPLICIOS.

1815.-1910

Tratado de Paris.-El Congreso de Viena. Su objeto.-Potencias que estuvieron en él representadas.-Titulos que España tenia á influir en sus resoluciones. Pobre papel que hicieron la nacion y su plenipotenciario.Ingratitud de las potencias.-Espiritu que en la asamblea dominaba.-Resultado de sus trabajos.-La célebre acía general.-La Santa Alianza.-Relaciones entre el rey de España y el emperador de Rusia.-Abdicacion definitiva de Carlos IV.-Cómo fue obtenida.-Gobierno iuterior de España. -Ministerio de Policía-Fernando presidiendo el tribunal de la Inquisicion. Decreto sobre imprenta.-Supresion total de periòdicos.-Restablecimiento de la Compañía de Jesús. Felicitaciones al rey.-Reaparicion de Napoleon en Francia.-Efectos que produce.-Watterloo.-Santa Elena.Sistema de opresion en España.-Sociedades secretas.-Conspiraciones.— La de Porlier en Galicia.-Suplicio de aquel caudillo.-Destierros de ministros y de amigos privados del rey.-Estado de la América.-Imprudento conducta del gobierno con aquellas provincias. Resultados funestos que produce.-Infructuosos esfuerzos de Morillo y de otros insignes capitanes-Preparacion de un ejército para Ultramar.-Cambio de ministerio en España. Cevallos.-Nuevo, aunque pasajero giro, dado á la política.— Extraño y notable decreto.-Otras conspiraciones.-La del triángulo.-Suplicio de Richard.-Algunas medidas de reorganizacion.—Estado lastimoso de la hacienda.-Gastos del rey.-Segundo matrimonio de Fernando.-Venida de la reina.-Regocijos públicos.-Prodigalidad de mercedes.-Esperanzas que se fundaban en el influjo de la nueva reina.—Salida de Cevallos del ministerio.-Nombramiento de Garay......

CAPITULO III.

FUNESTO SISTEMA DE GOBIERNO.

NUEVAS CONSPIRACIONES.

De 1817 á 18zo.

Laudable conducta de la reina.-Mala correspondencia del rey.-Escenas deplorables. Lozano de Torres ministro de Gracia y Justicia.-Elevacion escandalosa Sigue el sistema de opresion.-Conspiracion de Lacy en CataJuña.-Trágico fin que tuvo.-Censurables manejos en el proceso y en la ejecucion de la sentencia.-Muere Lacy arcabuceado en Mallorca.-Fa

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De á 2

21 á 41.

llecimiento del infante don Antonio.-Eguía segunda vez ministro de la Guerra. Infructuosos esfuerzos de Garay para la mejora del crédito y el arreglo de la hacienda, y sus causas.-Lastimoso estado del reino-Mieria pública.-Plaga de malhechores y bandidos.-Medidas para su perse. ucion.-Estancamiento de los elementos de riqueza por efecto de las absurdas leyes prohibitivas.-Lamentos de los pueblos.-Politica esterior.Remédiase en algo, aunque tarde, el derecho de España lastimado en el Congreso de Vieua.-Malbadada compra y adquisicion de una escuadrilla rusa.-Interior: clasificacion de la deuda del Estado.-Bula pontificia para aplicar á su extincion ciertas rentas eclesiásticas.-Disgusto y enemiga del clero y del partido absolutista contra Garay.-Su caida y destierro -Salida y reemplazo de otros ministros.-Dolorosa y sentida muerte de la reina Isabel de Braganza.-Triste situacion en que otra vez se encuentran los liberales.-Tiranías y atropellos de Elio en Valencia.-Conspiracion de Vidal.-Suplicio de Vidal y de otros compañeros de conjuracion.-Heroismo del joven Bertran de Lis.-Luto grande en Valencia.-Muerte de Maria Luisa y de Cárlos IV., padres del rey.-Su hermano el infante don Francisco casa con la princesa Luisa Cariola de Nápoles.-Tercer matrimonio de Fernando VII. con la princesa María Amalia de Sajonia.-Carácter de la nueva reina.-Empréstito de 60 millones.-Malestar del reino.-Mudanza de ministros.-Salida de Lozano de Torres.-Ministerio de Mataflorida.Antecedentes y conducta de este personaje.-Aumentase el disgusto público.-Conspiracion en el ejército.-Sintomas y esperanzas de una sublevacion general..

PÁGINAS.

42 à 60.

CAPITULO IV.

REVOLUCION DEL AÑO VEINTE.

SEGUNDA EPOCA CONSTITUCIONAL.

1820.

(De enero á julio.)

Alzamiento militar en las Cabezas de San Juan.-Proclamacion de la Constitucion de Cádiz.-Riego.—Quiroga.-Comprometida y apurada situacion de los jefes y de los cuerpos sublevados.-Espedicion desesperada de Riego.-Disuélvese su columna.-Espíritu del país.-Insurreccion en la Corua.-Acevedo.-Triunfa en Galicia la revolucion en favor de la libertad.Alarma en la córte.-Proclámase la Constitucion en Zaragoza.-El mrqués de Lazan.-Junta.-Revolucion en Barcelona.-Villacampa: Castaños. En Pamplona: Mina.-En Cádiz: Freire.-Horrible acuchillamiento del pueblo.-Proclama la tropa la Constitucion en Ocaña: el conde de La-Bisbal.-Consternacion del rey y del gobierno. Decreto del 6 de marzo, mandando celebrar Cortes.-Actitud imponente de la poblacion de Madrid. Susto y alarma en palacio. Decreto de la noche del 7, decidiéndose el rey á jurar la Constitucion.-Regocijo popular el 8.-Graves sucesos del 9.-Conflicto del rey.-Jura la Constitución ante el AyuntamientoNombramiento de una Junta consultiva provisional.-Abolicion definitiva de la Inquisicion.-Manifiesto del rey á la nacion española.-Palabras célebres de este documento -Juran las tropas de la guarnicion el nuevo código.-Proclama del infante don Cárlos.-Cómo se recibió el cambio político en las provincias.-Prision del general Elio en Valencia.-Decretos restableciendo los de las Cortes extraordinarias y ordinarias.-Convocatoria á Cortes.-Obligase á todos los ciudadanos á jurar la Constitucion.-Penas á los que no lo hicieren.-Premios á los jefes militares que la proclamaron en Andalucía. Exagerado liberalismo de la Junta.-Ministerio constitucional. Sociedades patrióticas. —Espíritu de estas reuniones.—Intentona

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