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LICENCIAS Y APROBACIONES.

DEL SUPERIOR GOBIERNO.

Habiendo pasado al Sr. Censor régio D. José An

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tonio de Olañeta el oficio de V. S. de 4 del corriente, en que solicita permiso para la publicacion de una obra de legislacion, me dice con fecha de hoy lo que sigue. Escmo. Sr.-Con oficio de 5 del corriente se sirve V. E. acompañarme el prospecto de una obra, que trata de dar á luz en dos tomos el señor don José María Zamora, bajo el título de Registro de legislacion ultramarina y apéndice al mismo Registro, para que yo manifieste sobre el particular lo que se me ofrezca y parezca. La utilidad de la obra está consignada en el mismo prospecto de una manera que no necesita recomendarse, por que la coleccion de varias disposiciones dispersas en los archivos, y fuera del alcance de la mayor parte de los hombres de negocios, producirá indudablemente beneficios. Agréganse á esto las circunstancias personales del señor Zamora, su estensa práctica, sus vastos conocimientos en la legislacion de Indias, y las muestras de tacto analítico que ha dejado en los negocios que pasaron por sus manos, como fruto de su incansable laboriosidad y fino discernimiento.-La obra corresponderá necesariamente á la espectacion pública; y en cuanto á su impresion por cuadernos, no hay

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Seara

L. Span· B. 33 d. Colonies I

Spain
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