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euales ofrecen los comisionados de la Union recomendar á los diputados de las provincias, para que traten de no comprometer ni dejar en descubierto el honor del gobierno, que las ha comenzado con buenos y sanos designios;

4° Instalado el Congreso, cuidará de hacer cuanto antes la convocatoria para la gran convencion del reyno, por la base de poblacion que determinará previamente;

5o Las armas que se saquen de los almacenes ó parques de Cundinamarca con las tropas y oficiales, lo mismo que las de las otras provincias confederadas, se le restituirán luego que hayan servido á los objetos de la comun defensa, á que las haya destinado el Congreso á sus espensas;

6° No considerándose el punto sobre la casa de moneda tan urgente que exija una previa resolucion, para que no se dilate por ella la formacion del Congreso, quedará en suspenso hasta que sobre él puedan proceder de acuerdo los Estados de Cundinamarca y Popayan;

7° Para que tengan efecto los articulos anteriores, el presente Congreso reconocerá la

provincia de Cundinamarca con la estencion que actualmente tiene, esto es con las agregaciones de las provincias de Mariquita, Neyva, Socorro; y de la de Tunja, los pueblos de Muso, Chiquinquirá; Villa de Leyva y Sogamoso, ya agregados por los límites de sus particulares agregaciones y el mismo Congreso se obliga á hacer cuanto esté de su parte para mantener la integridad de este Estado en los términos referidos, hasta que la gran convencion demarque perentoriamente los de los Estados que hayan de quedar en la federacion; 8 En consecuencia Cundinamarca se obliga á no admitir por si sola mas agregaciones que que tiene actualmente, y á que en caso de que se propongan algunas otras, no se egecuten sino con la aprobacion del Congreso.

las

Los presentes tratados que subscriben las dos partes contratantes, y autorizan los secretarios de Estado que presenciaron su conclusion, quedarán originales en el poder egecutivo de este Estado de Cundinamarca, poniendo en manos de los comisionados de la Union otro idéntico egemplar, y remitiéndose á la consi

deracion del colegio de representantes de dicho Estado, que va á instalarse para que en conocimiento de estar vencidas las principales dificultades relativas á la acta de union sobre que debe tratar, y que ha sido el objeto de su convocacion', proceda en lo demas con esta inteligencia. Santafé 18 de mayo de 1812. Antonio Nariño, presidente del Estado; Manuel Benito de Castro, consejero; José Diago, consejero; Frutos Joaquin Gutierrez; José Maria del Castillo.

TRATADOS DE SANTAROSA, CELEBRADOS EN 30 DE JULIO DE 1812 ENTRE LOS GOBIERNOS DE CUNDINAMARCA Y TUNJA.

Nos los ciudadanos gobernantes del Estado libre de Tunja, à saber: el ciudadano Juan Nepomuceno Niño, presidente gobernador; Juan Agustin de la Rocha, presidente del Senado; Joaquin Malo; José Ramon de Eguiguren; Antonio Rojas, y Jose Cayetano Vasquez, senadores y por otra parte los ciudadanos Domingo Cayzedo, Tiburcio Echevarria, y Miguel José Montalvo, comisionados con plenos poderes del ciudadano Antonio Nariño, presidente del Estado de Cundinamarca cerca del Estado de Tunja, para terminar pacificamente los negocios y desavenencias pendientes entre uno y otro Estado, fecha en 20 del corriente mes deseando unos y otros que solo la paz y amistad republicana nos una estrechamente para resistir de este modo á los enemigos esteriores que amenazan ya de cerca á la libertad é independencia de la Nueva Granada;

y teniendo á la vista las proposiciones hechas á la representacion nacional de Cundinamarca en 2 del presente julio por los ciudadanos Antonio Baraya y Joaquin de Ricaurte, gefes militares de Tunja, y el acta que en 7 de julio celebró sobre ella el senado de esta, para cuya ratificacion, ampliacion ó restriccion se halla bastantemente autorizado el referido ciudadano Nariño por la representacion nacional de Cundinamarca, convenimos en ajustar los siguientes tratados relativos a las citadas proposiciones.

1° Los comisionados de Cundinamarca subscriben á la mas pronta formacion del Congreso, en cuanto alcanza el lleno de facultades de su comitente, conforme á la acta de federacion, y á los pactos que la moderan celebrados entre el gobierno de Cundinamarca en 18 de mayo, y los diputados comisionados por los representantes del Congreso, pero con las siguientes modificaciones: 1° que considerándose el gobierno de Cundinamarca libre ya del comprometimiento en que se hallaba de sostener como partes integrantes de su Estado á los

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