7103. CARRASCAS: geog. L. en la prov. de Pontevedra, ayunt. de Puenteareas y felig. de San Nicolás de Prado. Tambien lleva este nombre una rambla de la prov. de Almería, térm. de Velez Rubio. 7104. CARRASCO: geog. Cortijo en la prov. de Badajoz, térm. de Burguillos. - Otro en la prov. de Almería, térm. de Lubrin y otros en la prov. de Granada, térm. de Torbiscon. 7105. CARRASCO (El): geog. L. con ayunt. en la prov. y dióc. de Salamanca, part. jud. de Vitigudino, aud. terr. y c. g. de Valladolid, con 21 vec. 7106. CARRASCOSA: geog. Varias dehesas y granjas en diferentes prov. 7107. CARRASCOSA DE ABAJO: geog. Ald. con ayunt. en la prov. de Soria, part. jud. del Burgo de Osma, aud. terr. y c. g. de Burgos, dióc. de Sigüenza, con 38 vec. 7108. CARRASCOSA DE ARRIBA geog. L. con ayunt. en la prov. de Soria, part. jud. del Burgo de Osma, aud. terr. y c. g. de Búrgos, dióc. de Sigüenza, con 39 vec. 7109. CARRASCOSA DE ARO: geog. V. con ayunt. en la prov. y dióc. de Cuenca, part. jud. de Belmonte, aud. terr. de Albacete, c. g. de Castilla la Nueva, con 10 vec. 7110. CARRASCOSA DE HENARES: geog. V. con ayunt. en la prov. de Guadalajara, part. jud. de Brihuega, aud. terr. de Madrid, c. g. de Castilla la Nueva, dióc. de Sigüenza, con 40 vec. 7111. CARRASCOSA DE TAJO: geog. V. con ayunt. en la prov. de Guadalajara, part. jud. de Cifuentes, aud. terr. de Madrid, c. g. de Castilla la Nueva, dióc. de Sigüenza, con 77 vec. 7112. CARRASCOSA DEL CAMPO: geog. V. con ayunt. en la prov. y dióc. de Cuenca, part. jud. de Huete, aud. terr. de Albacete, c. g. de Castilla la Nueva, con 308 vec. 7113. CARRASCOSA DE LA SIERRA: geog. V con ayunt. en la prov. y part. jud. de Soria, aud. terr. y c. g. de Búrgos, dióc. de Osma, con 74 vec. 7114. CARRASCOSA DE LA SIERRA: geog. V. con ayunt. en la prov. y dióc. de Cuenca, part. jud. de Priego, aud. terr. de Albacete, c. g. de Castilla la Nueva, con 74 vec. 7115. CARRASCOSILLA: geog. V. con ayunt. en la prov. y dióc. de Cuenca, part. jud. de Huete, aud. terr. de Albacete, c. g. de Castilla la Nueva, con 21 vec. 7116. CARRASIDO: geog. L. en la prov. de la Coruña, ayunt. de Noya y felig. de Santa Cristina de Barro. (V.) 7117. CARRASQUEDO: geog. L. en la prov., adm. de rent., aud terr. y c. g. de Búrgos, part. jud. de Villarcayo, dióc. de Santander, con 4 vec. 7118. CARRASQUEDO (Nuestra Señora de): geog. Santuario en la prov. de Logroño, térm: de Santo Domingo de la Calzada. 7119. CARRASQUEIRA: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Chantada, felig. de Santa María de Requeiro, con 3 vec. 7120. CARRASQUEIRA: geog. L. en la prov. de Pontevedra, ayunt. de Setados. En la misma prov. se conocen otros pueblos con el mismo nombre, uno en la felig. de Santa María de Tabueja, otro en la de San Clemente de Sisau, otro en la de San Nicolás de Prado, otro en la de Santa María de Ginzo y otro en la de San Martin de Moaña. 7121. CARRASQUILLA: geog. Ald. en la prov. de Albacete, térm. de Socobos. 7122. CARRASQUILLA: geog. Diputacion en la prov. de Murcia, part. jud. y ayunt. de Lorca, con 141 vec. Alq. en la misma prov., térm. de Totana. 