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gala. En las plazas como en los salones, en las aldeas como en el régio alcázar, las clases humildes y los hombres políticos mas elevados, se hacian una guerra de pasion, precursora de lamentables conflictos y colisiones. En Murcia los llamados tragalistas produjeron el 13 de enero (1821) un lance que pudo ser sério y sangriento. En Aragon, desde que Riego se encargó de la capitanía general, representábanse á cada paso aquellas escenas populares que hicieron célebre su estancia en Madrid, impropias de la gravedad y circunspeccion del pueblo aragonés. Y en Málaga se descubria una conspiracion (15 de enero), aunque en verdad mas ridícula que importante, dirigida por un aventurero llamado Lucas Francisco Mendialdua, que tenia por objeto convertir en republicano el gobierno constitucional, y por lo mismo no tuvo otro resultado que un alboroto parcial y el castigo de su autor.

En cambio acabó de irritar á los liberales la conspiracion absolutista que se descubrió pocos dias despues en Madrid, la cual produjo particular indignacion y tuvo desde el principio gravedad, por la circunstancia de ser el autor de ella un capellan de honor del rey, llamado don Antonio Vinuesa, que habia sido cura de Tamajon, y con cuyo nombre era y siguió siendo conocido. La gravedad, pues, la tomaba, no de la combinacion ni del fondo del plan, sino de la sospecha á que se prestaba de que se hubiera fraguado dentro del real palacio, que muchos miraban desde los sucesos de noviembre como el centro de todas las maquinaciones. Por lo demás el plan se revelaba todo en los siguientes documentos encontrados al mismo Vinuesa, segun el informe que dió la comision especial de las córtes.

Plan para conseguir nuestra libertad.

Este plan (dice Vinuesa) solo deberán saberlo S. M., el Serenísimo señor infante don Cárlos, el Excmo. señor duque del Infantado y el marqués de Castelar. El secreto y el silencio son el alma de las grandes empresas. La noche que se ha de verificar este plan hará llamar S. M. á los ministros, al capitan general y al Consejo de Estado, y estando ya prevenida entrará una partida de Guardias de Corps, dirigida por el señor infante don Cárlos, haciendo que salga S. M. de la pieza en que estén todos reunidos, en la que quedarán custodiados. En seguida pasará al cuartel de Guardias el mismo señor infante, y mandará arrestar á los guardias poco afectos al rey. El duque del Infantado debe ir aquella misma noche á Leganés, á ponerse al frente del batallon de Guardias que hay allí, llevando en su compañía á uno de los jefes de dicho cuerpo. A la hora de las doce de la noche deberá salir de allí aquel batallon, y á las dos, poco mas, deberá entrar en esta corte. El regimiento del Príncipe, cuyo coronel debe estar en buen sentido, se pondrá de acuerdo con el duque del Infantado, y á las tres de la mañana saldrán tropas á ocupar las puertas principales de la corte.

A las cinco y media deberán empezar la tropa y el pueblo á gritar: ¡Viva la Religion! ¡Viva el Rey y la patria!¡Muera la Constitucion! Aquel dia deberá arrancarse la lápida, y se pondrá una gran guardia para defenderla, con el objeto de que no se mueva algun tumulto al arrastrarla. En seguida saldrá el mismo ayuntamiento constitucional y la diputacion provincial en procesion, y llevará la constitucion para que en este acto público sea quemada por mano del verdugo. Se cerrarán las puertas de Madrid, excepto las de Atocha y Fuencarral, para que no salga nadie, aunque se dejará entrar á los que vengan. Se deberá tener formada una lista de los sujetos que se haga ánimo de prender, y los dueños de las casas donde estén deberán salir responsables. Luego que esto se verifique, deberán salir las tropas á las provincias con un manifiesto para que obren de acuerdo con ellas. Se mandará que todas las armas de los cívicos las lleven á las casas de ayuntamiento, y se prohibirá la reunion de muchos hombres en un punto. Estarán nombradas las autoridades para que empiecen á obrar inmediatamente, y los presos de consideracion serán conducidos por de pronto, al castillo de Villaviciosa con una escolta respetable.

Ventajas de este plan.

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1. La sencillez y poca complicacion de él.-2. Que únicamente lo deberán saber cuatro ó cinco personas á lo mas.3." Mayor proporcion para el secreto y el sigilo, que es lo que ha faltado hasta ahora, y por esto no han tenido efecto las tentativas hechas hasta aquí.-4. El que se puede nombrar para la ejecucion de este plan las personas mas adictas al rey y á la buena causa.-5. Que S. M. hará ver que tiene espíritu para arrostrar los peligros.-6. No quedará el rey obligado á muchas personas, estando en plena libertad para obrar como le parezca.-7. Dar un testimonio á la nacion y á la Europa entera, de que la dinastía de los Borbones es digna de empuñar el cetro.-8.a Impedir que los enemigos traten tal vez de realizar el plan de acabar con la familia real, y con todos los demás que sostienen sus derechos.

NOTA. El plan referia algunas ventajas mas, y entre ellas citaba, como muy principal, la de que los extranjeros no viniesen á obrar en esta revolucion; pues además de los males que esto acarrearia á la nacion, los defensores de la Constitucion podrian hacer tales esfuerzos de desesperacion, que se frustrase el intento por medio de los extranjeros.

Inconvenientes de este plan.

