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si tendemos la vista á los principios de la república de Roma, hallarémos sosegado un motin que se levantó entre los plebeyos y patricios con la fábula del vientre y los miembros, que fué á la verdad muy aproposito para llamar la atencion de una irritada muchedumbre, la cual hubiera hecho pedazos á un hombre que la hubiera predicado la misma doctrina de un modo directo y claro.

Como las fábulas tienen su origen en la infancia de las letras, nunca han florecido mas que cuando aquellas han estado en su mayor aumento. Pa ra justificar esta proposicion lease á Horacio, el mayor ingenio y el mejor crítico de los tiempos de Au. gusto: á Boileau, el mas correcto entre los modernos, para no hablar de la Fontaine, Gay, Samaniego, Iriarte y otros muchos que por este genero de escritos se han hecho celebres entre los autores de nuestros tiempos. Las fábulas de que hasta aquí hemos hablado pasan solamente entre brutos y vegetales, mezclando á veces, cuando lo pide así la moral, algun actor de nuestra propia especie. Pero ademas de este genero de fabulas hay otras, en que los actores son las pasiones, los vicios, las virtudes y otros personages imaginarios de la misma naturaleza. Algunos de los antiguos críticos han dicho que la Iliada y Odisea de Homero son fabulas de esta especie, y que los particulares nombres de los dioses y héroes no son otra cosa que las pasiones del alma en un caracter y figura visible, bien que de esta opinion se burla Fontenelle en los diálogos de los muertos.

Ellos nos dicen que Aquiles en el libro primero de la Iliada representa la cólera ó la parte irascible de la naturaleza humana: que cuando saca la espada publicamente contra su superior, Palas representa á la razon que le contiene y reprehende en esta ocasion, y á su primera salida le toca sobre la cabeza, que es la parte del hombre que se tiene por

el déposito de la razon; y así de lo demas del poema. Por lo que hace á la Odisea, Horacio la cont sideró como una de aquellas fabulas alegóricas, segun la moral que de ellas nos ha dado. Y si recorremos los mejores escritores de prosa de la antigüedad, tales como Ciceron, Platon, Xenofonte y algunos otros, hallarémos que este era su favorito ge

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nero de fábulas.

Despues de este corto ensayo nos parece oportuno presentar una fábula de este último genero; pe ro ántes referirémos la ocasion con que se ha escrito.

Platon refiere la conversacion y conducta de Socrates en la mañana misma que iba a morir y dice que "cuando quitaron los grillos de los pies de Socrates, segun se acostumbraba hacer poco antes de la egecucion de la sentencia, estando sentado en medio de sus discípulos, cruzó el un pie sobre el otro y comenzó á frotarselos en la parte que habia sido maltratada por los grillos, dando á entender con esta accion la indiferencia con que miraba su cercana muerte, ó acaso para tomar de aquí ocasion de filosofar sobre alguna materia interesante; y con efecto observó el placer que observaba aquella sensacion en la parte del pie oprimida poco antes; y con este motivo reflexionó sobre la naturaleza del placer y del dolor, y cuan constantemente se suceden el uno al orro. A esto añadió que si se quisiese representar en una fábula la naturaleza del placer y del dolor, deberían juntarse de modo, que fuese imposible á cualquiera de ellos ir á un lugar sin ser inmediatamente seguido por el otro "

Reflexionando, pues, sobre este pasage se compuso la fábula siguiente.

Habia dos familias que desde el principio del mundo eran tan opuestas la una á la otra como la luz y las tinieblas. La una tenia su habitacion en

el cielo y la otra en el infierno. El último descendiente de la primera familia era el placer, hijo de la felicidad y nieto de la virtud, la cual procedía inmediatamente de los dioses. El mas joven descendiente de la familia opuesta era el dolor, hijo de la miseria y nieto del vicio, el cual tenia por ascendientes á las furias. La parte media entre estos dos estremos era la tierra, habitada tambien por criaturas de un genero medio, ni tan virtuosas como las unas, ni tan viciosas como las otras, sino que participaban de las buenas y malas cualidades de las dos opuestas fa milias. Jupiter, considerando que esta especie llamada comunmente hombre era muy virtuosa para ser miserable y muy viciosa para ser feliz, y que podria hacerse una distincion entre los buenos y los malos, mandó á los dos últimos desendientes de las familias arriba dichas el placer, hijo de la felicidad, y el dolor, hijo de la miseria, que se juntasen y se convinieran en la division de aquella parte media, y eligiese cada uno la que le correspondiese.

