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Número IX.

VERSOS DE AUTORES ARÁBIGOS SOBRE LAS fiestas de LoS CRISTIANOS

Sobre la fiesta y velada de San Juan.

(Almaccari, II, 368 á 369.)

«Veo al Mahrachan (la fiesta de San Juan) alegrar la mañana mientras que las nubecillas lloran y vierten lágrimas.

Vístese la tierra con olorosas flores y se cubre con un tapiz de verde seda.

Agitan los vientos los caños de las fuentes y derraman almizcle y ámbar.

Regálanse y obséquianse mutuamente los hombres en este día, y el pobre contempla sin envidia al rico.>

Sobre el día de Año Nuevo.

(Almaccari, II, 463.)

«Y dijo Abu Amran Musa el Triani con motivo de haber entrado un día de Nairm en casa de uno de los magnates, los cuales tenían por costumbre el hacer en tal día ciudades de pasta con preciosas figuras; y como mirando á la ciudad, le hubiese agradado, le dijo el dueño de la casa: «Descríbela y tómala;» y él dijo:

Una ciudad amurallada: asómbranse de ella los mágicos.
No la construyeron sino las manos de una virgen casta.
Parece una esposa que sale á vistas hecha de pan de flor y dulces 2.
Y no tiene más llaves que los diez dedos.>>

Memoria poética de una fiesta nocturna celebrada por los mozárabes

de Córdoba.

(Ibn Jacan, en su Almathmah, Apud Almaccari, I, 845 5.) Cuéntase en el Mathma que Abu Amir ben Xohaid estuvo cierta noche en una de las iglesias de Córdoba, la cual estaba alfombrada

4 Es decir, natural de Triana, arrabal de Sevilla.

2 Propiamente cierto manjar dulce hecho de almidón, agua y miel.

3 Este relato, escrito en prosa rimada y verso, está por extremo obscuro.

con manojos de mirto y aderezada con atavío de regocijo y de sociedad . El toque de las campanas alegraba sus oídos 2, y el fuego del fervor le iluminaba con su brillo. En esto salió el sacerdote con los adoradores de Jesucristo 3, ceñido con admirables ornamentos, cesando entonces los regocijos y el júbilo .

No tomaban el agua con vasos, sino que la cogían de las pilas en las palmas de las manos.

Detúvose en medio de ellos (el sacerdote) inspirándoles fervor y libando sus copas, que le regalaban con aroma muy fragante siempre que las llegaba á sus labios con la más dulce libación 5. Concluída la ceremonia se retiró con sus nocturnos compañeros 6.

¡Y cuántas veces aspiré en aquel templo el aroma del vino de la juventud mezclado con el añejo del sacerdote! 7.

En unos mancebos que se miraban vestidos de alegría 8, modestos y humillados á su magnate.

El sacerdote, queriendo prolongar mi permanencia, entonaba repetidas veces sus psalmos en derredor de mí.

Brindábanme con vino unos niños enrojecidos de pudor, semejantes á la tierna gacela á quien avergonzó la mirada de su dueño. Comulgaban con él aquellos niños delicados, y les ministraba vino y por comida carne de puerco 10.>

4 Este lugar presenta variantes tan diversas que es dificil conocer lo que quiso decir el autor.

2 O «excitaba (de indignación) sus oídos,» según la variante.

3 Es decir, que salió el sacerdote con los ministros.

4 Es decir, que cesó entonces el canto y música sagrada.

5 Aquí se alude al vino que ponía el ministro en el cáliz del sacerdote.

6 Traducimos libremente este obscuro pasaje.

7 Aquí se alude al color rojo de las mejillas de los mancebos que asistian á la fiesta y que los poetas árabes suelen comparar al vino.

8 O acaso: «coronados de yerbas olorosas. >>

9 Es decir, con el carmín de sus mejillas.»>

10 Esta es una preocupación de los musulmanes con respecto á los cristianos, creyendo inherente à su religión el comer carne de puerco.

Número X.

EL OBISPADO DE DENIA

Para mayor ilustración de lo dicho en la pág. 651, acerca de la anexión de los Obispados de Denia y Mallorca á la Diócesis de Barcelona, creemos útil copiar aquí lo que sobre este punto ha publicado el docto sacerdote D. Roque Chabás en el tomo VII, pág. 140, del Archivo (Valencia, 1893):

<Debemos á la amabilidad de D. Francisco Javier Simonet la siguiente noticia en carta del 2 de Abril, que nos la comunica en los siguientes términos: Ordenando los apuntes que tengo recogidos para mi Historia de los Mozárabes, encuentro noticia de un Obispo de Denia hacia la mitad del siglo XII. Hállase esta noticia, aunque harto compendiosa, en el códice Becerro 1.° de la Santa Iglesia de Toledo, al folio 63 vuelto y en una Carta Pelagii Calui in qua tradidit Imperatori (Alfonso VII), aldeam que dicitur Cidocostiella (alibi Cidicustiella), donde se lee: Inter illam hereditatem que fuit EPISCOPI DENIE. Firma: Ego Adefonsus Imperatoris. Facta carta quando Imperator tenebat Cordubam circumdatam. Y concluye el Sr. Simonet preguntando: ¿sería un obispo efectivo y residente, ó más bien titular ó in partibus infidelium?

