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como en ella se contiene porque vido los soldados en su casa, á su mesa, y sabe les daba caballos y vió sacar el ganado, y esto responde á esta pregunta.

8. A la octava pregunta dijo este testigo que sabe lo contenido en la pregunta porque vido ir al dicho padre fray Lázaro de Guido con el dicho su hermano é hicieron gran gasto por ir como iban de hecho á poblar, todo lo cual se perdió por haberse vuelto del camino, de lo cual quedó muy gastado el dicho Miguel Sánchez de Guido, que fué causa dejar la ciudad por no se poder sustentar como antes lo solía hacer, y él y sus deudos é hijos quedaron pobres é se fueron con Juan de Caballón á la conquista de Costarrica, y esto responde á esta pregunta.

9. A la novena pregunta dijo este testigo que todo lo que dicho tiene es público é notorio, pública voz é fama entre las personas que como este testigo tiene noticia é conocimiento, é siéndole leído su dicho se afirmó é ratificó en él y lo firmó de su nombre juntamente con el dicho señor alcalde. Diego de Mercado Antonio Melara Ante mí Francisco Sánchez, escribano de su magestad.

En la ciudad de León, provincia de Nicaragua, á veinte y nueve días del mes de Marzo de mil quinientos y cin⚫ cuenta y ocho, antel Ilustre señor Antonio Melara, alcalde ordinario de su magestad, pareció presente Miguel Sánchez de Guido é dijo quél no tiene más testigos que presentar, que pedía é pido á su merced le mandase dar un traslado, dos ó más, desta información, autorizados y en manera que hagan fe, á los cuales interponga su autoridad y decreto judicial en forma, é pidió justicia é imploro el debido oficio y lo firmó de su nombre. Miguel Sánchez de Guido Ante mí — Francisco Sánchez, escribano de su magestad.

Visto por su merced del dicho alcalde lo pedido por el dicho Miguel Sánchez de Guido dijo que mandaba é mandó á mí el escribano saque un traslado, dos ó más de la dicha información, y escrito en limpio, firmados y autorizados en manera que haga fe los dé y entregue al dicho Miguel Sánchez de Guido, en los cuales y en cada uno dellos dijo que interponía é interpuso su autoridad y decreto judicial cuanto puede y con derecho debe, y lo firmó de

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su nombre. Antonio Melara Ante mí Sánchez, escribano de su magestad.

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E yo Francisco Sánchez, escribano de su magestad, de pedimento del dicho Miguel Sánchez de Guido é de mandamiento del dicho alcalde hice sacar el dicho traslado del dicho original, según que ante mí pasó, é va cierto y verdadero, de lo cual doy fe, en el cual el dicho señor alcalde puso su autoridad y decreto judicial en testimonio de verdad, é lo corregí y concerté juntamente con el dicho original, de lo cual doy fe. = Antonio Melara = Francisco Sánchez, escribano de su magestad.

E yo Lucas de, Escobar, escribano de gobernación, público y de cabildo, de pedimento del dicho fray Francisco de Guido é de mandamiento del dicho alcalde fice sa car del dicho traslado que ante mí se presentó, é va cierto y verdadero de lo cual doy fe, en el cual el dicho alcalde. firmó su nombre poniendo su autoridad y decreto judicial en testimonio de verdad, é lo corregí y concerté juntamente con el dicho traslado de lo cual doy fe. = Pedro Alonso de las Alas Lucas Escobar, escrivano público y de cabildo.

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Interrogatorio presentado por Diego Dávila

Año de 1560 (1)

En la ciudad de Los Reis de los rreynos é provincias del Pirú, veinte é un días del mes de Junio de mill é quinientos y sesenta años, ante los señores presidente é oidores en avdiencia é chancillería rreal de su magestad que en la dicha cibdad rreside estando haziendo audiencia pública, por ante mí Francisco de Caravajal, escrivano de cámara de la dicha rreal audiencia, Diego Dávila presentó una petición é capítulos del tenor siguiente, &.

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Muy poderosos señores Diego Dávila digo que yo tengo nescesidad de hazer provança de lo que en estas partes de Indias e servido á su magestad veinte años poco más o menos que a que pasé á ellas, sin aver deservido, para suplicar á vuestra alteza rreal me haga alguna merced é gratificación, &.

Pido y suplico á vuestra alteza mande que los testigos que presentare se examinen por estas preguntas conforme á vuestra rreal hordenança, é para el hefeto susodicho y en ello rresceviré justicia y merced, &.