1. El temor que es consiguiente á una empresa como esta, de que peligre la vida de S. M. y demás personas que han de realizarlo.

2. La poca gente con que se cuenta al efecto, y luego la desconfianza en algunos sujetos.

A lo primero digo, que en circunstancias extraordinarias deben tomarse medidas igualmente extraordinarias, como consta en las historias haberlas tomado varios emperadores y generales. Por otra parte el peligro de perder la vida tomando las medidas indicadas es muy remoto, y el perecer á manos de los constitucionales es casi cierto.

Además de que, ocupados los puestos principales por las tropas con que contamos para la empresa, las demás de la guarnicion se estarán en sus cuarteles y quedarán puramente pasivas, pues tambien temerán muchos de los oficiales el salir con ellas contra todo el pueblo.

El tercer inconveniente, que consiste en que este plan se descubra antes de tiempo, es el menor, porque contándose para él con pocas personas, no hay que recelar que los enemigos lo sepan y tomen precauciones para impedirlo: por fin, las preciosas vidas de SS. MM. y del infante don Cárlos peligran, como tambien la del Infantado: así pues no queda otro arbitrio que arrostrar los peligros y llevarlo á efecto, poniendo nuestra confianza en Dios, porque el remedio de estos males con el auxilio de tropas extranjeras es muy aventurado.

Medidas que deberian tomarse luego que se verifique.

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1. Se volverán las cosas al ser y estado que tenian el 6 de marzo de este año.-2. Convendrá indicar en la proclama que se haga, que además de la celebracion de córtes por estamentos, debe tambien celebrarse un concilio nacional, para que así como en las primeras se han de arreglar los asuntos gubernativos económicos y políticos, se arreglarán los eclesiásticos por el segundo.-3. Todos los empleos deberán proveerse interinamente para dejar lugar á premiar con ellos á los que se averigue despues que son adictos á la buena causa. -4. Convendrá dar la órden para que los cabildos corran con la administracion del noveno y escusado.-5.a Se circulará una órden á todos los arzobispos y obispos para que en tres dias festivos se den gracias a Dios por el éxito dichoso de esta empresa.-6. Se harán rogativas públicas para desagraviar á Jesucristo por tantos sacrilegios como se han cometido en este tiempo.-7. Se encargará á los obispos y párrocos que velen sobre la sana moral, y que tomen las medidas convenientes para que no se propaguen los malos principios.-8. Se rebajará desde luego por punto general la tercera parte de la contribucion general por ahora.-9.a Convendrá que las personas que están encargadas de cooperar á este

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Se mandará que los monjes vuelvan á sus monasterios, y las justicias les entregarán los efectos y bienes que les per

tenecen.

Todos los oficiales del ejército, de quienes no se tenga confianza, se licenciarán y enviarán á pueblos pequeños, permitiendo á los que tengan familia y hacienda se vayan á sus casas, pero obligando á todos á que aprendan la religion.

Se continuarán las obras de la Plaza de Oriente, ya por ornato necesario á la inmediacion de Palacio, como para dar ocupacion á los jornaleros de esta corte, y en el sitio destinado para teatro se levantará una iglesia con la advocacion de la Concepcion, y se construirán casas á su alrededor para habitacion del señor patriarca y de los capellanes de honor. Seria muy conveniente que se hiciese venir á esta corte al señor obispo de Ceuta.

NOTA. Con los afrancesados se tomarán las providencias correspondientes (1).

Preso el 29 de enero (1821) el cura de Tamajon, y difundida al dia siguiente la noticia de su diabólico proyecto, desencadenóse la bulliciosa plebe, movida por las excitaciones y los discursos del café de la Fontana, y corriendo tumultuariamente las calles, dirigióse al ayuntamiento lanzando improperios contra el monarca, pidiendo justicia contra los conspiradores, y gritando algunos: «; muera el cura de Tamajon El ayuntamiento salió del aprieto y compromiso lo mejor que pudo, ofreciendo que representaria lo conveniente para que se hiciese justicia, con lo que se aplacó al pronto la efervescencia popular, pero quedando siempre en los ánimos un fondo de indignacion que habia de producir desmanes y escenas horribles, de larga trascendencia para el porvenir.

