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lio, y muchos dellos murieron mártires del Señor por la predicacion, otros fundaron conuentos y templos, y desta manera se à proseguido aquella conuersion por la dicha Prouincia con puntualidad y grandes prouechos y adelantamientos en todo.

› El año de 1618 llegó a estas Yslas Fr. Luis Sotelo, desta Horden, con Patentes de algunos Superiores nuestros, en que, fuera del estilo ordinario de nuestro gouierno, dinidió la dicha conuersion desta Prouincia, sin erigirla en Custodia primero, ni en Prouincia por Su Santidad y V. Magestad, como es costumbre, y esto en tiempos de más persecucion y que menos se puede conseruar por si solo aquello. Esto se ganó con siniestra relacion, y es cosa de gran deseruicio de Dios y de V. M. y en gran pérdida y daño desta Prouincia y de la dicha conuersion del Japon, como consta por nuestras Relaciones, que lleua nuestro Procurador general.

>> Este presente año de 1620 llegó a esta Prouincia un pliego de nuestro P. Fr. Juan de Venido, comissario desta Familia, en que nos auisa que es su yntento y el de V. M. se buelba lo del Japon a esta Prouincia. En virtud deste pliego, queda al presente incorporado en ella como antes; pero porque va en grado de apelacion a nuestros Padres y, si necessario fuere, a V. Magestad y a Su Sanctidad, y tememos no suceda por falta de nuestras diligencias perderse nuestra justicia, por tanto, a V. M. pedimos hu mildemente vea esta causa tan justa y del seruicio de Dios y de V. Magestad y nos favorezca para que, como antes, empleemos nuestras personas y vidas en la misma conuersion y obra y no seamos perturbados, pues sólo deseamos seruir a Dios nuestro Señor y a V. M., que la diuina guarde y conserue por largos y feliçes años para que siempre reçiuamos tales mercedes sus capellanes, cuyas Reales manos uesamos, etc.

> De San Francisco de la çiudad de Manila, y Agosto 8 de 1620 años. >> Y aduirtimos a V. Magestad que es ynpusible sustentarse aquella con uersion, si esta Prouincia no la prouehe.

► Fr. Pedro de San Pablo, ministro prouincial. Fr. Blas de la Madre de Dios, olim ministro prouincial. Fr. Agustin de Tordesillas, diffinidor. Fray Christoval de Santa Ana, diffinidor, Fr. Antonio de Nombela, diffinidor.>

Al dorso el resumen de la carta, y al margen: «A 9 de Diciembre de 1623.-Al Presidente de Indias. - Rubricado.

Tabla de las iglesias y misioneros de China, escrita por el P. Jaime Tarín (1).-Cantón, 25 de Noviembre de 1690. Ms. original que se guarda en la Comisaría de Tierra Santa de Laorna, Italia, 2 fols. el segundo en blanco, pero a la v. se les: 1691 años. Tabla... de la gran China (2).

Esta es la Tabla que por orden de nuestro carisimo hermano provincial Fr. Juan Baptista Martinez (3) se haze de las yglesias y ministros de

(1) AIA, t. VIII, pág. 287, núm. XX.

(2) Debemos copia de este Ms. a nuestro buen amigo el Rdo. P. Atanasio López, cronista de la Provincia de Santiago. El encontrarse este Ms. en Laorna nos hace sospechar que es uno de los muchos Mss. que el P. Félix de Huerta mandó desde Manila al P. Civezza para que lo utilizara y después lo devolviera. En el Archivo de la Provincia de San Gregorio no se encuentra hoy día ningún ejemplar de esta Tabla.

(3) Fr. Juan Baptista Martínez, véase AJA, t. VII, pág. 216, nota 2 bis.

nuestra seráfica Mision en este Imperio de la gran China, perteneciente a la santa Provincia de San Gregorio de Filipinas.

La yglesia y casa de Nuestra Señora de los Angeles, en la ciudad de Chi-nan, metrópoli de la provincia de Xan-tung, con dos yglesias en las aldeas de las villas Sin-ching y Kiao iuen; la cristiandad en la villa de Lyching, y a más cinco yglesias que ad invicem se administran con los Rdos. Padres de la Compañia en el territorio de la ciudad de Tai-gan-cheu, se encargan al hermano predicador Fr. José Osca (1).

