Semanario político y literario de Méjico. Tom.1, núm.2-6,11-13; tom.2, núm.20-22,26,29; tom.4, núm.6 [wanting all after p.136. With the title-leaves and contents lists of vol.1 and 3].

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Pasajes populares

Página 167 - Dios y por la Constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Cortes han decretado, y Nos...
Página 225 - ... los electores por defecto de alguna de las calidades requeridas, la junta resolverá definitivamente y acto continuo lo que le parezca; y lo que resolviere se ejecutará sin recurso.
Página 44 - Toda falta de observancia de las leyes que arreglan el proceso en lo civil y en lo criminal, hace responsables personalmente á los jueces que la cometieren.
Página 29 - Ningun español podrá ser preso sin que preceda informacion sumaria del hecho, por el que merezca segun la ley ser castigado con pena corporal, y asimismo un mandamiento del juez por escrito, que se le notificará en el acto mismo de la prision.
Página 359 - Los individuos así reunidos no podrán jamás considerarse corporación, ni representar como tal ni tomar la voz del pueblo, ni tener correspondencia con otras reuniones de igual clase.
Página 402 - Española; considerando que los actos positivos de inferioridad peculiares á los pueblos de Ultramar, monumentos del antiguo sistema de Conquista y de Colonias, deben desaparecer ante la majestuosa idea de la perfecta igualdad, del recíproco amor y de la unión de intereses con los de la Península, que tan solemnemente han proclamado las Cortes...
Página 346 - Políticos de las Provincias y los subalternos podrán continuar en el mando por un tiempo indeterminado, ser removidos ó trasladados á voluntad y juicio del Gobierno, teniendo siempre á la vista la utilidad pública y el mejor servicio del Estado.
Página 28 - Desde el año de mil ochocientos treinta deberán saber leer y escribir los que de nuevo entren en el ejercicio de los derechos de ciudadano.
Página 219 - Junta parroquial elegirá á pluralidad de votos once compromisarios, para que estos nombren el elector parroquial. Art. 42. Si en la Junta parroquial hubieren de nombrarse dos electores parroquiales, se elegirán veinte y un compromisarios, y si tres, treinta y uno; sin que en ningún caso se pueda exceder de este número de compromisarios, á fin de evitar confusión. Art. 43. Para consultar la mayor comodidad de las poblaciones pequeñas, se observará que aquella...
Página 277 - Los jueces, conforme á las leyes del reino, cuya observancia se les reencarga , no deben admitir á los reos pruebas sobre puntos que probados no pueden aprovecharles, y serán responsables de la dilacion y de las costas en caso contrario.

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