plan estén alerta algunas noches.-10. Se nombrarán las personas convenientes que se encarguen de dirigir la opinion pública por medio de un periódico.-11. Se concederá un escudo de honor á todas las tropas que concurran para tan gloriosa empresa con el premio correspondiente, y se ofrecerá además licenciarlas para el tiempo que parezca conveniente. -12.a Se mandará que los estudiantes gocen de los fueros que han gozado antes de ahora, y se les habian quitado por la faccion democrática.-13." Convendrá mandar que todos los que estén empleados en la corte salgan de ella, y se vele mu cho su conducta donde quiera que fijen su residencia.14. Siendo muy interesante que en Mallorca haya un obispo de toda confianza, será menester ver si convendrá que vuelva allí el actual.-15. Tambien se deberá disponer, por los medios que parezcan convenientes, que el señor arzobispo de Toledo nombre otro auxiliar en lugar del actual, y lo mismo deberá hacerse con el vicario eclesiástico y demás de su dependencia.-16. Los canónigos actuales de San Isidro deberán quedar despojados, como se supone.-17. Todos los que han dado pruebas de su exaltacion de ideas deberán quedar sin empleos.-18. Debe aconsejarse á S. M. que en órden á los criados de su servicio se renueve la mayor parte, y lo mismo puede aconsejarse á los señores infantes.-19. Todos los que se hayan alistado en concepto de cívicos continuarán sirviendo por ocho años en la milicia, y el que quiera libertarse de este servicio satisfará veinte mil reales.—20. Para evitar gastos se procurará que las fiestas é iluminaciones que se hagan por este suceso, tanto en las provincias como en la corte, sean muy moderadas, pues ni la nacion ni los particulares están para gastos.-21." Se tomarán todas las medidas convenientes para que no salgan de la nacion los liberales, de los cuales se harán tres clases: los de la primera deberán sufrir la pena capital como reos de lesa Majestad; los de la segunda serán desterrados ó condenados á castillos y conventos; y los de la tercera serán indultados, para mezclar la justicia con la indulgencia y clemencia.-22. Será muy conveniente que el obispo de Ceuta forme una memoria que sirva de apéndice á la Apología del Altar y del Trono; y es del todo necesario que se ponga en las universidades un estudio de derecho natural y político, para lo que podria bastar por ahora la obra intitulada: Voz de la Naturaleza. Con esto se podrian fijar las ideas equivocadas del dia en esta materia, y se evitaria que este estudio se hiciese por libros extranjeros que abundan de falsas máximas. Convendria tambien que por cuenta de la nacion se impriman á la mayor brevedad las obras siguientes: Voz de la Naturaleza, Apología del Altar y del Trono, las Cartas del P. Rancio y la Pastoral de Mallorca. Que se nombre en esta corte una persona que tenga el cargo de reveer los informes que vengan de las respectivas provincias, y ninguna pretension podrá ser despachada sin que el memorial pase á esta persona, y ponga un signo que esté ya convenido para graduar el mérito de los preten

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dientes.

Son incalculables las ventajas de este plan: S. M. asegura por este medio su conciencia, y los nombramientos no pueden recaer sino en personas fieles. Los políticos atribuyen al acierto que tuvo Felipe II en escoger buenos ministros y empleados la prosperidad de su reinado.

Puesto que el ilustrísimo señor obispo auxiliar, acompañado del ayuntamiento de esta corte, condujo la Constitucion como en triunfo público, deberá él mismo, con los mismos que componian el ayuntamiento, sacar la Constitucion de la casa consistorial y conducirla á la plaza pública para que sea quemada por mano del verdugo, y la lápida será hecha pedazos por el mismo.

Puesto que los comerciantes han sido los principales en promover las ideas de la faccion democrática, se los podrá obligar á que entreguen algunos millones por vía de impuesto forzoso, para emplearlos en el socorro de los pobres y otros objetos de beneficencia. Lo mismo deberá hacerse con los impresores y libreros por las ganancias extraordinarias que han tenido en este tiempo.

Igual medida se tomará con los Grandes que han mostrado su adhesion al sistema constitucional.

Con esto, y con los demás trabajos de los realistas, y con la idea en que el vulgo se habia afirmado por las predicaciones y las revelaciones de los clubs, de que el rey era el primer enemigo del sistema constitucional, habian vuelto los insultos á Fernando, de los cuales el mas disfrazado era el estudio de saludarle con el grito de: «; Viva el rey constitucional»> De habérsele dirigido otras expresiones nada decorosas se quejó el rey al ayuntamiento (8 de febrero, 1821), diciendo con amargura que la dignidad real habia sido ultrajada. ¡El rey de Esрaña acudiendo en son de queja y en demanda de proteccion á una corporacion municipal! El ayuntamiento envió nueve de sus individuos para impedir ó contener cualquier atentado ó desacato contra la real persona.

No obstante estas precauciones, al dia siguiente (6 de febre ro, 1821) al salir el rey de palacio varios paisanos y naciona les le saludaron con el consabido pero al parecer intencionadamente descompasado grito de: «<; Viva el rey constitucional Unos guardias de Corps, que embozados en sus capas, y acaso ya prevenidos, lo presenciaban, tiraron de las espadas y persiguieron á los gritadores, hiriendo, entre otros, á un miliciano nacional y á un regidor de los enviados por el ayuntamiento. La agresion de los guardias, mirada por muchos como un acto premeditado, por algunos como un deber de lealtad de parte del cuerpo encargado de la guardia del rey, por los mas como una ligereza lamentable y como una imprudencia insigne, alarmó la poblacion entera; las sociedades públicas y secretas se reunieron arrebatadamente, la milicia se puso sobre las armas, la guarnicion acudió á sus respectivos puntos, la corte tomó el aspecto de un campo de batalla, los guardias, en su mayor parte se retiraron á su cuartel, no faltando algunos que se presentaron á las autoridades diciendo que no querian pertenecer á un cuerpo que habia cometido una villanía.