>La yglesia y casa de Nuestra Señora de los Angeles, dentro de los muros de la ciudad de Kuang-cheu, metropoli de la provincia de Canton, con las dos yglesias de Leang-tan y Ko-leao y a más las cristiandades en la parte superior do la villa de Puon-iu se encargan a nuestro hermano predicador Fr. Lucas Esteban, olim diffinidor (2).

› La yglesia y casa de nuestro Padre San Francisco, extramuros de dicha ciudad y metrópoli, con las yglesias de Chu-ni y Çhie-gao y a más las cristiandades en el partido inferior de dicha villa de Puon-iu se encargan al hermano predicador Fr. Bernardino de las Llagas (3).

>La casa y yglesia del Arcangel San Miguel, en la villa de Chi-ang-lo, provincia de Fo-kien, con la yglesia de Lung keu y cristiandades en el partido de la villa de Kuei-hoa se encargan al hermano Lector Fr. José Navarro (4).

>La yglesia y casa del Santisimo Nombre de Jesús, de la ciudad de Chi-ning, provincia de Xan-tung con la yglesia en la ciudad de Fe-cheu se encarga al hermano predicador Fr. Manuel de San Juan (5).

>> La yglesia y casa de Nuestra Señora de Guadalupe, en la villa de Kien-ning, provincia de Fo-kien, con la de San Pedro de Alcántara en la villa de Tai-ning y la fundacion de nueva yglesia en la ciudad de Xao-gufu se encargan al hermano predicador Fr. Agustín Rico (6).

La yglesia y casa de San Antonio de Padua, en la ciudad de Hoelcheu, provincia de Canton, con las yglesias en las villas de Tun-kuon y Polo y Kuli-xeu se encarga de ellas nuestro hermano comisario Fr. Jaime Tarin.

> La yglesia y casa de la señora Santa Ana, en la ciudad de Ching; cheu, provincia de Xan-tung, con la de San Diego en la villa de Lin-kiula yglesia de Vai-iao en el partido de la villa de Pu-tai; la yglesia de Jensin y la cristiandad de la villa de Po-hing se encargan a nuestro hermano predicador Fr. Bernardo de la Encarnacion, olim Custodio (7).

>La yglesia y casa de Nuestra Señora de la Anunciacion, en la ciudad de Chao-cheu, provincia de Canton, con las cristiandades en las villas de Ching-hiang y Chao-iang se encargan at hermano predicador Fr. Juan de San Frutos (8).

(1) Fr. José Osca, AIA, t. VIII, pág. 292, núm. XXXVII.

(t) Fr. Lucas Esteban, 1. c., pág. 289, núm. XXVIII.

(3) Fr. Bernardino de las Llagas, 1. c., pág. 292, núm. XXXVIII.

(4) Fr. José Navarro, 1. c., pág. 291, núm. XXXVI.

(5) Fr. Manuel de San Juan, l. e, núm. XXXIV.

(6) Fr. Agustín Rico, 1. c., núm. XXXV.

(1) Fr. Bernardo de la Encarnación, 1. c., pág. 289, núm. XXVII.

(8) Fr. Juan de San Frutos, l. c., pág. 290, núm. XXXIII.

>>La yglesia y casa del glorioso San José, en la ciudad de Nan-gan, provincia de Kiang-si, con la yglesia y cristiandades en las villas de Chun-y y Ta-iu se encargan al hermano predicador Fr. Pedro de la Piñuela (1).

>> La yglesia y casa de San Bernardino, nuevamente comprada en la villa de Xun-te, provincia de Canton, con las dos yglesias de Tu-ning y Xecheu y demás cristiandades del territorio de dicha villa se encargan al hermano Lector Fr. Agustín de San Pascual (2).

Al hermano Fr. Blas García, cirujano, se encarga la procuracion de la Mision y la enfermeria de la yglesia de nuestro Padre San Francisco extramuros de Canton (3).

