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La Regencia del Reyno se ha servido dirigirme el decreto

que sigue:

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DON FERNANDO VII, por la gracia de Dios y por la Constitucion de la Monarquía Española, Rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la Regencia del Reyno, nombrada por las Córtes generales y extraordinarias, á todos los que las presentes vieren y entendieren, SABED: Que las Córtes han decretado lo siguiente:

,, Las Córtes generales y extraordinarias, habiendo sancionado la Constitucion política de la Monarquía Española, decretan: Que se pase á la Regencia del Reyno un original de la citada Constitucion, firmada por todos los diputados de Córtes que se hallen presentes: Que disponga inmediatamente se imprima, publique y circule; y que para la impresion y publicacion haya de usar de la fórmula siguiente: DON FERNANDO VII, la gracia de Dios y la Constitucion de la Monarquía Española, Rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la Regencia del Reyno, nombrada por las Córtes generales y extraordinarias á todos los que las presentes vieren y entendieren, SABED: Que las mismas Córtes han decretado y sancionado la siguiente Constitucion política de la Monarquía Española: (Aquí toda la Constitucion desde su epígrafe inclusive hasta la fecha

por

y

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las firmas todas.) Y concluye la Regencia: Por tanto mandamos á todos los españoles nuestros súbditos, de qualquiera clase y condicion que sean, que hayan y guarden la Constitucion inserta como ley fundamental de la Monarquía; y mandamos asimismo á todos los Tribunales, Justicias, Gefes, Gobernadores y demas Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de qualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y executar la misma Constitucion en todas sus partes. -Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondreis se imprima, publique y circule. Lo tendrá entendido la Regencia del Reyno para su cumplimiento, haciendo que este Decreto se imprima, publique y circule. - Vicente Pasqual, Presidente. - José María Gutierrez de Teran, Diputado Secreta rio. Joaquin Diaz Caneja, Diputado Secretario. Dado en Cádiz á 18 de Marzo de 1812. A la Regencia del Reyno." Por tanto mandamos á todos los Tribunales, Justicias, Ge

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Sr.

fes, Gobernadores y demas Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de qualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y executar el presente Decreto en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondreis se imprima, publique y circule. — Joaquin de Mosquera y Figueroa, Presidente. Juan VillavicenIgnacio Rodriguez de Rivas. El Conde del AbisEn Cádiz á 18 de Marzo de 1812. A D. Ignacio de la Pezuela."

cio. bal.

De órden de la Regencia del Reyno lo comunico á V. para su inteligencia y cumplimiento. Dios guarde á V. chos años. Cádiz 18 de Marzo de 1812.

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CONSTITUCION POLITICA

DE LA

MONARQUIA ESPAÑOLA.

Promulgada en Cádiz á 19 de Marzo de 1812.

30

CADIZ: DICHO AÑO: EN LA IMPRENTA REAL.

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Está probibida la reimpresion de esta obra sin órden especial del Gobierno Supremo.

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