Fuertes destacamentos de infantería, caballería y artillería rodearon el cuartel de guardias para evitar que fuese asaltado por la enfurecida muchedumbre. Y no fué por cierto la precaucion inútil. El ayuntamiento, y el gobierno mismo, y el ministro de la Guerra, Valdés, muy especialmente, represen taron al rey la conmocion como muy peligrosa. Fernando, á quien repugnaba cualquier medida que contra el cuerpo

estilo

de

(1) El escrito sigue proponiendo varias otras medidas por el mismo que las anteriores, y concluye haciendo algunas otras observaciones generales, y citando algunos ejemplos de la Sagrada Escritura, como el de Gedeon, Judit, David, etc.

su guardia se tomase, y que por lo menos hubiera querido que se limitase á solos los delincuentes, consultó al Consejo de Estado. Esta corporacion dió su parecer, igual al del gobierno, y en su virtud, y á las cuarenta y ocho horas de esta actitud imponente y hostil, se acordó que el cuerpo de Guardias de Corps fuese desarmado y disuelto (1). Disgustados con esta medida los realistas, dieron otro rumbo á sus planes, y apelaron al de introducir la discordia y la desconfianza entre la milicia nacional, la guardia real y las tropas de la guarnicion, esparciendo noticias que pudieran producir un conflicto, especialmente de riesgos personales para el rey y su familia. Pero apercibidos de tan siniestros designios unos y otros, uniéronse y estrecháronse mas y mas, á cuyo efecto se redactaron proclamas, y se hicieron representaciones al rey, firmadas por los jefes de todos los cuerpos, á las cuales contestó en nombre del monarca el ministro de la Gobernacion (10 y 11 de febrero, 1821). Documentos son estos importantes y curiosos, y por eso los trascribimos al pié (2).

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Permitid á la Milicia Nacional de Madrid que, con acuerdo de su Ayuntamiento, os dirija la sincera explicacion de sus sentimientos; el triunfo de nuestros enemigos seria seguro si lograsen desunirnos; ellos no lo ignoran, y no perdonan medio de lograrlo, y sin reparar que unidos y her

manados con la mas estrecha fraternidad acabamos de combatir sus dañados intentos, propagan especies tan falsas como injuriosas, suponiéndonos desconfiados de los cuerpos de infantería de la Guardia Real, de estos cuerpos tan beneméritos y respetables á quienes debe en gran parte España su regeneracion política, y de quienes desde el principio nos hemos gloriado de llamarnos compañeros. Miserables! No lograreis vuestros intentos; estos cuerpos bizarros os conocen y os desprecian, y saben que la Milicia Nacional local de Madrid está indisolublemente unida con ellos por los firmes lazos de la opinion, de la amistad y del juramento sagrado de guardar la Constitucion.

¡Vivan los cuerpos de infantería de la Guardia Real! ¡Viva la Constitucion! ¡Viva el rey constitucional! Viva la guarnicion de Madrid! Febrero 10 de 1821.

Exposicion hecha á S. M. por los cuerpos de la guarnicion y Milicia Nacional de Madrid

SEÑOR:

Los jefes y oficiales de la Guardia Real de infantería, los de la guarnicion y Milicia Nacional de infantería y caballería de Madrid, creyeron que no llegaria el caso de tener que hacer presentes sus sentimientos de adhesion y respeto hacia la augusta persona de V. M.; pero les precisa aun una vez el rigor de sus principios y la delicadeza de su honor. Habian cumplido con uno y otro en cuantas ocasiones fué preciso que cumpliesen con su deber, sosteniendo contra los enemigos de la patria la ley constitucional. Fué notable entre ellas acaso la del suceso por el que Vuestra Majestad tuvo á bien suspender de sus funciones al Cuerpo de Guardias de vuestra Real persona; pero desconcertados con esto los malvados, han esparcido varias voces para atribuir á la guarnicion intenciones perversas, contrarias á todo lo que esta ha acreditado hasta ahora, y aun para introducir en ella la desunion. Con este motivo, Señor, como no quieren los jefes y oficiales que suscriben que ni un momento pueda Vuestra Majestad dudar de la notoria impostura y criminal malicia de semejantes imputaciones ó extravíos, se atreven á manifestarle de nuevo, que jamás dejarán de cumplir el juramento que han hecho de respetar y defender la inviolable persona de V. M., tanto como los fueros y libertades que con ella asegura la Constitucion: que se estrellarán contra este propósito cuantas maquinaciones intenten para separarlos de él, y atraer males sin término á su patria.

SEÑOR: á L. R. P. de V. M.

-

Por la compañía de Alabarderos, el duque de Castro-Terreño. Por el primer regimiento de Reales Guardias de infantería, el príncipe de Anglona.-Por el segundo regimiento de Reales Guardias de infantería, el marqués de Castelldosrius. Por la artillería de la plaza, el brigadier comandante José Lopez.-Por el 4.o escuadron de artillería, el comandante Martin de Zarandia.-Por el regimiento de infantería Fernando VII, segundo de línea, José María Torrijos.-Por el regimiento de infantería Infante don Carlos, 5.o de línea, Juan José Olazabal.-Por el cuerpo Inválidos, el sargento mayor Cayetano Mena.-Por la Milicia Nacional

TOMO V

de

Creció con el último suceso la antipatía del rey hácia sus ministros, en términos de hacérsele intolerable su presencia, y de no poder sufrir la tiranía que decia estar ejerciendo sobre él, sin considerar que sus mismas imprudencias y debilidades le habian traido á tan triste situacion. Y queriendo sacudir aquel yugo, y no teniendo valor para desprenderse de sus ministros por el medio legítimo que la Constitucion ponia en manos del monarca, tomó el camino torcido y peligroso de presentarse en el Consejo de Estado, y quejarse allí y acusarlos de tolerantes ó consentidores de los insultos que recibia, y de la coaccion que estaban ejerciendo en su voluntad. Expúsose con este indiscreto paso á lo que le sucedió, á saber; que los ministros, y especialmente Argüelles y García Herreros, respondieran á la queja del rey diciendo, que si usaban de energía para sostener el Código que habian jurado, y no tenian la fortuna de complacer en esto al monarca, era porque así se lo prescribian sus obligaciones.

