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en el siglo XIII, y de los cuales más de uno vino á consolar y cuidar de sus cautivas ovejas. Tales fueron: el ya nombrado San Pedro Pascual, que desempeñó esle cargo desde 1263 á 1286, y D. Gonzalo, que vivía por los años de 1450, y dicen vino á esta ciudad y reedificó á su costa la iglesia de San Cecilio, siendo sepultado en ella 1.

Tan obscuras y escasas son las últimas noticias de los cristianos españoles sometidos al yugo musulmán, los cuales, arrostrando cerca de ocho siglos de cauliverio y opresión, no se extinguen ni desaparecen del todo hasta el momento mismo en que la España cristiana, restaurada y libre, arrojando de su suelo á los últimos musulmanes, se levanta más fuerte, magnifica y gloriosa que antes de la invasión sarracena. Tolerados á veces, oprimidos y vejados casi de continuo y siempre infelices, contribuyendo con su número, su fe y su caudal literario á los progresos de la España cristiana libre y conservando bajo las tinieblas del islamismo la luz de nuestra santa religión, los mozárabes se mostraron siempre dignos de la raza á que pertene

cían.

Los varios é interesantes sucesos de su larga historia forman una parte principal de nuestros ricos anales y revelan las miras de la Providencia sobre la nación española, llamada á tan altos destinos políticos y religiosos que no hubiese podido realizar sin la cautividad y lucha de ocho siglos.

4 Además de éstos, tenemos noticia de otros dos Obispos titulares de Granada: D. Gregorio II, que en 1439 asistió al Concilio general de Florencia, donde suscribe: Gregorius, Episcopus Granatensis me suscripsi; y D. Fr. Diego, religioso del Orden de Predicadores, que lo era por los años de 4469; ignorase si vinicron ó no á Granada. Sobre estos últimos tiempos de la cristiandad granadina bajo la dominacion de los Nazaritas, véase al diligente Pedraza, en su Historia eclesiástica de Granada, parte III, caps. VII, XV, XIX y XXIX.

APENDICES

Número I.

FRAGMENTO DEL DICCIONARIO BIOGRÁFICO DEL DABBÍ

que contiene el PACTO CONCLUÍDO ENTRE ABDELAZIZ, HIJO DE MUZA, Y EL PRÍNCIPE GODO THEODOMIRO, AÑO 94 DE LA HEGIRA, 718 DE J. C.

(Cód. Arab. Escur., núm. 1676 actual y 1671 de la Bibl. Arab. Escur. de D. Miguel Casiri 1. Coders, Bibl. Arab. hisp., t. III, pág. 259.)

2 *

بسم

نصير لتدمير بن الله الرحمن الرحيم * كتاب من عبد العزيز بن موسى بن عبدوش انه نزل على الصلح وان له عهد الله وذقته وذمة نبيه صلهم الا يقدم له ولا ملكه ، وانهم لا يقتلون ولا يسبون ولا اصحابه ولا يؤخذ 3 ولا ينزع عن

لاحد

من

4

يفرق بينهم وبين اولادهم ولا نسائهم ولا يكرهوا على دينهم ولا تحرق كنايسهم ملكه ما تعبد ونصح وادى الذي اشترطنا عليه وانه صالح على سبيع ولا ينزع عن مداین اوريوالة وبلنتلة ولقنت ومولة و بقسرة وايه والورقية و انه لا يووى لنا ابقا ولا يووى لنا عدوا ولا يُخيف لنا آمنا ولا يكتم خبر عدو علمه وان عليه وعلى اصحابه دينارًا كُلّ سنة واربعة امداد قمع واربعة امداد شعير واربعة اقساط طلاء

4 Casiri publicó el texto de este tratado en el tomo II, pág. 106 de su Bibl. Ar. Hisp. Esc., pero con una diferencia del original que trae Addabbi, y que hemos copiado nosotros. Es de advertir que el original tiene algunas lagunas que hemos suplido por otros pasajes del propio Casiri en que se habla de los personajes que firmaron este documento.