I.

Primeramente si conoscen al dicho Diego Dávila é de qué tiempo á esta parte, &.

2. Si saben que el dicho Diego Dávila se halló año de cuarenta é uno é dos en la conquista é descubrimiento de Costarrica é Desaguadero con los capitanes de Diego Gutiérrez y en la población de San Jorje de Taure, &.

El testigo Aliste Lozano declara:

A la segunda pregunta dixo questando este testigo en el mesmo puerto de San Jorge, poco después de por el tiempo que la pregunta dize, oyó dezir por público é notorio é pública voz é ffama que el dicho Diego Dávila se

(1) Archivo General de Indias. -Estante 1, cajón 5, legajo /10.

abía hallado en la conquista é descubrimiento de la Costa rrica, que linda con el Desaguadero, con los capitanes Al.o de Pisa é Álbaro de Torres, é questo rresponde á esta pregunta, &.

El testigo fray Francisco de Baraona declara:

A la segunda pregunta dixo que sabe quel dicho Diego Dávila, por el tiempo que la pregunta dize poco más ó menos, fué á la conquista é descubrimiento que la pregunta dize, porque este testigo le bió yr á ello con los capitanes que la dicha pregunta dize, que yva á ello como hombre de bien, é después oyó dezir á personas que fueron á la dicha conquista é descubrimiento é que avía hecho en ella lo que hera obligado á honbre de bien y ansí lo crec este testigo, por ser tal persona é birtuosa el dicho Diego Dávila, &.

El testigo Juanes de Aguirre declara:

A la segunda pregunta dixo que la save como en ella se contiene: preguntado cómo la save dixo que por queste testigo fué á la conquista y descubrimiento que la pregunta dize por piloto del navío en que fué la gente é demás cosas nescesarias á la dicha jornada, é aunque en el dicho navío yva otro hombre de piloto lo sirvió el dicho officio de piloto por vía de conocer la dicha tierra del dicho descubrimiento y no el otro, é ansí bió este testigo quel dicho Diego Dávila fué uno de los que fueron á la dicha conquista é descubrimiento de Costarrica é Desaguadero con los capitanes de Diego Gutiérrez y á la población de San Forge de Taure como buen soldado, con buenas armas é adereços, é que sabe que fué por el tiempo que la pregunta dize poco más ó menos, y questo sabe desta pregunta, &.

El testigo Juan Guerrero declara:

A la segunda pregunta dixo que la sabe como en ella. se contiene: preguntado cómo la sabe dixo que por queste testigo se halló en todo lo que la pregunta dize con los capitanes en ella contenidos, juntamente con el dicho Diego Dávila é vió que fué é pasó como en ella se declara, &.

Información de méritos y servicios de Ignacio Cota Año de 1562 (1)

En la ciudad de Castillo de Garcimuñoz, ques en las provincias del Nuevo Cartago é Costarica, tierra firme del mar Occéano, en veinte é ocho días del mes de Noviembre, año de mill é quinientos é sesenta é dos años, ante el muy magnífico señor Juan Vázquez de Coronado, justicia mayor é capitán general por sumagestad en las dichas provincias é su alcalde mayor é visitador general de la de Nicaragua, é por ante mí Francisco Ruano, escribano de su magestad real, escribano mayor é de governación de las dichas provincias, é testigos de yuso escritos, pareció presente Ignacio Cota, alférez general é sargento y veedor por su magestad de las dichas provincias, é presentó la petición é interrogatorio siguiente:

Muy magnífico señor: Ignacio Cota, Alférez general en estas provincias de Nuevo Cartago é Costarica y su factor y veedor en ellas, ante vuestra merced paresco y digo que á mí me conviene hacer una probanza ad perpetuan rei memorian ó como más haga á mi derecho de los servicios que en estas provincias y en otras partes he hecho á su magestad, que, como católico y cristianísimo me las remunere y haga mercedes; atento á lo cual á vuestra merced pido y suplico mande admitir á los testigos que sobrel caso presentare, mandándolos examinar por las preguntas deste in-* terrogatorio; y hecha la dicha probanza me mande dar un traslado ó dos ó más, signados y en pública forma, con el parecer y decreto de vuestra merced, cuyo muy magnífico oficio imploro. = Ignacio Cota.

Por las preguntas siguientes sean examinados los testigos que son ó fueren presentados por parte de Ignacio Cota, alférez general por su magestad en estas provincias

(1) Archivo General de Indias.- Estante 64, cajón 1, legajo 11.

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