Salió Fernando del Consejo amostazado, y revelando en su mirada y en su rostro la cólera que le oprimia. Su primer impulso de venganza fué decretar la prision de los dos ministros que de aquella manera habian herido y rebajado su dignidad. La reflexion ó los consejos de familia le hicieron retroceder de aquel pensamiento, pero no abandonó el de vengarse de ellos en la primera ocasion y de un modo que fuese ruidoso. Aquella se presentó pronto, y de cualquier manera no podia ser duradera una situacion de recíproca antipatía y de agrio y constante desacuerdo entre el rey y sus consejeros responsables.

Acercábase el dia para el cual estaba señalada la segunda legislatura de las córtes. En la última semana de febrero (1821), comenzaron ya las juntas preparatorias, y el 25 se instalaron, nombrando presidente á don Antonio Cano Manuel, ministro que habia sido de Gracia y Justicia en la época de la Regencia, y cuya conducta en la cuestion de los canónigos de Cádiz sobre la lectura del decreto de Inquisicion en los templos podrán recordar nuestros lectores. Una comision presidida por el obispo de Mallorca pasó inmediatamente á palacio á poner en

de infantería, Juan Doz.--Por el regimiento de caballería del Príncipe, José María Cueto.-Por el regimiento de caballería de Almansa, Francisco Pablo de la Seña.-Por la Milicia Nacional de caballería, el comandante marqués de Casa Pontejos.

Madrid 10 de febrero de 1821.

Contestacion de S. M.

EXCMO. SEÑOR.-El señor Secretario del Despacho de la Guerra me dice con fecha de ayer lo que sigue:-A los jefes de la guarnicion de esta plaza digo con esta fecha lo que sigue:-El Rey (Q. D. G.) ha oido la exposicion que los cuerpos de la Guardia de infantería real de su casa, con los de artillería nacional, guarnicion á pié y á caballo, y Milicia Nacional de ambas armas de esta Muy heróica villa le han hecho, manifestando su sincera respetuosa oferta de sacrificarse por su Real Persona, identificada con la Constitucion de las Españas promulgada en Cádiz el año 1812. S. M., á quien estos sentimientos le son tan gratos como deseados, me manda decir á V. S. y á cada uno de los jefes, para que lo hagan notorio á sus respectivos cuerpos, que admite la oferta, que exige su cumplimiento, y que manda con toda la fuerza de su poder y facultades, que en ningun caso ni bajo ningun pretexto consientan que nadie atente lo mas mínimo contra una Constitucion que es su deseo ver seguir religiosa y escrupulosamente en fuerza del juramento recíproco que todos tienen hecho; previniéndole al mismo tiempo diga á todos los jefes y autoridades civiles y militares de esta Heróica villa, cuán satisfecho y gozoso se halla de ver su constante amor á su Real Persona y á la Constitucion de la Monarquía, recomendando la mas íntima y estrecha union, con la cual S. M. está bien seguro y tranquilo que ningun género de tentativa solapada ni descubierta podrá alterar la majestuosa marcha de una nacion que tiene por divisa la lealtad y amor á sus reyes, y la firmeza de sus resoluciones, con las que nadie ni nada podrá variar la Constitucion que tiene tan sinceramente adoptada. Todo lo que con el mayor placer mio digo á V. S. y demás jefes de la plaza de órden de S. M.-De la misma Real órden lo traslado á V. E. para que se sirva comunicarlo por su parte á las autoridades civiles.-Lo que comunico á V. E. de órden de Su Majestad para su inteligencia y demás efectos convenientes. Dios guarde á V. E. muchos años.

Señor jefe político de esta provincia. Madrid 11 de febrero de 1821.

AGUSTIN ARGUELLES.

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conocimiento del rey la instalacion. Fernando, impresionado | blos que la Divina Providencia puso á mi cuidado. -Me es por los sucesos de los dias anteriores, cometió la inconveniencia de manifestar á la comision la necesidad de que las córtes dictaran providencias para evitar en lo sucesivo los insultos y desacatos de que habia sido objeto, y para impedir nuevos ataques al órden público. El prelado presidente de la comision, al dar á su regreso cuenta á las córtes del desempeño de su cometido, enteróles tambien del encargo que el rey le habia hecho, á lo cual contestó el presidente de la asamblea, que la conservacion del órden público no era de la incumbencia y atribuciones del poder legislativo. La extemporánea y extraña advertencia del rey, y la seca contestacion del presidente del congreso, unido todo á los antecedentes de aquellos dias, eran indicios claros y anuncios de alguna tempestad, cuyo estallido no podia hacerse esperar mucho tiempo, y de un desconcierto en los altos poderes del Estado, cuya pugna era ya demasiado manifiesta.

CAPITULO VII
Córtes.-Segunda legislatura

(De marzo á julio.)