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El placer y el dolor no bien se habian jun-' tado cuando se convinieron en que el primero tomáse posesion de la parte virtuosa y el segundo de la parte viciosa de aquella especie. Pero al examinar los individuos vieron que cada uno de ellos podia alegar derecho á ambos, porque no habia' persona tan viciosa que no tuviese en sí algu na cosa buena, ni tan virtuosa que no tuviese algun vicio. El resultado de su escrupulosa dagacion fué que en los hombres mas viciosos el placer podia alegar derecho á la centesima parte, y que en los mas virtuosos el dolor podia alegarlo á las dos terceras partes. Se hicieron cargo de que esto les ocasionaría infinitas é interminables disputas, á menos que no se conviniesen; y á este fin se propuso un matrimonio entre las dos familias, y se verificó. Por esto nosotros esperimentamos que el pla

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cer y el dolor son dos compañeros que nos hacen sus visitas siempre juntos; y así cuando el dolor entra en un corazon, es seguido prontamente por el placer, y si este entra primero, podemos estar seguros de que el dolor no está lejos.

ARTÍCULO COMUNICADO.

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Señores editores del semanario político y li terario de Méjico. Casa de vds. y noviembre 17 de 820. Muy señores mios: el segundo de los artículos comunicados del periódico de vds. de 15 del corriente, saca á pública palestra la reimpresion hecha en mi casa, del cuaderno ó representacion que hizo á S. M. en defensa de las córtes, el señor D. Alvaro Florez Estrada. Yo convengo en cuanto espone, el señor escrupuloso R. S. y en prueba de ello, hize á su tiempo el mismo reclamo amistoso á su editor. Haganme vds. favor de hacer enten der á el público, que el impresor no está facultado para fiscalizar, ni censurar las operaraciones agenas, ni las obras ó papeles que le llevan á imprimir; y solo sí, debe asegurarse de sus autores ó editores, para los casos de reclamo por las autoridades, con arreglo á la ley prescrita sobre la libertad de imprenta.

Tengo el honor, por este medio, de ofrecerme á la disposicion de vds. y b. ss. mm. José Maria de Benavente.

SOBERANOS DECRETOS DE LAS CÓRTES.

Señoríos jurisdiccionales mandados incorporar á la nacion.

Dia 6 de agosto de 1811. Por este decreto de terminaron las córtes la incorporacion á la nacion de todos los señoríos jurisdiccionales de cualquiera clase y condicion que sean, y la abolicion de los dictados de vasallo y vasallaje, y de las prestaciones así reales, como personales, que deban su origen á título jurisdiccional, esceptuando las que procediesen de contrato libre en uso del sagrado derecho de propiedad. En su consecuencia mandaron egecutar el nombramiento de todas las justicias y demas funcionarios públicos por el mismo órden, y segun se verificaba en los pueblos de Realengo; dejaron los señoríos territoriales y solariegos en la clase de los demas derechos de propiedad particular, no siendo de los mandados incorporar ó de aquellos en que no se hubiesen cumplido las condiciones de la concesion, derogaron los privilegios esclusivos, privativos y prohivitivos de caza, pesca, hornos, molinos, aprovechamientos de aguas, montés, y demas que reconocian el mismo origen de señorío: dispusieron el reintegro del capital que resultase de los títulos de adquisicion, cuando este hubiese sido por título oneroso, ya abonando, ya reconociendo la nacion el capital con otorgamiento de la correspondiente escritura: mandaron que en cualquier tiempo fuesen oidos sobre este punto los poseedores, presentando sus títulos, y que no se admitiera demanda que embarazáse el puntual cumplimiento de este decreto. y en fin declararon que en adelante nadie podrá llamarse señor de vasallos, ejercer jurisdiccion, nombrar jueces, ni usar de los privilegios y derechos comprehendidos en este decreto; y el que lo hiciere perderá el derecho al reintegro en los casos que quedan indicados.

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