Curso de derecho mercantil: arreglado al Código de comercio y concordado con el derecho civil, Volumen1Imprenta de "La Tribuna", 1863 |
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... fuerza legal tendrán en fin las re- glas jenerales de lejislacion que encabezan el Có- digo ? Desde luego , creemos que estas reglas que- daron sancionadas con el Código mismo , porque se presentaron con él , y el acto lejislativo que ...
... fuerza legal tendrán en fin las re- glas jenerales de lejislacion que encabezan el Có- digo ? Desde luego , creemos que estas reglas que- daron sancionadas con el Código mismo , porque se presentaron con él , y el acto lejislativo que ...
Página 11
... fuerza retroactiva . ( 2 ) Entre las re- glas del Código se lee tambien ; las leyes reglan los negocios pendientes y futuros : nunca alteran los de- rechos adquiridos , ni las obligaciones nacidas de ac- tos ó contratos anteriores á su ...
... fuerza retroactiva . ( 2 ) Entre las re- glas del Código se lee tambien ; las leyes reglan los negocios pendientes y futuros : nunca alteran los de- rechos adquiridos , ni las obligaciones nacidas de ac- tos ó contratos anteriores á su ...
Página 46
... fuerza retroactiva , y que si ella priva á la mujer de la facultad de comprome- terse en nuevos negocios , no puede desligarla de los negocios no terminados , ó por ejecutarse ( 5 ) . 45 - Hemos dicho antes que mediante la autori ...
... fuerza retroactiva , y que si ella priva á la mujer de la facultad de comprome- terse en nuevos negocios , no puede desligarla de los negocios no terminados , ó por ejecutarse ( 5 ) . 45 - Hemos dicho antes que mediante la autori ...
Página 75
... fuerza probatoria de los libros de unos y otros - En derecho civil es regla jeneral que nadie puede crearse un título á su favor como nadie puede ser testigo en su propia causa [ 3 ] : exemplo pernicio- sum est , decia la ley romana ...
... fuerza probatoria de los libros de unos y otros - En derecho civil es regla jeneral que nadie puede crearse un título á su favor como nadie puede ser testigo en su propia causa [ 3 ] : exemplo pernicio- sum est , decia la ley romana ...
Página 76
... fuerza probatoria de que nos ocu pamos mas adelante . 75 -- Por el Código , los libros que el comercian- te por mayor ó menor debe tener indispensablemen- te son : 1o - el libro diario : 2 ° -el de inventarios : 3 ° - el copiador de ...
... fuerza probatoria de que nos ocu pamos mas adelante . 75 -- Por el Código , los libros que el comercian- te por mayor ó menor debe tener indispensablemen- te son : 1o - el libro diario : 2 ° -el de inventarios : 3 ° - el copiador de ...
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Curso de derecho mercantil arreglado al código de comercio y concordado por ... Carlos Tejedor Vista previa limitada - 2022 |
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Términos y frases comunes
accion acree acreedor acto actos actos de comercio ademas Ansaldo Ansaldus ARTICULO autorizacion buena fé carta Casaregis disc casi contrato causa cion Clamageran Cód codeudores comercial comerciante comercio comisionista comitente compensacion compra comprador condicion consentimiento contrario convencion corredores crédito cuenta culpa daños debe debet debia decia Casaregis deferido demas derecho civil derecho romano despues deuda deudor dice Massé domicilio dueño efectos ejecucion ejecutar embargo entrega escepcion escluye espresa estingue estipulado et Lep exije factor fiadores fortuito gacion interes jeneral jestion de negocios juez juramento juris letras de cambio lícito locacion manda mandatario mandato mandatum Massé t materia mercaderias mercio modo negotiorum novacion objeto obli obligacion obligaciones ordenanzas de Bilbao paga perjuicios persona plazo potest Pothier precio prescripcion presume presuncion probar prueba quæ quiebra quod recibe regla respecto resulta solidarios supra tácita tambien tercero vease vendedor vender venta
Pasajes populares
Página 14 - Si una cuestión civil no puede resolverse, ni por las palabras, ni por el espíritu de la ley, se atenderá a los principios de leyes análogas ; y si aún la cuestión fuere dudosa, se resolverá por los principios generales del derecho, teniendo en consideración las circunstancias del caso").
Página 124 - Con respecto á los principales, son causas especiales para que puedan despedir á sus factores ó dependientes, aunque exista empeño ó ajuste por tiempo determinado: 1° Incapacidad para desempeñar los deberes y obligaciones á que se sometieron, 2°...
Página 251 - Siendo necesario interpretar la cláusula de un contrato, servirán para la interpretación las bases siguientes: 1 ) habiendo ambigüedad en las palabras, debe buscarse más bien la intención común de las partes que el sentido literal de los términos; 2) las cláusulas equívocas o ambiguas deben interpretarse por medio de los términos claros y precisos empleados en otra parte del mismo escrito, cuidando de darles, no tanto el significado que en general les pudiera convenir, cuanto el que corresponda...
Página 353 - ... ajena, anotará en todas las entregas que haga el deudor, el nombre del interesado por cuya cuenta reciba cada una de ellas, y lo expresará igualmente en el documento de descargo que dé al mismo deudor.
Página 349 - El comisionista que sin autorización de su comitente, haga préstamos, anticipaciones ó ventas al fiado, toma á su cargo todos los riesgos de la cobranza, cuyo importe podrá el comitente exigir de contado, cediendo al comisionista todos los intereses, ventajas ó beneficios que resultaren del crédito acordado por éste, y desaprobado por aquél.
Página 123 - No estando determinado el plazo del empeño que contrajeren los factores y dependientes con sus principales, puede cualquiera de los contrayentes darlo por acabado avisando á la otra parte de su resolución con un mes de anticipación. El factor ó dependiente despedido tendrá derecho, excepto en los casos de notoria mala conducta, al salario correspondiente á ese mes; pero el principal no estará obligado á conservarlo en su establecimiento ni en el ejercicio de sus funciones.
Página 370 - Todas las consecuencias perjudiciales de un contrato hecho por un comisionista contra las instrucciones de su comitente ó con abuso de sus facultades , serán de cuenta del mismo comisionista , sin perjuicio de que el contrato surta los efectos correspondientes con arreglo á derecho.
Página 122 - Siempre que un comerciante encarga á un dependiente del recibo de mercaderías compradas, ó que por otro título deben entrar en su poder, y el dependiente las recibe sin objeción ni protesto, se tiene por buena la entrega, sin que se le admita al principal reclamación alguna, á no ser en los casos prevenidos en los títulos de la Compra-venta y de los Fletamentos (arts.
Página 358 - Los comisionistas no pueden tener efectos de una misma especie, pertenecientes á distintos dueños bajo una misma marca, sin distinguirlos por una contramarca que evite confusión y designe la propiedad respectiva de cada comitente.
Página 353 - Cuando bajo una misma negociación se comprendan efectos de distintos comitentes, ó del mismo comisionista con los de algún comitente , debe hacerse la debida distinción en las facturas con indicación de las marcas y contramarcas que designen la procedencia de cada bulto, y anotarse en los libros en artículo separado lo respectivo á cada propietario.