> El hermano predicador Fr. Lucas Thomás (4), que nuevamente ha llegado de Manila, con los demás religiosos que se esperan, para cumplir el número de veinte concedidos por Su Magestad del Rey nuestro señor, que Dios guarde, queda a voluntad de nuestro hermano Comisario el acomodarlos en sabiendo lengua, el cual encarga a todos los religiosos procedan en el exercicio de sus ministerios con el cuidado y zelo que hasta aqui.

> Dada en esta yglesia de nuestro Padre San Francisco extramuros de la ciudad de Canton, en 25 de Noviembre de 1690.

→Fr. Jayme Tarin, comisario provincial.
» Fr. Bernardino de las Llagas, secretario.
>Lugar del sello.>>

P. LORENZO PÉREZ,

Auténtica de algunas reliquias de Tierra Santa. - Hemos publicado en las págs. 301-3 del t. IX del ARCHIVO cuatro auténticas de varias reliquias. De la misma procedencia es la que publicamos aqui. Está escrita en portugués, en un pergamino que mide 342 × 300 min. Dice asi:

«Certefico eu, frey Gaspar de Saom Bernardino, sacerdote e confesor, que he verdade auer dado a nosso Reuerendissimo Padre comissairo geral frey Pedro Gonçalues de Mendoça, a forma do sancto Sepulcro de Hierusalem asim e da maneira que eu ho visitei en casa sancta (sic) ho anno de 1607; com mais tres pedras, huma roxa, que he da mesma columna a que Christo nosso Senhor foi asoutado, a outra he do sancto Sepulcro en que ho Redemptor foi sepultado, a outra he do sepulcro da Virgem nossa Senhora que está no vale de Josepha; as quaes todas me deu ho Padre, Guardiam de Terra Sancta.

>> E por the constar desta uerdade me mandou por sancta obbediencia que lhe pasasse esta, a qual fiz de minha maõ e asinei em Saom Francisco de Madrid, oie (sic), vinte de Nouembro de mil e seiscentos e sete annos. >>Frei Gaspar de Sam (sic) Bernardino.»

Por detrás, otra mano, escritura dificil, y borradas las letras: «Testimo nio de las reliquias que están en una [cajetita dorada]..... sobre vna bola.....

(1) Fr. Pedro de la Piñuela, 1. c., pág. 288, núm. XXV.

(2) Fr. Agustin de San Pascual, 1. c., pág. 286, núm. XIX.

(3) Fr. Blas García, 1. c., pág. 288, núm. XXIII.

(4) Fr. Lucas Tomás, l. c., pág. 292, núm. XXXIX.

cristal..... del sepulcro de nuestro Señor de nuestro Señor (sic) y de nuestra Señora.»

Otra: «Leg. 1, n. 6. Id. «Leg. 1, n." (otra) 34.»

Los Franciscanos de Alcalá y los presos de la ciudad. - En nuestro Archivo de la Vicaria general, entre otros muchos papeles pertenecientes al antiguo y célebre convento de San Francisco, o de Santa Maria de Jesús, o de San Diego - que de todos estos modos se llamaba el convento francisca no de Alcalá de Henares- encontramos dos documentos que a continuación transcribimos.

El primero está escrito en la primera cara de un pliego de papel de hilo, de dos hojas, con la filigrana de «J.n B.t e Hijos, el cual pliego mide 314x218 mm. y dice asi:

+ En 1.o de Agosto de 1826. Se invitó a la Comuni lad de Santa Maria de Jesús, de esta ciudad de Alcalá de Henares si quería y podia cumplir la Misa a los presos de la cárcel, en los dias festivos y feriados de precepto, dando este Ayuntamiento, por su trabajo, la limosna de 300 reales vellón.

> Y en su virtud dicha Comunidad lo aceptó y dijo lo cumpliria todo el tiempo que tubiese suficiente número de individuos y sin faltar a otros cargos que le son obligatorios anteriormente.

>>Y por ser verdad lo firmo en esta Ciudad, a 16 de Octubre de 1826. > Facundo Martinez Toledano, presidente del Ayuntamiento.» (Rúbrica y firma autógrafos.)

En el v. del f. 2. se lee: «Convenio entre esta Comunidad y el M. Iltre. Ayuntamiento, sobre decir Misa a los presos de la cárcel en los dias festivos y feriados. Año 1826.»