7123. CARRATRACA: geog. V. con ayunt. de la prov. y dióc. de Málaga, part. jud. de Campillos, aud. terr. y c. g. de Granada, con 222 vec. 7124. CARREA (Santa María de): geog. Felig. en la prov. y dióc. de Oviedo, part. jud. de Belmonte, ayunt. de Teberga, con 72 en las prov. de Galicia. CORUÑA: uno en la felig. de Brañas, con 5 vec. Otro en la de Alios. - Otro en la de Boa. Otro en la de Santiago de Carreira. Otro en la de Gafoy. Otro en la de Espiñaredo, con 2 vec.Otro en la de Oules. - Otro en la de Porta, con 9 vec. Otro en la de Ribadeume, con 4 vec. Otro en la de Sequeiro. Otro en la de Taboada, con 4 vec. LUGO. Otro en la de Caneda. - Otro en la de Maceda, con 8 vec.Otro en la de Cabana, con 4 vec. -Otro en la de Valle de Oro. Otro en la de Torres, con 8 vec. Otro en la de Magazos, con 3 vec. ORENSE. Otro en la de Torre. Otro en la Otro en la de Celanova. Otro en la de Guenal. Otro en la de Ribeira, con 15 vec. -Otro en 7141, CARREIROA: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Villalba y felig. de San Martin de Lanzós, con 2 vec. 7142. CARREIROS: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Antas y felig. de Santiago de Dorna, con 7 vec. 7143. CARREIROS: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Antas y felig. de San Miguel de Senande, con 10 vec. 7144. CARREJA: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Tierrallana y felig. de Santa Eulalia de Budian, con 8 vec. 7145. CARREJAS: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Riobarba y felig. de San Estéban del Valle, con 4 vec. 7146. CARREJO: geog. Ald. en la prov. y dióc. de Santander, part. jud. del Valle de Cala de Louredo. Otro en la de Trasariz.-buérniga, aud. terr. y c. g. de Burgos, ayunt. Otro en la de Garabanes. -Otro en la de Chan- | de Cabezon de la Sal, con 50 vec. deja, con 1 vec. - Otro en la de Osmo-PONTEVEDRA. — Otro en la de Cans y otro en la de Villade. 7131. CARREIRA (San Payo de): geog. Felig. en la prov. de la Coruña, dióc. de Santiago, part. jud. de Noya y ayunt. de Riveira, con 287 vec. 7132. CARREIRA (Santiago de): geog. Felig. en la prov. de la Coruña, dióc. de Santiago, part. jud. de Corcubion y ayunt. de Zas, con 35 vec. 7147. CARRELOS: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Friol y felig. de Santa María de Silvela, con 1 vec. 7148. CARRENA (San Andrés de): geog. Felig. con tit. de v., cap. del ayunt. de Cabrales en la prov, y dióc. de Oviedo, part. jud. de Cangas de Onis, con 77 vec. 7149. CARREÑO: geog. Ayunt. en la prov., aud. terr. y dióc. de Oviedo, part. jud. de Gijon, c. g. de Castilla la Vieja, con 1,332 vec. 7150. CARRERA: leg. c. Una de las servidumbres rústicas, que consiste en la facultad derecho de pasar con bestias ó carretones cargados por la heredad agena para ir á la nuestra. Su anchura es de cuatro piés, si los interesados no han convenido otra cosa. Los romanos le llamaron actus. (V. Camino, seccion 8., y Servidumbre.) 7133. CARREIRA BELLA: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Otero de Rey y felig.ó de Santa Maria Labrada de Aguiar, con 4 vec. 7134. CARREIRA BLANCA: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Rivadeo y felig. de Santa Eulalia de la Debesa, con 4 vec. 7135. CARREIRA CHA: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Trabado y felig. de San Juan de Villaforma, con 12 vec. .7151. CARRERA (La): geog. L. compuesto de los cuatro barrios, Cabezuelo, Cereceda, 7136. CARREIRA DE VILLAPERCIDE: Lancharejo y Navalmoro, que forman un geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. y felig. ayunt. y una felig. en la prov. y dióc. de Avide Santa María de Trabada y ald. de Villaper-la, part. jud. del Barco de Avila, aud. terr. de