1821

y

Discurso de la Corona.- Parte añadida por el rey, sin conocimiento de los ministros. Asombro y despecho de estos.-Resuelven dimitir.Se anticipa el rey á exonerarlos.-Singular mensaje del rey á las córtes.--Les encarga que le indiquen y propongan los nuevos ministros. -Discusion importante sobre esta irregularidad constitucional y sobre las intenciones del rey.-Digna contestacion de las córtes.-Respuesta de las mismas al discurso del trono. -Llaman á su seno á los ministros caidos, y les piden explicaciones.- Decorosa negativa é inquebrantable reserva de estos.-Nuevo ministerio.-Situacion embarazosa en que se encuentra.-Tareas de las córtes. - Precauciones medidas de seguridad y órden público.-La célebre ley de 17 de abril. -Su espíritu y principales disposiciones.-Prohíbense las prestaciones en dinero á Roma.- Castigos á los eclesiásticos que conspiraban contra el sistema constitucional.-Extincion definitiva del cuerpo de Guardias de Corps.-Alteracion del tipo de la moneda. - Reglamento adicional para ia Milicia nacional. Horrible asesinato del canónigo Vinuesa, llamado el Cura de Tamajon.-Susto y temor del rey.-Vivos debates que provoca el suceso en las córtes.-Discursos de Toreno, Martinez de la Rosa y Garelly.-Aumento del ejército y de la armada.- Proróganse por un mes las sesiones.-Ley constitutiva del ejército.-Gravísimos inconvenientes de algunas de sus prescripciones.-Pingiies rentas anuales que se señalan á los jefes del ejército revolucionario.-Reduccion del diezmo á la mitad.-Aplica cion del diezmo.-Juntas diocesanas.-Indemnizacion á los partícipes legos. La ley de señoríos.- Las clases beneficiadas con las reformas no las agradecen. Medidas económico-administrativas.-Empréstito. -Sistema de contribuciones.-Presupuesto general de gastos.- Plan general de instruccion pública. -Division de la enseñanza.- Escuelas especiales. - Nombramiento de una direccion general.-Garantías de los profesores.-Creacion de una Academia nacional.-Reglamento interior de las córtes.-Ciérrase la segunda legislatura.

Aunque era cosa de todos esperada, y por los hombres de buena fe temida, una ruptura entre el monarca y sus ministros, como consecuencia indeclinable de sus antipatías, puestas de relieve con las últimas declaraciones, nadie pudo calcular que la ruptura estallase en la ocasion y la forma en que

se verificó.

preciso, sin embargo, hacer presente á este sabio congreso, que no se me ocultan las ideas de algunos mal intencionados que procuran seducir á los incautos, persuadiéndoles que mi corazon abriga miras opuestas al sistema que nos rige, y su fin no es otro que el de inspirar una desconfianza de mis puras intenciones y recto proceder. He jurado la Constitucion, y he procurado siempre observarla en cuanto ha estado de mi parte, y ¡ojalá que todos hicieran lo mismo! Han sido públicos los ultrajes y desacatos de todas las clases cometidos á mi dignidad y decoro, contra lo que exigen el órden y el respeto que se me debe tener como rey constitucional. No temo por mi existencia y seguridad; Dios, que ve mi corazon, velará y cuidará de una y otra, y lo mismo la mayor y la mas sana parte de la nacion: pero no debo callar hoy al congreso, como principal encargado por la misma en la conservacion de la inviolabilidad que quiere se guarde á un rey constitucional, que aquellos insultos no se hubieran repetido segunda vez, si el poder ejecutivo tuviese toda la energía y vigor que la Constitucion previene y las córtes desean. La poca entereza y ac tividad de muchas de las autoridades ha dado lugar á que se renueven tamaños excesos; y si siguen, no será extraño que la nacion española se vea envuelta en un sinnúmero de males y desgracias. Confío que no será así, si las córtes, como debo prometérmelo, unidas íntimamente á su rey constitucional, se ocupan incesantemente en remediar los abusos, reunir la opinion y contener las maquinaciones de los malévolos, que no pretenden sino la desunion y la anarquía. Cooperemos, pues, unidos el poder legislativo y yo, como á la faz de la nacion lo protesto, en consolidar el sistema que se ha propuesto y adquirido para su bien y completa felicidad.-FERNANDO,»>

Por mucho que al rey y á los suyos se quisiera disculpar con la novedad y la ignorancia de las prácticas constitucionales, el solo buen sentido debió haberles bastado para comprender lo grave y lo irregular de un paso tan monstruoso y tan inaudito como el de acusar tan rudamente en pleno parlamento á los ministros de la corona. Solo un deseo ciego de venganza pudo inspirar á Fernando idea tan anómala y peregrina. Grande fué el escándalo. La contestacion del presidente se concretó al cuerpo del discurso del monarca, tal como constaba de la minuta que habia tenido á la vista, y en nada, por lo mismo, se refirió á la adicion hecha de su cuenta, á la cual se dió en llamar la coletilla del rey. Los ministros, que lo habian escuchado con tanto asombro como indignacion y despecho, salieron, no obstante, acompañándole, resueltos á hacer dimision de sus cargos sin pérdida de tiempo; pero el rey se les anticipó decretando la exoneracion de todos tan pronto como regresó á palacio.

