art. 783. inscriptos La cita n. (4) que es DEBE DECIR infra n. 426 art. 136 art. 30 insolvencia n. 168 (7) debe ser la última (7) cam· biando la numeración de las siguientes art. 703 supra debe quitarse y ponerse en tá en la primera li-la sexta despues de la pala nea... de la ley comisoria ó otro tanto... y la novacion. bra "presunto" se quita otra cosa se quita debe decirse, La novacion Despues de la cita (4) es una escepcion comun: as! Falta antes del número este encabezamiento ARTICULO TERCERO. OBLIGACIONES DEL MANDANTE. |