cide, con 8 vec. Madrid, c. g. de Castilla la Vieja, con 144 7137. CARREIRA DE VILLAR: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. y felig. de Santa María de Trabada, con 10 vec. 7138. CARREIRO DE ABAJO: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Muras y felig. de Santa María de Balsada, con 2 vec. 7139. CARREIRO DE ARRIBA: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Muras y felig. de Santa María de Balsa, con 2 vec. 7140. CARREIROA: geog. Cas. en la prov. de Lugo, ayunt. de Sarria y felig. de San Pedro de Maside, con 1 vec. vec. 7152. CARRERA (La): geog. L. en la prov. de Leon, part. jud. y dióc. de Astorga, aud. terr. y c. g. de Valladolid, ayunt. de Otero de Escarpizo, con 30 vec. 7153. CARRERA (San Martin de la): geog. Felig. en la prov., part. jud. y dióc. de Oviedo, ayunt. de Siero, con 243 vec. 7154. CARREROS: geog. Ald. agregada al ayunt. de Tabera de abajo, en la prov. y dióc. de Salamanca, part. jud. de Ledesma, aud. terr. y c. g. de Valladolid, con 4 vec. 7155. CARRES (San Vicente de): geog. Fe-, Coruña, ayunt. de Fene y felig. de Santiago de lig. en la prov. de la Coruña, dióc. de Santia- | Barallobre, con 2 vec. go, part. jud. de Betanzos y ayunt. de Cesuras, con 112 vec. 7156. CARRETA Ó CARRO: leg. c. Máquina de madera destinada para la conduccion y trasporte de cargas, tirada por bueyes ó caballerías. Cuando algun carro ó carreta se legasen, entiéndese comprendida la bestia ó bestias que le llevan; mas si estas muriesen y el testador no pusiere otras en su lugar, queda estinguido el legado. (Ley 42, tít. 9, Part. 6.) (V. Legado.) 7157. CARRETERA: leg. c. (V. Camino, secciones 2. á 6.' inclusive. 7158. CARRETERA: leg. c. Camino público construido con suficiente anchura para el tránsito por él de toda clase de carruajes y caballerías. (V. Camino.) 7159. CARRETERO: leg. c. El sugeto cuya ocupacion ú oficio consiste en guiar las caballerías que tiran de cualquier carro. (V. Cabaña real de Carreteros y Porteador.) 7160. CARRETERIA: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. y felig. de San Miguel de Paradela, con 3 vec. 7161. CARRIAS: geog. L. con ayunt. de la prov., aud. terr., c. g. y dióc. de Búrgos, part. jud. de Belorado, con 42 vec. 7162. CARRIAZO: geog. L. en la prov. y dióc. de Santander, part. jud. de Entrambasaguas, and. terr. y c. g. de Búrgos, ayunt. de Rivamontan al Mar, con 36 vec. 7170. CARRIL: geog. Ayunt. en la prov. de Pontevedra, part. jud. de Cambados, aud. terr. y c. g. de la Coruña, dióc. de Santiago, con 433 vec. 7171. CARRIL (Santiago de): geog. V. cap. del ayunt. de su nombre, con aduana de cuarta. clase en la prov. de Pontevedra, part. jud. de Cambados, dióc. de Santiago, con 220 vec. 7172. CARRILES: geog. L. en la prov. de Oviedo, ayunt. de Tineo y felig. de San Pedro | de Argüera, con 13 vec. 7173. CARRILLEIRAS: geog. Ald. en la prov. de Orense, ayunt. de Puebla de Tribes y felig. de San Juan de Barrio, con 3 vec. 7174. CARRIO: geog. L. en la prov. de Oviedo, ayunt. de Parres y felig. de San Cosme de Llerandi, con 17 vec. 7175. CARRIO: geog. L. en la prov. de Oviedo, ayunt. de Navia y felig. de San Pedro Apóstol, con 32 vec. 7176. CARRIO: geog. Ald. en la prov. de Pontevedra, ayunt. de Lalin y felig. de San Andrés de Vale, con 5 vec. 7177. CARRIO (San Lorenzo de): geog. Felig. en la prov. y dióc. de Oviedo, part. jud. de Gijon y ayunt. de Germade, con 60 vec. 7178. CARRIO (Santa Maria de): geog. Felig. en la prov. y dióc. de Oviedo, part. jud. y ayunt. de Pola de Labiana, con 40 vec. 7179. CARRION DE CALATRAVA: geog. V. con ayunt. en la prov. y part. jud. de Ciudad-Real, aud. terr. de Albacete, dióc. de To 7163. CARRICEIRA: geog. Ald. en la prov. de la Coruña, ayunt. de Curtis, felig. de San-ledo, c. g. de Castilla la Nueva, en el campo ta María de Fisteos, con 8 vec. de Calatrava y perteneciente á la misma órden militar, con 626 vec. 7164. CARRICHES: geog. V. con ayunt. en la prov. y dióc. de Toledo, part. jud. de Torrijos, aud. terr. de Madrid, c. g. de Castilla la Nueva, con 120 vec. 7165. CARRICOBA: geog. Ald. en la prov. de Pontevedra, ayunt. de la Estrada y felig. de San Juan de Santeles, con 9 vec. 7166. CARRICOLA: geog. L. con ayunt. de la prov., aud. terr., c. g. y dióc. de Valencia, part. jud. de Albaida, con 52 vec. 7167. CARRIGUEIROS: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Lugo y felig. de San Vicente de Burgo, con 4 vec. 7168. CARRIL: geog. L. en la prov. de Leon, part. jud. de Ponferrada, dióc. vere nullius perteneciente á la abadía de Villafranca, aud. terr. y c. g. de Valladolid, ayunt. de Lago, con 17 vec. 7169. CARRIL geog. L. en la prov. de la 7180. CARRION DE MEDINA (vulgo Carrioncillo): geog. L. con ayunt. en la prov., aud. terr., c. g. y dióc. de Valladolid, part. jud. y vicaría general de Medina del Campo, con 6 vec. 7181. CARRION DE LOS CÉSPEDES: geog. V. con ayunt. en la prov. de Huelva, part. jud, de la Palma, aud. terr. y c. g. de Sevilla, dióc. vere nullius y vicaria de Olivares, con 469 vec. 7182. CARRION DE LOS CONDES: geog. V. con ayunt. en la prov. y dióc. de Palencia, aud. terr. y c. g. de Valladolid, cab. del part. jud. y adm. de rent. de su nombre, con 602 vec. 7183. CARRIS: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Neira de Jusá y felig. de San Pedro de Santa Cruz de Picato, con 1 vec. 7184. CARRIS: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Lancara y felig. de Santiago de Cedron, con 2 vec. 7185. CARRIS: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Foz y felig. de San Martin de Mondoñedo, con 10 vec. 7186. CARRIS: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Labrada y felig. de Santa María Magdalena de Balboa, con 2 vec. 7187. CARRIS: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Villalba y felig. de Santa Eulalia de Roman, con 2 vec. 7188. CARRIZAL: geog. L. en la prov. de Pontevedra, ayunt. de Lalin y felig. de Santa María de Don Ramiro, con 8 vec. 7189. CARRIZAL: geog. L. en la prov. y dióc. de Leon, part. jud. de Sahagun, aud. terr. y c. g. de Valladolid, ayunt. de la Vega, con 23 vec. 7190. CARRIZO: geog. V. en la prov. de Leon, part. jud. y dióc. de Astorga, aud. terr. y c. g. de Valladolid, ayunt. de Llamas de la Ribera, con 144 vec. 7191. CARRIZOSA: geog. V. con ayunt. en la prov. de Ciudad-Real, part. jud. de Villanueva de los Infantes, aud. terr. de Albacete, dióc. de Toledo, aunque perteneciente al terr. de la órden de Santiago en el Campo de Montiel, c. g. de Castilla la Nueva, con 97 vec. 7192. CARROBEDO: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Abadin y felig. de San Pedro de Labrada, con 2 vec. 7193. CARROCEDA: geog. L. en la prov. de Oviedo, ayunt. de Granda y felig. de San Martin de Grullés, con 5 vec. 7194. CARROCEDO (Braña de): geog: L. en la prov. de Oviedo, ayunt. de Miranda y felig. de