En otro folio, también de papel de hilo, afiligranado, de Alcoy, que mide 303 × 211 mm. hay esta carta del Vicario general, que era entonces el Rmo. P. Fr. Cirilo Alameda y Brea, ex ministro general, y después arzobispo de Toledo.

Dice así:

<R. P. Guardián del nuestro (sic) de Santa María de Jesús.

› El Espiritu Santo asista a V. P. y le colme de sus divinos dones.

>> Hemos recibido la de V. P., y aunque deseamos la abstracion y retiro de esos religiosos, no por eso intentamos subtraer al público aquellos servicios que poco o nada pueden influir en el trato y comunicacion familiar con los seglares. No hallamos, pues, inconveniente en la concesion de la Misa que por el Sr. Vicario general y Caballero Corregidor se ha pedido para la cárcel. A nuestro cuidado queda contestar a dichos Señores, si nos hicieren la súplica.

>>Mas si ilegase el caso de cargarse la Comunidad con aquella Misa, V. P. cuidará que no sea motivo para que se vague por el Pueblo, dando al efecto las órdenes correspondientes.

Damos a V. P. la seráfica bendicion y le rogamos nos encomiende a Dios. Este Señor guarde la vida de V. P. muchos años.

>>San Francisco, de Madrid, y Septiembre 13 de 1826

De V. P siervo en el Señor.

>> El Vicario general.» (Rúbrica.)

En el v. está la dirección asi: «Convento de Santa María de Jesús. Al

R. P. Guardian del nuestro de Alcalá de Henares. Del Vicario general.>>>

En vista de esta respuesta del Superior general y por lo que se dice en el primer documento se ve que los religiosos de Alcalá tomaron a su car go el decir en la cárcel la Misa que se les pedia.

El Escudo de la Inmaculada, concedido a las Clarisas. - En el Archivo del convento de La Anunciada, de Villafranca del Bierzo, León, encontramos el siguiente interesante documento. Está escrito en un pliego de papel de hilo verjurado. Es copia simple, con varias manchas de humedad, y bastante deteriorado. Mide 300 × 210 min.

«Fr. Blas Antonio Fariñas, Lector jubilado, ex-custodio, examinador sinodal del arzobispado de Santiago, y del obispado de Lugo, padre y ministro provincial de los frayles y monjas de la Regular Observancia de nuestro P. San Francisco, siervo etc. A todas las religiosas de la Madre Santa Clara, subjetas a nuestra jurisdiccion, asi Preladas como súbditas, salud y paz en nuestro Señor.

>> Hacemos saver a todas VV. RR. que hemos recivido de nuestro Excelentisimo y Rmo. P. Ministro general una carta orden, cuio tenor es el siguiente:

R. P. Provincial de la nuestra de Santiago.

> El Espiritu Sauto asista a V. P. R. y le colme de sus divinos dones. >> Haviendo concedido la Silla apostólica, a conseguencia (sic) de preces que le han echo los Superiores de nuestra sagrada Religion el que las religiosas de la M. Santa Clara pudiesen traer un Escudo de la Immaculada Concepcion de nuestra Señora, honrrando y premiando de este modo el mérito que ha contraido la primera Orden de nuestro seráfico P. San Francisco en haver defendido con tanta glo a y edificacion del mundo christiano tan tierno Misterio, conservando (sic) de este modo y en esta distinguida señal no sólo los travajos y anhelos de los religiosos sino tambien la devocion con que las religiosas de la referida M. Santa Clara cooperaron con sus oraciones a la victoria de tan piadoso Misterio y tambien para promover la devocion a nuestra Madre Santissima y servir dicho Escudo de un memorial sempiterno (1) | 10 | y recuerdo saludable y eficaz de su especial proteccion a nuestra seráfica Religion y a este reyno cathólico que la ha tomado por especial Patrona, hemos venido en mandar, como mandamos a V. P. R. que procure hacer que en todos los conventos de la M. Santa Clara, sugetos a su filiacion se verifique el que se pongan dicho (sic) Escudo.

Para que esto se verifique con la decencia que corresponde y no se imagine que el traher dicho Escudo es puramente un adorno profano, mandará V. P. R., que en el dia determinado para ponerse los Escudos todas

(1) Hay varias líneas tachadas; repiten lo ya dich

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