Instituciones de derecho mercantil: Parte legislativa. 1890-1892la Revista de Legislación, 1890 |
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Términos y frases comunes
10 de Septiembre 30 de Noviembre acreedor actos Agentes de Bolsa Agentes de cambio Agentes mediadores antiguo Código arreglo artículos autorización blicos Bolsa de Madrid Bolsas de comercio cambio y Bolsa cantidad ción clase Código civil Código de Comercio Colegio de Agentes comerciales comerciantes comprador compraventa consignación constar contratantes contratos Corredores de comercio cuenta corriente cumplimiento cuya debe declarado decreto de 10 depósito derecho mercantil deuda deudor disposiciones Durán y Bas efectos al portador efectos públicos Eixalá y Durán emitidos entrega establecimientos exigir expresa fianza Gaceta de Madrid garantía hubiere hubiese inscripción interesados intervenir Junta sindical legal legislación libros liquidación Martí de Eixalá mercio negociaciones objeto obligaciones oficio operaciones á plazo operaciones de Bolsa pago persona pólizas precio Real decreto Real orden Registro mercantil Reglamento citado Reglamento de Bolsas reglas requisitos respecto responsabilidad saldo sindical del Colegio socio tículo títulos Tribunal Supremo valores vendedor venta vigente Código
Pasajes populares
Página 227 - La facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe.
Página 283 - También podrán incluirse en las cotizaciones oficiales, como materia de contrato en Bolsa, los documentos de crédito al portador emitidos por establecimientos, compañías ó empresas nacionales , con arreglo á las Leyes y á sus estatutos, siempre que el acuerdo de su emisión, con todos los demás requisitos enumerados en el art.
Página 217 - El consentimiento se manifiesta por el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato.
Página 145 - Código, los asientos de los libros en regla har'án fe contra los de los defectuosos, á no demostrarse lo contrario por medio de otras pruebas admisibles en derecho. 3a. Si uno de los comerciantes no presentare sus libros, ó manifestare no tenerlos, harán fe contra él los de su adversario, llevados con todas las formalidades legales...
Página 156 - Si uno de los comerciantes no presentare sus libros, ó manifestare no tenerlos, harán fe contra él los de su adversario, llevados con todas las formalidades legales, á no demostrar que la carencia de dichos libros procede de fuerza mayor, y salvo siempre la prueba contra los asientos exhibidos por otros medios admisibles en juicio.
Página 212 - En los que no lo tengan, desde el día en que el acreedor interpelare judicialmente al deudor ó le intimare la protesta de daños y perjuicios, hecha contra él ante un Juez, Notario ú otro Ohcial público autorizado para admitirla.
Página 263 - Si se trata de un documento privado, desde el día en que se incorpore o inscriba en un Registro Público; desde la muerte de cualquiera de los que lo firmaron, o desde la fecha en que se entregue a un funcionario público por razón de su oficio.
Página 211 - En todos los cómputos de días, meses y años, se entenderán: el día de veinticuatro horas, los meses según están designados en el Calendario Gregoriano, y el año de trescientos sesenta y cinco días.
Página 256 - ... no podrán ser ejercitadas si al tiempo de la entrega de las respectivas expediciones, ó dentro de las veinticuatro horas siguientes, cuando se trate de daños que no apareciesen al exterior de los bultos recibidos, no se hubiesen formalizado las correspondientes protestas ó reservas. 3.° Las acciones por gastos de la venta judicial de los buques, cargamentos ó efectos transportados por mar ó tierra, así como las de su custodia, depósito y conservación, y los derechos de navegación y...
Página 26 - Los sentenciados á pena de interdicción civil, mientras no hayan cumplido sus condenas ó sido amnistiados ó indultados. 2.°...