Ley de papel sellado sancionada por el honorable Congreso el 27 de agosto de 1886 y promulgada por el P.E. el 28 del mismoImp. de "El Orden", 1836 - 11 páginas |
Términos y frases comunes
1886 Promulgada 25 DE DICIEMBRE 27 de Agosto Agosto de 1886 arreglo ASUNCION IMP buques en lastre buques que hagan cabotaje cantidad cerrar registro certificados cial cinco centavos contratos de Sociedad Corresponde al sello deberán ser selladas dias diez pesos fuertes diez toneladas escala escepcion escribanos escrituras espedidos espidan espresa estenderán en papel exeda foja de guia fraccion de 120 guia de referencia guias y torna hagan el comercio HONORABLE CONGRESO 27 lastre procedentes legua cuadrada letras de cambio manifiestos de descarga mensura de campo multa nifiestos de carga obligacion ORDEN-CALLE 25 otorgado pagará papel comun PAPEL SELLADO SANCIONADA PARAGUAY BLAS GARAY pel sellado peticion de mensura podrán ac primera foja procedentes de puertos puertos extranjeros referencia que lleven reposicion República sello correspondiente sello de diez sello de veinte sello que corresponda testimonios de poderes testimonios en sellos toneladas de registro torna guias valor del sello veinte y cinco
Pasajes populares
Página 10 - Ley, ó en papel común, incurrirá en el primer caso en ; -10una multa igual al décuplo de la diferencia entre el valor del sello que tenga el documento y el que le corresponda, y en el segundo caso al décuplo del valor del sello en que debió ser extendido.
Página 7 - Cada foja de uno de los ejemplares de los manifiestos de carga de los buques que hagan el comercio entre puertos de cabotaje y no excedan de diez toneladas, y las solicitudes para abrir y cerrar los registros de las mismas.
Página 3 - El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Paraguaya, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de — LEY: Art. 1°...
Página 10 - En los casos de reposición, el valor del sello será pagado por el que haya presentado los documentos ú originado las actuaciones. Art.
Página 6 - La primera foja de uno de los ejemplares de los manifiestos de carga de los buques mayores de diez toneladas, que hagan el comercio de cabotaje, y las solicitudes para abrir y cerrar registros de los mismos...
Página 4 - ... bien raíz ó semoviente fijado por peritos nombrados por el Ministro de Hacienda y por los interesados y con arreglo á la escala establecida. Art. 3°. En los actos ó contratos sujetos á pagos ó prestaciones periódicas, se graduará el valor del sello por la mitad leí importe total de las cuotas.
Página 6 - I;vstre procedentes de puertos extranjeros] Art. 10. Corresponde al sello de setenta y cinco centavos: 1° La relación de la carga de los buques que se despachen con destino á puertos extranjeros.
Página 7 - ... para el exterior. 2° La primera foja de uno de los ejemplares de los manifiestos de carga de los buques mayores de diez toneladas que hagan el comercio entre puertos de la República.
Página 4 - Art. 4.—Cuando el término de la obligación excediere de noventa días, se computará y pagará tantas veces el valor de la escala, cuantos noventa días hubiere en aquel término, contándose las fracciones de noventa días por entero ; pero en ningún caso podrá exceder el importe del sello del uno por ciento sobre el valor de la obligación.
Página 10 - Ninguna autoridad ó empleado público dará curso á solicitud alguna que no esté en papel correspondiente. Los escribanos ó empleados que...