Imágenes de páginas
PDF
EPUB
[ocr errors][merged small][ocr errors]
[merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][graphic][merged small][graphic][merged small]

EN BARCELONA Y OFICINA DE GASPAR
Y COMPAÑIA BAXADA DE LA CARCEL,

[merged small][ocr errors]

(

(Nota.) En este tomo se dan las órdenes siguientes que se omitieron en el Tomo 2.° por no haberlas recibido en aquel entonces.

Orden del 24 de Octubre de 1814. (Corresponde á la página 147 del citado tomo 2.°)

"El Excmo. Sr. Secretario de Estado y del Despacho de la Guerra con fecha 24 de Octubre último me dice lo siguiente. He dado cuenta al Rey de la instancia del Brigadier D. Ramon Milans del Bosch coronel agregado al Regimiento infantería de San Fernando en que solicitaba se le expidiese el título de mariscal de campo en lugar del de brigadier que obtuvo del Gobernador de Tortosa conde de Alache en 28 de Diciembre de 1810 por el mérito contraido en este dia en la salida que hizo la guarnicion de aquella plaza respecto á que en aquella época ya era brigadier por la batalla de Margalef segun acredita con copia autorizada del título de este empleo que se le expidió en 14 de Agosto último con la antigüedad de 23 de Abril del expresado año de 1810: Enterado S. M. de las razones que expone este interesado en la referida instancia, y de lo que á cerca del asunto le ha expuesto la comision que entiende en los expedientes de las revalidaciones de empleos y grados militares: No solo ha venido S. M. en denegar la pretension de Milans del Bosch por infundada, sino que se ha servido declarar al mismo tiempo por nulas, de ningun valor ni efecto todas las gracias de esta clase concedidas or los gobernadores de Tortosa, Tarragona, S. Fernando de Figueras y otras á pretexto de halarse sitiadas, ó incomunicadas con el gobierno, mediante à que ni por ordenanza, ni por Reales órdenes posteriores estaban autorizados para concederlas, por mas que se quiera alegar en su favor, la responsabilidad de la plaza y la necesidad de premiar á las tropas de su guarnicion para estimular à la defensa; pues solo debian hacer presente al gobierno por el conducto de los respectivos generales en gefe luego que las circunstancias lo permitiesen, el mérito de los que se habian distinguido, y las gracias á que los contemplasen acreedores. Madrid 24 de Octubre de 1814." Eguia.

« AnteriorContinuar »