No menos sorpresa que con el original apéndice del discur so recibieron las córtes con otra comunicacion del rey, leida en la sesion del 3. Cuando se esperaba saber el nombramiento de los ministros que habian de reemplazar á los exonerados, encontráronse las córtes con el siguiente extraño mensaje de Su Majestad :--«Queriendo dar á la nacion un testimonio irrefragable de la sinceridad y rectitud de mis intenciones, y ansioso de que cooperen conmigo á guardar la Constitucion en toda la monarquía las personas de ilustracion, experiencia y probidad, que con diestra y atinada mano quiten los estorbos, y eviten en cuanto sea posible todo motivo de disturbios y descontento, he resuelto dirigirme á las córtes en esta ocasion, y valerme de sus luces y de su celo para acertar en la eleccion de nuevos secretarios del Despacho. Bien sé que esta es prerogativa mia; pero tambien conozco que el ejercicio de ella no se opone á que las córtes me indiquen, y aun me propongan las personas que merezcan mas la confianza pública, y que su juicio sean mas á propósito para desempeñar con aceptacion general tan importantes destinos. Compuestas de representantes de todas las provincias, nadie puede iluminarme en este delicado asunto con mas conocimiento que ellas, ni con menos riesgo de que el acierto sea cual yo deseo. El esclarecimiento que cada diputado en particular, si lo pidiese, no me rehusaria, no me le negarán tampoco todos ellos reunidos, pues <«<De intento he omitido hablar hasta lo último de mi perso- cuento con que antepondrán la consideracion del bien público na, porque no se crea que la prefiero al bienestar de los pue-á otras de pura delicadeza y miramiento.>>

El rey asistió á la solemne apertura de las córtes (1.° de marzo, 1821), acompañado de la real familia y con el mismo aparato, cortejo y ceremonia que en la anterior legislatura. Leyó con voz firme el discurso, que, como redactado por los secretarios del Despacho, segun costumbre, estaba lleno de ideas y de frases que respiraban adhesion y amor al sistema constitucional. Mas cuál seria la sorpresa y el asombro de los ministros, al ver que despues de las palabras con que ellos habian terminado la minuta del discurso, el rey continuaba leyendo párrafos enteros que ellos no conocian, como que habian sido añadidos por el monarca mismo, y párrafos en que se arrojaba á la faz del congreso una censura ministerial! Lo añadido por el rey decia:

testar; como ministro, nada puedo decir, pues no lo soy: los actos del ministerio constan en los expedientes de las secretarías, y en todo tiempo está pronto á responder de los cargos que puedan hacerle.»-«Ni mis compañeros, ni yo, contestaba Argüelles, podemos suministrar las luces que las córtes desean: exonerados del ministerio por una órden que veneramos, y convertidos en ciudadanos particulares, solo en el caso de hacérsenos algun cargo podremos contestar segun las leyes previenen.»-«No nos resta, decia García Herreros, mas que el honor; todo estamos dispuestos á sacrificarlo por la patria; pero en cuanto á lo que se nos pregunta, existen en la secretaría todos los documentos justificativos que pueden necesitarse, y las contestaciones que ahora de memoria se nos exigieren, podrian adolecer de cualquier inexactitud.»

Esta nueva irregularidad de pedir á las córtes la designa- | «Como individuo particular, decia Valdés, nada puedo concion de los ministros no podia ya atribuirse á ignorancia de las prescripciones constitucionales. ¿Movíale á desprenderse de ella un deseo sincero del acierto, y una respetuosa deferencia á la representacion nacional? No lo interpretaron así las córtes: discretas y previsoras en este punto, comprendieron al instante la red en que los consejeros de Fernando, con mas malicia que talento y habilidad, intentaban envolverlas. Unánimes estuvieron los diputados en el modo de ver este negocio, aun los de mas encontradas opiniones, como Toreno y Romero Alpuente, Martinez de la Rosa y Moreno Guerra. «Los que han aconsejado al rey, decia Toreno, ¿á qué le han expuesto? A que digamos nosotros que las personas que merecen la confianza de la nacion, sean las mismas que S. M. ha separado de su lado: y en este caso se veria, ó expuesto á recibir un desaire, ó precisado á separarse de la propuesta de las córtes. ¿Y no han podido prever que las córtes, en caso de tomar una resolucion, podrian tomar mas bien esta que otra? Parece, pues, que le han puesto en esta alternativa para causar una desunion, que debemos absolutamente evitar como el mas funesto de los males. Yo veo que los mismos que de doce años á esta parte han conducido tantas veces el trono al precipicio, siguen guiándole hácia él. Quisiera que los que aconsejan á S. M. tuviesen el mismo espíritu y deseo de su conservacion que los ministros que acaban de ser separados. Y pues que ahora se puede hacer el elogio de las personas que han caido, séame lícito tributarles esta especie de homenaje, y valiéndome de las expresiones de una boca sagrada para nosotros, exclamar: ¡Ojalá que todos esos individuos venerasen tanto la Constitucion, y fuesen tan adictos á ella, y tan dignos como los que acaban de ser separados! Porque á lo menos nunca han vendido á su patria ni á su rey.>>

Muchos hablaron en el propio sentido de oponerse á la propuesta de candidatos, como no correspondiente al Congreso, aunque cada cual en el espíritu de su matiz político. Dijéronse cosas, y este era uno de los peligros de aquel inconveniente paso, que no favorecian al rey ni al prestigio de su autoridad, y por último, á propuesta del señor Calatrava, se acordó contestar al régio mensaje, que el Congreso no podia mezclarse en el nombramiento de ministros, para cuyo acierto podria consultar S. M. al Consejo de Estado; y que lo único que las córtes podian aconsejarle era que las personas que ocuparan tan altos destinos hubiesen dado pruebas de adhesion al sistema constitucional, por estar así mandado con respecto á otros menos importantes.

