Historia del derecho en Cataluña, Mallorca y Valencia: Introduction. Historia critica del Código de las costumbres de Tortosa

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Página 366 - Jesucristo mandó expresamente, que se dé al César, lo que es del César, y á Dios lo que es de Dios.
Página iii - Era esta general afición de los reyes; porque desde que sucedieron al conde de Barcelona siempre tuvieron por su naturaleza y antiquísima patria á Cataluña ; y en todo conformaron con sus leyes y costumbres , y la lengua de que usaban era la catalana; y de ella fue toda la cortesanía de que se preciaban en aquellos tiempos.
Página 368 - ... al sintetizar los elementos que contribuyeron á la formación del Código de Tortosa y concretar el juicio crítico del mismo, afirma que ni D. Alfonso de Castilla en las Siete Partidas, ni San Luis en sus Etablissements, formaron un verdadero Código, pues faltos de pensamiento propio, cimentaron su obra en los textos del Derecho canónico y del Derecho romanobizantino, sin apercibirse de que con ello hacían remontar á estos orígenes la autoridad que un Código debe sacar de sí mismo. En...
Página 310 - Costumbres de Tortosa. El Códice existente en el Archivo del Ayuntamiento de Valencia es de tamaño folio, escrito á dos columnas en vitela, encuadernado á estilo de la época (siglo xiv), con tapas de madera y badana, cantoneras y clavillos de bronce, y en el centro de cada tapa, pintado y dorado, un escudo con las armas de Aragón.
Página vii - Mas para realizarla, no han de emplearse como medio la absorcion ni la centralizacion ; ha de buscarse por el contrario en la armonía de todas las voluntades y de todas las tradiciones locales. Aspiramos, por consiguiente, al emprender estos trabajos á que se estudie, reconozca y proclame por todos cuantos han de influir en la gobernacion del país el carácter peculiar de los pueblos de Cataluña, Mallorca y Valencia , á fin de que sirva de punto de partida y dato esencial para cuando haya sonado...
Página 381 - ... de las Decretales acerca del origen y naturaleza de los diezmos. 1. El elogio del Código Alfonsino con •que hemos concluido el libro anterior sería completo y yo conviniera con lo que •en esta razón dijeron nuestros escritores, -si los insignes maestros que tan gloriosamente lo concluyeron, elevándose sobre las preocupaciones, ideas y opiniones comunes y dominantes en las célebres universidades de París y de Bolonia, y propagadas rápidamente por todos los gobiernos de Europa, no las...
Página 195 - Se trata en él del enjuiciamiento civil y de la naturaleza y efectos de algunas acciones, como la reivindicatoría , particion de herencia, division de bienes, ad exhibendum, injurias ó daños y las noxales. Se habla tambien de la prescripcion, la cual, así paralas acciones reales como para las personales, es de treinta años. Pero existen tres notables rúbricas, una sobre el derecho de usufructo y dos sobre servidumbres: en aquélla se siguen completamente las doctrinas del Derecho romano; las...
Página 299 - ... de Mallorca, asamblea de todos los ciudadanos que decidían acerca de los negocios públicos. Merced al conjunto de leyes y costumbres que sup'eron establecer los antiguos primeros pobladores de Mallorca, dice el Sr. Oliver, aquel Reino adquirió una sabia y sólida organización, así en el orden público como en el privado, fundada en dos grandes principios que fueron comunes á todos los países que en la Península constituían la nacionalidad romano-gótica ó catalana, á saber: primero...
Página 304 - ... legislativa? ¿Qué sistema siguió al dar leyes al nuevo pueblo valenciano? Si existiese un solo ejemplar de las primitivas leyes que el Conquistador dió á Valencia, la tarea, además de provechosa, resultaría fácil; pero ignorándose el contenido de la primitiva colección de leyes dadas por D. Jaime para la ciudad y Reino de Valencia, la fecha cierta en que las promulgó y hasta el idioma en que se redactaron, como afirmó D. Bienvenido Oliver "en su notable obra Código de las costumbres...
Página ix - ... modelos á que se pretendía sujetar mecánicamente las instituciones de los pueblos. Hoy es otro el sendero de la ciencia del Derecho. Los problemas relativos al Gobierno de los Estados no se resuelven ya á priori por las fórmulas vacías del subjetivismo filosófico: se resuelven penetrando en las entrañas de los pueblos para quienes se trata de legislar, estudiando sus verdaderas y serias tradiciones , conociendo, en fin, su manera de vivir y de desarrollarse.

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