San Julian de Belmonte, con 20 vec. 7195. CARROIPAZ: geog. Ald. en la prov. de la Coruña, ayunt. y felig. de Santa Eulalia de Curtis, con 8 vec. 7196. CARROMAO: geng. Ald. en la prov. de Pontevedra, ayunt. de la Golada y felig. de San Andrés de Orrea, con 2 vec. 7197. CARROUVA: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Monforte y felig. de San Juan de Tor, con 5 vec. 7198. CARRUAJES: leg. c. Nombre que se da á toda especie de coches, carros, gale | dentro de una poblacion, no siendo en los casos prescritos en el número 6. del art. 484, por el cual son castigados con las penas de arresto de cinco á quince dias, y multa de 5 á 15 duros, aquellos que corrieren carruajes ó caballerias con peligro de las personas, haciéndolo de noche ó en paraje concurrido. Art. 495. Incurrirá en la multa de medio duro á cuatro : 14. El que infringiere los reglamentos relativos á carruajes públicos ó de particulares. 7199. CARRUCHEIRO: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Muras y felig. de Santa María del Burgo, con 1 vec. 7200. CARRUGUEIRO: geog. L. en la prov. de Oviedo, ayunt. de Boal y felig. de Santa María Magdalena, con 4 vec. 7201. CARRUSCO: geog. L. en la prov. de Lugo, ayunt. de Orol y felig. de San Pantaleon de Cabana, con 4 vec. 7202. CARTA: leg. e. En el sentido mas usual y comun, es el papel escrito y ordinariamente cerrado, por cuyo medio se comunican unas personas con otras cuando están ausentes. Antiguamente se entendia tambien por carta el papel para escribir, y todo papel ó pergamino escrito, y de consiguiente los instrumentos públicos, como todo cuanto se ponia, por escrito. Así es que se llamaba carta el despacho ó provision que se espide por algun tribunal.-Todo título ó instrumento público en que se acredita algun contrato ó derecho, ó en que se apoya alguna pretension.-Y el diploma en que se contiene la gracia, merced ó privilegio concedido por el rey á alguna persona, familia ó cuerpo. Tambien se entiende por carta lo mismo que por mapa; esto es, el papel, lienzo, etc., donde se representa la situacion de diferentes puntos de la tierra ó de algun distrito del globo terrestre: así se dice, carta de marear por el mapa del mar y sus costas, carta geográfica de España, etc. En el dia no es tan general la acepcion de esta palabra como lo era en lo antiguo; sin embargo, hay algunos documentos que aun conservan en el foro el nombre de cartas, de los que nos ocuparemos formando grupos segun sus clases, tratando tambien de las cartas El Código penal reformado (lib. 3. de las particulares. Al efecto dividiremos este articu-, Faltas, tit. 1., art. 494), dice: Serán castiga-lo en las secciones siguientes: dos con el arresto de úno á cuatro dias ó una 1. De las cartas judiciales. multa de 1 á 4 duros: ras, etc. 2. De las cartas públicas. 7. El que corriere carruajes ó caballerías 3. De las cartas mercantiles. 4. De las cartas particulares ó confiden- | por el art. 38 del mismo reglamento. Segun ciales. SECCION I. DE LAS CARTAS JUDICIALES. este, cuando ocurra algun delito de tales circunstancias que no permita seguir bien la causa en el juzgado correspondiente, S. M. cometerá el conocimiento al juez de primera instancia que le parezca mas á proposito; y esto Llamamos cartas judiciales á los despa- mismo en igual causa, si no mediare real dischos, provisiones y demás documentos libra- posicion, podrán hacer las audiencias