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der al dicho Domingo de Yrala para que govierne, e no lo ha querido hacer, e a my como escrivano me pidieron ordenase e escryviese el poder, e escryviese al gobernador que lo firmase, porque hera cosa que le cumplia, e porque no lo quyse hacer me an hecho muy malos tratamyientos, e me tuvieron preso por decir que avia sido mal hecho prender (1) al governador.

Otro si, el dicho Domyngo de Yrala e su alcalde tomaron todas mys escrituras, procesos e rregistros e el proceso quel governador avia fecho contra el, e syn cuenta ny rrazon alguna las entregaron a Juan Fernandez (2) comunero, e ansimesmo an visto los procesos que estavan cerrados contra los oficiales de Vuestra Magestad e los an leydo e visto.

Otro si, Domingo de Yrala, preso el governador, se pronuncio (3) por sentencia de su alcalde por heredero de los bienes de Hance (4) aleman, e no (5) a querido hasta agora pagar las debdas (6) e dexo pobre a un (7) hijo natural del difunto; valdrian los bienes myll ducados.

Porque con larga rrelacion de los agravios e sinjusticias (8) que han fecho e de presente hacen podria ser que Vuestra Magestad rrecibiese algun desabrimiento, acuerdo de callar muy gran parte dello, e aun por la falta que de presente tengo de papel, e ansi Vuesta Magestad suplira el defeto si alguna parte borrada se hallare; y Vuestra Mages

(1) prenderlo.-(2) Sanchez.-(3) procedio.-(4) Llance.-(5) que no.(6) debidas.—(7) su.-(8) injusticias.

tad crea que no me mueve pasion alguna a escrivir lo que escrivo, salvo celo de cristiano e lealtad al servicio de Vuestra Magestad, la qual prospere e ensalce (1) Nuestro Señor por largos tiempos como Vuestra Magestad desea e sus vasallos e criados deseamos porque la santa fee catolica sea ensalzada en sus prosperos e felices dias y este nuevo mundo qu' está por descubrir sea rreducido a la santa fee catolica.

Del puerto de la Asuncion, que es en el rrio del Paraguay, a veynte e ocho dias del mes de Enero de myll e quinientos e quarenta e cinco años.

Va escripta esta rrelacion en diez fojas de pliego entero, con esta en que se concluye.

Sacra Catolica Cesarea Magestad, el umylde criado e vasallo de Vuestra Magestad que sus rreales pies y manos besa=Pero Hernandez.

(1) ensalzará.

RELACIÓN QUE DEJÓ

DOMINGO MARTINEZ DE YRALA

EN EL PUERTO DE BUENOS AIRES

QUANDO LO DESPOBLÓ Á INSTANCIAS DEL REQUERIMIENTO

QUE LE HIZO

ALONSO DE CABRERA

1541

LA RELACION QUE DEXÓ YRALA EN BUENOS AYRES

QUANDO LA DESPOBLO POR EL RREQUERIMYENTO QUE LE HIZO Cabrera, que esTÁ AQUI (1).

La relacion que dexó Domingo Martinez de Yrala en Buenos Aires al tiempo que la despobló.

Por quanto yo, Domingo Martinez de Yrala, theniente de governador por el muy magnifico señor Juan de Ayolas, governador y capitan general desta provincia del Rio de la Plata, por Su Magestad, he determinado de llevar la gente que estava en el puerto de Buenos Ayres, para la juntar con la que esta arriba en el Paraguay, conformandome en esto con lo que por parte de Alonso Cabrera, beedor de fundiziones en esta provincia, me fue requerido, e ansimesmo con los paresceres de la gente mas principal que presente se hallo en este puerto de Buenos Aires, asi de la que conmigo de arriba vyno, como de la que aqui estava, por las causas y rrazones que para ello me dieron, asy

(1) Archivo de Indias. Simancas. Justicia.- Consejo. - Distrito de la Audiencia de Charcas.-Autos fiscales.-Año 1552.-Est. 52.-Caj. 5.—

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