Son tan escasos los datos, que sólo por vía de hipótesis vamos á indicar una solución al problema propuesto, y es la siguiente: En 1058, como consta en Diago, Flórez, Balaguer y otros (que lo sacaron de la Marca Hispánica, doc. 248), el Rey moro de Denia, Alíben-Mochehid, concedió al Obispo de Barcelona, Gislaberto, y á sus sucesores, todas las iglesias y el Obispado de su reino de Denia y las Baleares. Tuvo cuidado el de Barcelona de que en la reunión de los Obispos, que por aquel entonces se juntaron para la dedicación de su iglesia de Santa Cruz y Santa Eulalia, fuese aceptada esta concesión.

Pues bien: esto que acrecentaba los límites de la provincia eclesiástica tarraconense, no podía verse con indiferencia en la de Toledo, á la que Denia perteneció en tiempo de los godos. Lo que hicieron después en la época de la reconquista de Valencia los Prela

dos toledanos para reivindicar su jurisdicción, lo procurarían al saber la concesión de Alí y la actitud de los Prelados reunidos en Barcelona. De todo lo que hicieron, no sabemos más que lo descubierto por el Sr. Simonet: el Obispo de Denia, nombrado para contrarrestar los manejos del de Barcelona, residiría en Toledo, y acaso se entendiera con los pocos cristianos que allí quedarían. Era, pues, á mi entender, un Obispo in partibus infidelium. Que residía en Toledo, lo prueban sus posesiones en aquellos alrededores. Acaso hubo una serie de ellos, pero nada sabemos de positivo sobre su existencia '.

1

4 El mismo Sr. Chabás examinó posteriormente el privilegio original en Barcelona, y vió que al pie estaban escritas en árabe las suscripciones de los personajes musulmanes. -(Nota de la Academia.)

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Número XI,

FUERO GENERAL CONCEDIDO POR D. ALFONSO EL BATALLADOR

Á LOS MOZÁRABES QUE LIBERTÓ DEL YUGO SARRACÉNICO

Y POBLARON EN DISTINTOS LUGARES DE ARAGÓN 1, AÑO 1126

(Del Archivo de Zaragoza.)

In Christi Dei nomine et ejus gratia. Ego Adefonsus Dei gratia imperator: Facio hanc cartam donationis et ingenuitatis ad uos totos christianos mozarabis quos ego traxi cum Dei auxilio de potestate sarracenorum et adduxi in terras christianorum. Placuit mihi libenti animo et spontanea voluntate et propter amorem Dei et sancte Christianitatis, et quia uos pro Christi nomine et meo amore laxastis vestras casas et vestras hereditates, et uenistis mecum populare ad meas terras, dono uobis fueros bonos in tota mea terra, quod sedealis ingenuos et liberos et francos vos et filii vestri et omnis generatio uel posteritas vestra et quantos alios homines populauerint uobiscum cum toto quanto potueritis populare et laborare et examplare in illas uillas et in illos terminos quos ego uobis dedero uel mandauero. Et uos mozarabes quod non detis lezta in totas meas terras quantos mercatos feceritis ibi et quod non faciatis mihi hoste nec caualcada super christianos, nec uos nec posteritas uestra. et quod habeatis totos uestros iuditios ad uestram portam cum totas alias gentes de alias terras. Et si non uobis placuerit illo iuditio, et ego fuero in illas terras quod ueniatis ante me et si ego non fuero in illas terras quod habeatis spacium usque ego veniam ad illas terras, et habeatis uestros juditios ante me et totos uestros alios iuditios qui fuerint inter uos ipsos quod habeatis illos sicut est uestro fuero et uestro usatico antico. Et quod andetis et uadatis per totas meas terras ubi uolueritis liberi et securi cum uestro auer, et nullus homo non faciat uobis ullo torto nec ulla força et qui hoc fecerit, quod peitet mille morabaditos, et in illo captale cum nouena, et totum hoc donatiuum sicut supe

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Debemos noticia y copia de este documento à la fina amistad del Sr. D. Tomás Muñoz y Romero,

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