La comision nombrada para contestar al discurso de la corona rehusaba responder al párrafo final, por no ser obra de los ministros. Pareció, sin embargo, á las córtes que tal omision se tomaria por desaire, ó al menos por descortesía, y despues de varios debates acordaron contestar con otro párrafo, que comenzaba: «Han escuchado las córtes con dolor y sorpresa la indicacion que V. M. se ha servido hacer por sí al dar fin á su discurso.» Mostrábanle el sentimiento que les causaba todo acto de desacato á su sagrada é inviolable persona, de lo cual solo podia ser capaz algun español indigno de este nombre: pero que ceñidas ellas por la Constitucion á las funciones legislativas, descansaban en el celo y sabiduría del rey, cuya autoridad se extendia á todo cuanto conduce á la conservacion del órden público. Que era como atribuir indirectamente á su falta de energía los desmanes de que se quejaba.

Sin embargo, lo mas grave de este triste episodio estuvo en haber llamado las córtes á su seno á los ministros caidos, no siendo diputados, ni siendo ministros, para que informasen de las causas que habian motivado su exoneracion, y como si se propusiesen investigar hasta dónde podia ó no resultar Fernando cómplice en las conspiraciones de sus parciales, con achaque de enterarse del estado en que se hallaba la nacion, pero en realidad convirtiéndose de este modo el Congreso en una especie de tribunal de justicia. Presentáronse los ex-ministros, é interrogados por varios diputados, contestaron sucesivamente Valdés, Argüelles y García Herreros, encerrándose todos en una digna y prudente reserva, sin que nadie pudiera arrancarles ni una queja ni una palabra que ofendiese al rey.

Y como alguno, viendo su inquebrantable reserva, propusiese que se pasara á sesion secreta, esperando obtener así mas revelaciones, respondió Argüelles que precisamente la publicidad era su salvaguardia, y que á no haber sido llamados á sesion pública, tal vez hubieran arrostrado los resultados de una desobediencia: y por último, rogaba á los diputados los sacasen del amargo conflicto en que los ponian. Reconociéndolo así Martinez de la Rosa, los ayudó con su elocuente voz apoyando y esforzando su ruego; accedió á él la Asamblea, y poniéndose término al asunto se levantó una sesion que habia atraido gran afluencia de espectadores, en la cual los ex-ministros se enaltecieron por su conducta como caballeros y como hombres de Estado, las córtes no acreditaron la mayor prudencia en este determinado caso, y el decoro y la dignidad del trono recibieron lastimosas heridas, porque los elogios que se prodigaban á los ministros depuestos eran otros tantos votos de censura al poder real, y se dió además ocasion á que se hicieran multitud de insinuaciones sobre el espíritu anticonstitucional que dominaba en el régio alcázar, suponién· dole centro de maquinaciones absolutistas, y ahondando así la sima de la desconfianza y de las prevenciones entre el rey y los liberales.

El nuevo ministerio que, conformándose con la propuesta del Consejo de Estado, nombró el monarca, se componia de las personas siguientes: para Estado, don Eusebio Bardají y Azara, que ya lo habia sido en tiempo de la Regencia; para la Gobernacion de la Península, don Mateo Valdemoro, que habia sido de la Junta provisional consultiva; para Ultramar, don Ramon Feliu, ex-diputado de las constituyentes y uno de sus notables miembros; para Gracia y Justicia, don Vicente Cano Manuel; para Hacienda, don Antonio Barata; para Guerra el teniente general don Tomás Moreno, y para Marina don Francisco de Paula Escudero: sujetos todos recomendables, de opinion muy liberal, y ventajosamente conocidos por sus antecedentes. A pesar de eso, su nombramiento fué recibido por las córtes, si no con visibles muestras de desagrado, tampoco con señales de satisfaccion. Encariñada la mayoría con los anteriores ministros, parecíanle pequeños cualesquiera que les sucediesen. Además de lo difícil que esta circunstancia hacia la situacion del nuevo gobierno, hacíala doblemente embarazosa el estado de la opinion y de los partidos, porque toda consideracion con el rey se traducia á tibieza por la Constitucion, y toda tolerancia con los exaltados constitucionales era un delito imperdonable para los palaciegos.

Agréguese á esto, y no era lo menos grave, el estado, no ya de pugna moral, sino de lucha material de los partidos fuera y dentro de España. En lo exterior, la actitud de las potencias con motivo de haberse proclamado, como en España, la Constitucion en Nápoles y en Portugal: la alarma y las resoluciones de la Santa Alianza; las declaraciones de los Congresos de Troppau y de Leybach; la entrada de los austriacos en Nápoles, y la destruccion del régimen constitucional en aquel reino. En el interior, la formacion de partidos ó facciones realistas en las provincias de Valencia, de Cataluña, de Alava, de Burgos, de Galicia y de Toledo. Sucesos que merecen ser contados separadamente, y que ahora no hacemos sino apuntar, como uno de tantos embarazos y compromisos para un gobierno que ya no contaba con una asamblea propicia, y que tenia que marchar por entre las opuestas oleadas de los par

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