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anales no habria de tener ni por inverosímil ni por repugnante en el reinado de Arista, lo que consideraba legal en tiempo de Alonso III y digno de perpetuarse por la historia, en los de Felipe II, y esto era la fórmula de alzar Rey, que tanto se ha querido combatir. Tenemos, pues, á Zurita de nuestra parte en esta cuestion, á pesar de sus afecciones absolutistas, tenemos á Blancas (los dos más autorizados cronistas de nuestro Reino), y voy á demostrar que se hallan de nuestro lado cuantos escritores aragoneses se han ocupado en este punto; porque ¿qué es en último resultado lo que buenamente pueda traerse á la presente controversia de todas las citas que se han acumulado contra la legitimidad de la fórmula de alzar Rey? Nada ó muy poco que merezca tomarse en algo. Diez y seis son, segun nuestra cuenta, los escritores que se citan en esta cuestion, apoyándose en el silencio de nueve de ellos y en el testimonio de los otros siete para sacar ventajas de esta controversia. En el capítulo inmediato examinaré lo dicho por unos y lo callado por los demás.

No he de estenderme mucho en reseñar los servicios con que Zurita procuró granjearse, desde su misma adolescencia, los favores y

mercedes reales, en una época en que servir al Rey era deservir al Reino, por el estado de violenta pugna en que las prerogativas y derechos de una y de otro se encontraban. Duéleme sobremanera tomar su nombre para no dispensar elogios á tan laboriosísimo cronista; empero la índole de mi obra me pone en el caso de ser aragonés antes que todo, cuando me he propuesto vindicar nuestras instituciones de los injustos ataques que se las dirijen. Ante este propósito nada pueden importarme los recuerdos de haber nacido en el mismo suelo y hasta en su misma vecindad y feligresía, y de haber consagrado los mejores años de mi vida al estudio del primero de los cronistas del Reino aragonés.

Ni Cárlos I ni Felipe II distinguieron nunca con sus mercedes, sino á los que de muy fieles servidores suyos hacian alarde, porque. ellos habian iniciado ya la lucha entre la libertad Ꭹ el despotismo, y nunca, ni aun en los actos más mínimos de su vida pusieron en olvido su perseverante propósito en este punto.

Por los grandes merecimientos de su padre, médico de cámara y protomédico de los estados de la Corona aragonesa, se vió Jerónimo Zurita en su temprana edad de

diez y ocho años, con los cargos de juez ordinario y foral de Barbastro, y de continuo de la Real Casa, empleo militar de suma importancia, recayendo en el mismo antes de cumplir veinte y seis años el de Baile de la ciudad de Huesca.

Antes tambien de esta fecha obtuvo la secretaría general de la Inquisicion, y despues la del Consejo y Cámara de Felipe II, y fué propuesto además para Protonotario del Reino.

Con estos antecedentes fué nombrado tambien cronista por la Diputacion, y tan importante cargó le sirvió para granjearse más y más el afecto del Monarca, ante quien no dudó realzar sus merecimientos para obtener el empleo de Maestre racional de Zaragoza.

Nada interpreto ni menos invento para suponer qué clase de servicios serían los que de su padre y suyos alegó para obtener la gracia que solicitaba. Como odiado por el Reino de Aragon se presentó al Monarca para conquistar su aprecio, y esto basta y sobra para mi propósito. Quien alegaba esto como un merecimiento, reconocia de buen grado la justicia de aquellos ódios, porque de otro modo, mal podian servir de apoyo á su pre

tension. «Acuérdese V. M. cuán mal visto soy en aquel Reino (decia en carta suya de 12 de abril de 1570) y cuánta más razon hay por esta causa que entienda allá y acá, que V. M. no tiene olvidados los servicios de mi padre y los mios.>>

No quiero estenderme más, aunque bien pudiera sin grande esfuerzo. Con esto quedan indicadas las tendencias políticas de Zurita, para que en cuestiones de esta índole pueda apreciarse en lo justo su testimonio respecto á las instituciones de su Reino.

Harto siento no haber podido prescindir de esta indicacion.

CAPÍTULO VII.

DE LA CONFORMIDAD DE LA FÓRMULA NOS QUE VALEMOS TANTO COMO VOS Y QUE JUNTOS PODEMOS MAS QUE VOS, CON LA INDOLE DE LA MONARQUIA ARAGONESA.

Mientras no se niegue la manera paccionada con que fué investido de la régia potestad el primer Monarca de Sobrarbe, caerá fuera de todo propósito el empeño de combatir nuestra fórmula para alzar Rey. Todos han convenido en que Aragon tuvo leyes antes que reyes, y la antigüedad de los fueros de Sobrarbe (que tal suponen desde su encabezamiento mismo) y el fuero de alzar Rey, denominado así por contener el ceremonial que seguia á la eleccion del Monarca, demuestran bien claramente que el elejido, escuchada la fórmula de su eleccion, debia aceptarla para la validez del paccionamiento, jurando entonces los términos del pacto cons

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