2 Al margen se llama la atención sobre este documento con las siguientes palabras:

تامل نسخة كتاب الصلح للنصارى فى أول الفتح من عبد العزيز

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يوخر Edic. Codera 3

En lugar de estas palabras pone Casiri:

واربعة اقساط خل وقسائ عسل وقسطى زيت وعلى العبد نصف ذلك * شهد

1

الله بن على ذلك عشين بن ابى عبدة القرشى وحبيب بن أبي عبيدة وعبد ميسرة الفهيى وابو القاسم : الهذلى وكتب في اربع من 3 رجب سنة اربع وتسعين

المجرة *

2

TRADUCCIÓN

«En el nombre de Dios clemente y misericordioso.—Escritura (otorgada) por Abdelaziz ben Musa ben Nossair á Theodomiro ben Gobdux.-Que éste se aviene ó se somete á capitular, aceptando el patronato y clientela de Dios y la clientela de su Profeia (con quien Allah sea fausto y propicio) con la condición de que no se impondrá dominio sobre él ni sobre ninguno de los suyos; que no podrá ser cogido ni despojado de su señorío; que ellos no podrán ser muertos, ni cautivados, ni apartados unos de otros, ni de sus hijos, ni de sus mujeres, ni violentados en su religión, ni quemadas sus iglesias; que no será despojado de su señorío mientras sea fiel y sincero, y cumpla lo que hemos estipulado con él; que su capitulación se extiende á siete ciudades, que son: Orihuela, Valentila, Alicante, Mula, Bigastro, Eyyo y Lorca; que no dará asilo á desertores ni á enemigos; que no intimidará á los que vivan bajo la protección nuestra, ni ocul tará noticia de enemigos que sepa. Que él y los suyos pagarán cada año un dinar, y cuatro modios de trigo, y cuatro de cebada, y cuatro cantaros de arrope, y cuatro de vinagre, y dos de miel, y dos de aceite; pero el siervo sólo pagará la mitad.»-Lo cual firmaron como testigos Otzman ben abi Abda el Coraixita y Habib ben abi Obaida (el Fihrita) y Abdala ben Maisara el Fahmita y Abul Casim el Odzailita. Escribióse á cuatro de Recheb del año 94 de la Hégira (5 de Abril del 713 de J. C.) 5.

Suplido de la biografia de Abdallah ben Maisara.-Edic. Codera: hay un blanco en

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. اربع من Edit. Codera falta

4 ♫ Casiri (II, 106) lee Ota ú Opta; acaso se trata aqui de Elotana, hoy Totana, y en Rasis se menciona á Orta.

5 También en las biografias de (Abdallah ben Maisara y Otzman ben abi Abda se cita este importante documento.

PASAJE DE LA CRÓNICA DEL MORO RASIS

EN QUE SE HACE MEMORIA DE LA MENCIONADA CAPITULACIÓN

(Crónica del Moro Rasis, edición del Sr. Gayangos, en el tomo VIII, pá. gina 79 de las MEMORIAS DE LA REAL ACADEMIA DE LA HISTORIA)

Et Abelaçin (1. Abdelaziz) tomó de aquella gente que su padre le mandaua et fuese lo más ayna que pudo, et lidió con gente de Origüela, et de Orta, et de Valencia, et de Alicante et de Denia; et quiso Dios assí que los venció, et diéronse las villas por pleitesía, et ficiéronle la carta de seruidumbre en esta manera: que los defendiesse, et los amparasse, et los non partiesse los fijos de los padres, nin los padres de los fijos, sinon por su plazer de ellos, et que obiesen sus heredamientos como los abían, et cada home que en las villas morasse diesse un..... 2 et quatro almudes de trigo, et quatro de ordio, et quatro de vinagre, et un almud de miel, et otro de aceite. Et juráronle 3 á Abelaçin que non denostasse á ellos, nin á su fee, nin les quemasse las iglesias, et que les dejasse guardar su ley. Et quando esta carta fué fecha, andaua la era de los Moros en noventa et quatro años.

PASAJE DE ABEL MADI, HIJO DE ABIBE

EN LA HISTORIA DE MIRAMAMOLÍN 4

Dize más este autor, q Muza tenía un hijo gran soldado, y amigo de honra y q él fué el q conquistó á Seuilla, éste se llamaba Abelazin, y que tomada Mérida..... Muza descansó en ella, y el hijo, desseoso de honra, le pidió licencia y gente para yr sobre otras ciudades, y el padre se la dió con lo escogido de su exército, y fué sobre Oliuera, Laca, y Valencia, y Alicante, y como España yua en tanta declinacion los venció, y rindió, entregando los pueblos con las mejores condiciones a los Christianos pudieron. Y fueron, segun dize esle autor, que Abelazin los recibiesse por suyos, y los amparasse y defendiesse

Debe ser Lorca.

2 Está en blanco, pero deberá decir dinero «ó sueldo de oro, » como consta por el citado Casiri (II, 106).--Nota del Sr. Gayangos.

3

«Es decir, juramentáronle ó hicieronle jurar.» --Nota del mismo señor.

4 Sandoval, Cinco obispos, pág. 83.

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