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igualar á las florecientes ciudades italinas, sino que en algunas instituciones mercantiles las sobrepujaba, como ocurrió con los reglamentos de seguros, mucho más perfectos entre nosotros que en Italia.

Varias ciudades de la antigua corona de Aragon como Zaragoza, algunas del mediodía de Francia como Perpiñan, Lyon y Besanzon y áun de la misma Italia, siguen el ejemplo de Valencia y Barcelona. La gran Hermandad ó Universidad de los mercaderes de Leon y Castilla, cuya directiva residia en Burgos, obtuvo en 21 Julio de 1494 una Real cédula de los Reyes Católicos para establecer, no sólo un Consulado, sino una Casa de contratacion, cuyas ordenanzas aprobó despues la reina doña Juana. El descubrimiento de América, que comunicó grande impulso al comercio de Castilla, lo dió mucho más á los puertos del Mediodía de España, Sevilla especialmente, á donde concurrian los mercaderes de todo el mundo conocido, adquirió una colosal importancia como plaza mercantil, y fué una de las primeras consecuencias de este desarrollo la creacion de una Lonja en tiempo de los Reyes Católicos, y un Consulado en la época de Cárlos I, erigiendo la Universidad de mercaderes para dicho objeto un suntuoso edificio en tiempo de Felipe II. Poco despues de la de Burgos se establece la Lonja de Bilbao, Madrid tambien quiso tener la suya, y por Real cédula de 9 de Febrero de 1632 mandó establecerla Felipe IV. Esta institucion, que aparece espontáneamente donde las necesi

dades lo exigen, no puede ser creada de un modo artificial por solo la voluntad del legislador, y como la capital de las Españas no era plaza mercantil, la disposicion del Monarca y los buenos deseos de sus consejeros no dieron resultado alguno; solo cuando la aparicion de las cédulas ó títulos de la deuda pública, dió nacimiento al tráfico ó especial comercio sobre ellos, tuvo Bolsa, porque desde entónces debió considerarse la Capital como plaza comercial, y productora con harta abundancia de tal mercadería, objeto principal de las transacciones de una Lonja ó Casa de contratacion.

Aquí concluye la que podemos llamar segunda época de las Lonjas de comercio, y empieza la tercera y última, cuyo exámen exíge un capítulo separado. No lo empezaremos, sin decir algo sobre el orígen de la palabra Bolsa con la que se distingue desde esta época á las Casas de contratacion, lo que no es un simple cambio de nombre, sino una alteracion en la cosa misma, pues desde dicha época no se limitaba el tráfico á los efectos de comercio y mercaderías, sino que empezó la especulacion sobre los valores ó créditos contra el Estado..

Por el atraso en que la navegacion se hallaba en la Edad Media, era de todo punto imposible recorrer la distancia entre los puertos del Mediterráneo y del Báltico durante la estacion en que estos últimos estaban practicables; fué preciso partir la distancia estableciendo un punto de escala, eligiéndose para ello la ciudad de Brujas, lugar donde se

reunian las naves del Norte y Sur de Europa. La afluencia de gente extraña dió orígen á diez y siete comunidades independientes de extranjeros trafi. cantes, muchas de las cuales tenian sus Lonjas propias; mas en el siglo XVI empieza á desarrollarse el derecho internacional público y con especialidad el privado, las relaciones entre extranjeros se hacen más frecuentes bajo el amparo de la ley y comprendiendo sus intereses, decidieron reunir todos los establecimientos aislados en uno sólo, donde todos los comerciantes, así nacionales como extranjeros, gozasen de las mismas ó parecidas franquicias y seguridades, suceso ocurrido á mediados del siglo mencionado, y la casual circunstancia de que el edificio elegido fué el palacio de una antigua familia noble, de apellido Van der Bourse y cuyas armas eran tres Bolsas esculpidas en la fachada, fué el origen de que aquella Casa de contratacion y despues á las demás se las llamase Bolsas. A poco de este suceso, por lo demás insignificante, comenzó la contratacion sobre valores ó créditos contra los Estados ó naciones, y por dicha coincidencia dióse en adelante aquella denominacion á las Lonjas, donde además de los contratos ordinarios de comercio, se ajustaban y convenian las operaciones sobre efectos públicos.

CAPÍTULO III.

BREVE RESEÑA HISTÓRICA DE LA MODERNA LEGISLACION ESPAÑOLA SOBRE BOLSAS.

El Código de comercio, promulgado en 1829, no reglamentó, como es sabido, las Lonjas de comercio ó Casas de contratacion, de manera que las que en el trascurso del tiempo se habian establecido en España, continuaron rigiéndose por sus estatutos especiales y sus antiguas costumbres. El Código, sin embargo, uniformó por completo el derecho mercantil en cuanto á los contratos, sometiéndolos ó una sola ley, fijó de una manera clara el carácter con que intervenian los corredores, marcando sus obligaciones y derechos y reuniéndolos en gremios ó colegios; de este modo, los dos puntos principales de que se ocupan las leyes de Bolsa, que son: la forma y efecto de los contratos, y la reglamentacion de los medianeros, quedaron sometidos á una ley comun general, considerándose vigentes los antiguos estatutos y reglamentos de las Lonjas en cuanto á su régimen y gobierno interior y en todo lo demás que no afectara ó la contratacion.

En esta situacion, aconsejado el Monarca por D. Pedro Sainz de Andino, que deseaba completar la obra legislativa por él iniciada con la promulga

cion del Código de comercio y la Ley de Enjuiciamiento mercantil, se publicó por Real decreto de Io de Setiembre de 1831 la ley para la Bolsa de Madrid redactada por el autor ántes citado (1). ·

Dos puede decirse que, eran los objetos que abrazaba la nueva ley: primero, crear en Madrid una Lonja de negociacion pública como las tenian algunas plazas mercantiles de importancia, llevando á debido efecto el pensamiento de Felipe IV; segundo, regularizar los contratos especiales que se celebraban sobre las cédulas ó valores del Estado, erigiendo en la capital de la Monarquía una Bolsa como las que ya tenian las principales ciudades de Europa. Bajo el primer aspecto no tuvo la Bolsa de

(1) Las primeras reuniones de la Bo.sa de Madrid se celebraron en el local que fué café del Espejo, ínterin se disponia un patio de la casa de Filipinas en la calle de Carretas, que al efecto se cubrió de cristales y se adornó de un modo conveniente; pero siendo muy reducido el sitio para la concurrencia, hubo de trasladarse la Bolsa á los claustros bajos de San Martin, de allí á la iglesia de las Vallecas, y de este sitio al antiguo monasterio de los Basilios. A consecuencia del derribo de éste y sus accesorios, se trasladó la Bolsa en 1850 al local que sirviera de aduana hasta que Cárlos III hizo construir el magnífico edificio de la calle de Alcalá. Reformado el caseron de la plaza de la Leña, y construida la sala central, continuaron celebrándose en él las reuniones de la Bolsa, hasta que en 1873, por iniciativa de los colegios de agentes y corredores, se levantó, en el mismo sitio, el edificio actual.

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