Código civil, Volumen5Imprenta de Ricardo Rojas, 1893 |
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... luego en el art . 578 que la caución que el tutor ha de prestar consistirá : primero , en hipoteca ; segundo , en fianza ; vaciando el resto del capítulo en el mismo molde que el Código guatemalteco . Esto por lo que respecta á los ...
... luego en el art . 578 que la caución que el tutor ha de prestar consistirá : primero , en hipoteca ; segundo , en fianza ; vaciando el resto del capítulo en el mismo molde que el Código guatemalteco . Esto por lo que respecta á los ...
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... luego : los documentos privados no solían admitirse en >> los Registros . Cambiar en este punto y por regla general lo » existente , empeoraría en vez de mejorar la condición de la pro- >> piedad y del crédito territorial : no debe ...
... luego : los documentos privados no solían admitirse en >> los Registros . Cambiar en este punto y por regla general lo » existente , empeoraría en vez de mejorar la condición de la pro- >> piedad y del crédito territorial : no debe ...
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... luego aseguramos que no . Hemos re- visado las Gacetas publicadas desde la promulgación del Código civil hasta la fecha , sin encontrar ninguna disposición aclaratoria referente al particular , ni tampoco una sola resolución de la Direc ...
... luego aseguramos que no . Hemos re- visado las Gacetas publicadas desde la promulgación del Código civil hasta la fecha , sin encontrar ninguna disposición aclaratoria referente al particular , ni tampoco una sola resolución de la Direc ...
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... luego se comprende que asegurando la prenda , la obligación de reparar el daño causado , que es la que debe reputarse principal con res- pecto al caso que estudiamos , es exigible desde luego , es decir , desde el instante en que el ...
... luego se comprende que asegurando la prenda , la obligación de reparar el daño causado , que es la que debe reputarse principal con res- pecto al caso que estudiamos , es exigible desde luego , es decir , desde el instante en que el ...
Página 48
... luego un tercero , osten- tando un título en forma , pedir para sí la prenda y arrebatarla de manos del menor , sólo porque en la pugna de los títulos ven- cería aquél , extendido con arreglo á derecho , del desprovisto de los ...
... luego un tercero , osten- tando un título en forma , pedir para sí la prenda y arrebatarla de manos del menor , sólo porque en la pugna de los títulos ven- cería aquél , extendido con arreglo á derecho , del desprovisto de los ...
Términos y frases comunes
1.º del art acto actos acuerdo del consejo administración autorización del consejo capacidad causa ción Código civil concede consejo de familia consentimiento consignado constituída contrato cónyuge cuestión curador curatela dativo debe declaración derecho derechos reales designación determina deue dice disposición doctrina domicilio efecto ejercicio enajenar Enjuiciamiento civil establece excusa exige existe expresa expuesto facultad fianza garantía guardador Guatemala hijos hipoteca Hipotecaria hubiere hubiese huerfano incapacidad inmuebles inscribir inscripción interdicto interés inventario judicial Juez municipal juicio jurídica legal legislador legítimo marido menor matrimonio menor de edad menor ó incapacitado muebles nombramiento nulidad núm obligación otorgamiento padre ó madre parientes párrafo patria potestad perjuicio persona pleito podrá PRECEDENTES LEGALES.-Ninguno precepto presidente procedimiento proyecto de Código razón recurso de casación regla remoción rendición de cuentas requisito resolución resolución judicial respecto segundo sejo de familia sentencia sometido sujeto á tutela término testamentario testamento tículo título trata Tribunales tutor ó protutor vocales del consejo
Pasajes populares
Página 644 - 1.° Conforme á lo dispuesto en la ley de 17 de Junio del corriente año, habrá Registro del estado civil de las personas. 1.° En la Dirección general de los Registros civil y de la propiedad y del Notariado,
Página 642 - Artículo 1.° La Dirección general del Registro de la propiedad, que en lo sucesivo se denominará Dirección general de los Registros civil y de la propiedad y del Notariado, los Jueces municipales en la Península é islas adyacentes y Canarias, y los Agentes diplomáticos y consulares españoles en territorio extranjero, llevarán un registro en el que se inscribirán ó anotarán con sujeción á las
Página 96 - no se cancelaran sino por providencia ejecutoria contra la cual no se halle pendiente recurso de casación , ó por otra escritura ó documento auténtico en el cual exprese su consentimiento para la cancelación la persona á cuyo favor se hubiese hecho la inscripción ó sus
Página 523 - La culpa ó negligencia del deudor consiste en la omisión de aquella diligencia que exija la naturaleza de la obligación y corresponda á las circunstancias de las personas, del tiempo y del lugar. Cuando la obligación no exprese la diligencia que ha de
Página 67 - no se contará respecto de terceros sino desde el día en que hubiese sido incorporado ó inscrito en un registro público, desde la muerte de cualquiera de los que le firmaron ó desde el día en que se entregase á un funcionario público por razón de su oficio? (Art.
Página 132 - Art. 442. Si el testigo fuere sordomudo y supiere leer, se le harán por escrito las preguntas. Si supiere escribir, contestará por escrito. Y si no supiere ni lo uno ni lo otro, se nombrará un intérprete, por cuyo conducto se le harán las preguntas y se recibirán sus contestaciones! .>. ^ Será nombrado
Página 602 - menor de diez y ocho años, no podrá administrar sin el consentimiento de su padr'e, en defecto de éste sin el de su madre, y á falta de ambos sin el de un tutor. Tampoco podrá comparecer en juicio sin la asistencia de dichas
Página 645 - 327. Las actas del Registro serán la prueba del estado civil, la cual sólo podrá ser suplida por otras en el caso de que no hayan existido aquéllas ó hubiesen desaparecido los libros del Registro, ó cuando ante los Tribunales se suscite contienda.
Página 252 - los acreedores, después de haber perseguido los bienes de que esté en posesión el deudor para realizar cuanto se les debe, pueden ejercitar todos los derechos y acciones de éste con el mismo fin, exceptuando los que sean inherentes á su persona; pudiendo también impugnar los actos que el deudor haya realizado en fraude de
Página 523 - negligencia es igualmente exigible en el cumplimiento de toda clase de obligaciones, pero podrá moderarse por los Tribunales, según los casos. Art. 1.104. La culpa ó negligencia del deudor consiste en la omisión de aquella diligencia que exija la naturaleza de la obligación y corresponda á las circunstancias de las personas, del tiempo y del lugar.