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Sepan quantos este quaderno vieren conmo yo don Ferrando por la gracia de Dios Rey de Castilla, de Toledo, de Leon, de Gallizia, de SeviHa, de Córdova, de Murcia, de Jahen, del Algarbe é Sennor de Molina : sobre cosas que avia de ordenar é de fazer que eran servicio de Dios, é mio, é enderezamiento de los mios regnos é que cunplian mucho de lo fazer, ove mio consseio con la Reyna donna Maria mi madre, et con el infante don Johan mio tio, mio adelantado mayor en la frontera, et con don Johan Nunnez mio mayordomo mayor, et con ricos omnes, é caballeros é omnes buenos que eran comigo entonces: é ellos veyendo que me cunplian mucho de lo ordenar é de lo fazer, porque servicio de Dios, é mio é pro de los mios regnos fuesse guardado, consseiaron me que para se enderezar é se fazer meior, que fiziesse Córtes, é que las fiziesse aquí en Valladolit é que llamasse á ellas á los infantes, é á los perlados, é á los ricos omnes, é á los maestros de la caballería, é caballeros, é á omnes buenos de las cibdades, é de las villas é de los logares de los mios regnos: et yo fiz lo assí é enbiéles mandar que viniessen á estas Córtes por les fazer aver emienda é derecho de los males, é de los agraviamientos é tuertos que fasta aquí avian rrecebido, assí en razon de la justicia conmo en las otras cosas, é ellos vinieron aquí. Et sseyendo comigo en estas Córtes que fiz en Valladolit, la Reyna donna Maria mi madre, et el infante don Johan mio tio, et el infante don Pero, et el infante don Fe

lipe mios hermanos, et perlados, é ricos omnes, é maestros de la caballería, é infanzones, é caballeros de los mios regnos, et los caballeros, é los omnes bonos de las cibdades, de las villas é de los logares de los regnos de Castilla, é de Leon, é de Toledo é de las Estremaduras que vinieron á mi á estas Córtes, pidieron me muchas cosas que tenien en que les avia á fazer merced, que eran á mio servicio; las quales cosas me mostraron segund que aquí dirá. Et yo ove mio conseio sobrello con la Reyna mi madre, é con los infantes, é con los perlados, é con los ricos omnes, é con los maestres, é infanzones é cavalleros que sobredichos son, é con su conseio dellos respondy á las peticiones que me fizieron en esta guisa.

Primeramente á lo que me dixieron que una de las cosas que ellos entendian por que la mi tierra es pobre é agraviada, que es por que en la mi casa é en los mios regnos non a justicia segund que deve: et la manera por que ellos entienden por que se puede fazer, es (1) que tome yo cavalleros é omnes buenos de las villas de los mios regnos que anden de cada dia en la mi córte, et que les dé buenas soldadas por que se puedan mantener bien é onrradamente, é que fagan la justicia bien é conplidamente; et yo que tome un dia de la selmana, qual yo toviere por bien, en que oya los pleitos, et que con los omnes buenos é con los alcalles que comigo andudieren, que los libremos conmo la mi merced fuere é fallare por derecho.

A esto digo que es mio servicio é yo cataré omnes buenos para alca. lles, et tengo por bien de lo fazer desta guisa que me lo piden : et quanto es que me assiente un dia en la selmana á oyr los pleitos, téngolo por bien, é que sea el dia del viernes.

Otrossi á lo al que me pidieron que tenga por bien de saber cadanno todas las cosas que fazen-los mis adelantados en sus adelantamientos é los merynos en sus merindades, et los adelantados que anden por sí mis mos en los adelantamientos faziendo la justizia, é que les dé alcalles de mi casa que anden con ellos que me den rrecabdo de las cosas que fi

zieren.

A esto digo que quando acaesciere que algunas querellas me den dellos, que tengo por bien de oyr con ellos á los querellosos é de les fazer

(1) é dice el original; pero no dudamos substituir es porque así lo exige el sentido de la frase.

dellos aver derecho en razon de las querellas que dellos me dieren assí conmo fuero é derecho fuere. Et si alguno ay que querella aya dellos, muestrénnielo é luego le faré conplir de derecho. Et en razon de los alcalles que me piden que anden con ellos, tengo por bien de lo fazer é darles he alcalles é omnes buenos que anden con ellos.

Otrossi á lo que me pidieron que quando fuere en los logares de los mios regnos, que sepa que fazen los juyzes, é los alcalles é los alguaziles en sus judgados é en sus alcaldías é en sus alguaziladgos en qual manera cumplen la justicia segund los fueros de cada logar: et aquellos que la fazen bien é cunplidamente, que les faga por ello merced, é á los que fallare que assí non lo fazen, que ponga en ellos escarmiento segund la mi merced fuere por que se cunpla la justicia.

Téngolo por bien é otorgo que lo faga así.

Otrossi á lo que me dixieron que salieron é salian de la mi chancellería muchas cartas desaforadas contra libertades, é franquezas, é fueros, é usos, é costunbres, é previllegios é car tas que an de mí é de los otros Reyes onde yo vengo, et que me piden merced que lo faga emendar en esta guisa, que mande á los alcalles de mi córte que non libren cartas que sea (1) contra fuero é contra derecho, nin contra las libertades é usos é costunbres que an: et las cartas de los juyzios que las non libren otros si non los alcalles, é que cada alcalle libre las cartas segund la tierra onde fuere, é que non libre ninguna otra de aquella villa onde fuere morador.

Téngolo por bien é otorgogelo.

Otrossi á lo que me pidieron que ponga omnes buenos que libren las vistas de las cartas, que sepan guardar el mio sennorío, é los fueros é el derecho de cada logar, et que en las cartas non aya mas de una vista del notario, et cada uno de los notarios que libre en su notaría: que por las muchas vistas venia muy grant danno á la tierra é á aquellos que las cartas avian de ganar. Et si algunas cartas salieren de la mi chancillería desaforadas, que sea la mi merced de mandar que non usen dellas, é el fecho sobre que fueren, que lo pongan en rrecabdo é que me lo enbien mostrar.

Téngolo por bien é otorgogelo.

Otrossi á lo que me pidieron que mande á los que traen la mi chancillería, que usen con todos los de los mios regnos segund que usaron en tienpo del Rey don Alfonso mio avuelo é en tienpo del Rey don Sancho mio padre, así en la chancellería de las cartas conmo en el libramiento de los libros, é de los escrivanos é de los registros.

Téngolo por bien é otorgogelo.

Otrossi á lo que me pidieron que por que la tierra era muy yerma é muy pobre, é que pues, gracias á Dios, guerra ninguna non avia, que me pidien por merced que quisiesse poblar é criar á los de mi tierra, é que quisiesse saber quanto rrendian los mios regnos de rrentas foreras é de los otros mios derechos, é que tomasse ende para mí lo que por bien toviese, é lo al que lo partiesse entre infantes, é rricos omnes é cavalleros conmo la mi merced fuesse por que non oviesse de echar servicios nin pechos desaforados en la tierra.

A esto digo que lo tengo por bien; pero si acaesciere que pechos algunos aya mester, pedir gelos he: en otra manera (1) non echaré pechos ningunos en la tierra.

Otrossi á lo que me dixieron en razon de muchas tomas, é fuerzas, é pendras, é yantazgos é conducho que toman infantes, é rricos omnes, é cavalleros, é otros omnes en muchos logares do lo non deven tomar, assí en el rregalengo conmo en el abadengo, et que me pidien merced que mandasse é defendiese que lo non fiziessen, et que assí lo que fizieron fata aquí conmo lo que fizieren daquí adelante, que lo escarmiente é que gelo faga pechar assí conmo fuere fuero é derecho.

A esto digo que mandaré é defendré que lo non fagan daquí adelante, et quanto es en lo passado, tengo por bien de lo mandar saber, é lo que fuere fallado que fué tomado, que se peche en esta guisa: et lo que fué tomado (2) en Castiella en el regalengo é en el abadengo fasta la cerca que yo fiz sobre Palenzuela, que lo pechen senziello: aquellos que lo tomaron despues aca (3) ó tomaren daquí adelante, tengo por bien é mando que lo que fué tomado ó tomaren en el rregalengo, que lo pechen doblado, é lo del abadengo, que lo pechen segund fuero de Castilla. Et

(1) Tal vez: é en otra manera.

(2) Mejor diria: lo que fué tomado sin la par

tícula et.

(3) Debió decir: é aquellos que lo tomaron despues acá.

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