á petidos ó espedidos por la autoridad judicial. Es-cion de sus fiscales, dando cuenta al gobierno. tas, cuando sean libradas por juez competente (V. Juez comisionado.) y con las correspondientes formalidades, deben ser cumplidas y obedecidas por las autoridades ó particulares á quienes vayan cometidas ó corresponda su cumplimiento. He aquí sus especies. CARTA DE APELACION. La que concede el juez à la parte vencida en juicio para que se pueda presentar ante el tribunal superior à seguir la apelacion que hubiere interpuesto. No están en uso ni deben darse estas cartas desde que por el art. 50 del reglamento provisional de 26 de setiembre de 1836 se dispuso que interpuesta y admitida la apelacion, el juez remita desde luego á la audiencia los autos originales. (V. Apelacion.) | Sin embargo; en lo eclesiástico, bajo el nombre de Letras Apostólicas (Véase), se conservan aun abusivamente, aunque no por todos los tribunales, las cartas de apelacion. (V. Práctica de los tribunales eclesiásticos.) CARTA ACORDADA. La que contiene alguna reprension ó advertencia de un tribunal superior. Cuando un tribunal superior tiene que reprender, ó que advertir ó mandar reservadamente alguna cosa á un juez inferior ó á otra persona de carácter, mándase librar carta acordada, la que no es otra cosa que un despacho ó certificacion comprensiva de dicha providencia. CARTA DE COMISION. La provision que despacha un tribunal superior cometiendo á un juez particular algun negocio ó causa.-Segun el art. 9 de la Constitucion << ningun español puede ser procesado ni sentenciado sino por el juez ó tribunal competente, en virtud de leyes anteriores al delito y en la forma que estas prescriban.» Este mismo principio se halla consignado en el art. 36 del reglamento provisional para la administracion de justicia, y de consiguiente ya no pueden tener lugar en el dia estas cartas de comision solo hay una escepcion establecida | CARTA DESAFORADA. La provision ó despacho que se espidiere contra justicia por cualquier tribunal ó juez para prender, matar, desterrar, desheredar, privar de sus bienes, ó dar otra pena á alguna persona. Llámase desaforada porque se ordena en ella lo contrario de lo que se halla establecido por ley ó fuero. Estas cartas no deben cumplirse segun lo dispone la ley 3., tit. 4., libro 3, Nov. Rec. CARTA EJECUTORIA. El despacho que se libra al que en juicio contradictorio ante un tribunal de justicia ha obtenido sentencia declaratoria de su nobleza de sangre. (V. Ejecutoria.) Tambien se llama de este modo el testimonio, provision ó despacho que se dá á la parte vencedora en un pleito, haciendo una relalacion sumaria del litigio, é insertando la sentencia y el auto en que esta se declaró por pasada en autoridad de cosa juzgada, para que pueda pedir la ejecucion ó cumplimiento de lo mandado por el fallo ejecutorio. Sobre la manera de estender ó redactar estas cartas, V. Despacho y Provision. (V. tambien Sentencia ejecutoria y Juicio ejecutivo.) CARTA DE EMPLAZAMIENTO. El despacho, provision, cédula ó papel por medio del que se cita ó emplaza á alguno para que comparezca en el tribunal de justicia. (V. Gitacion.) CARTA DE ESPERA Ó MORATORIA. La dilacion ó plazo que se concede al deudor por el juez ó tribunal competente para que los acreedores no puedan apremiarle mientras tanto. (V. Espera y Moratoria.) CARTA FORERA. La provision ó despacho que daba un tribunal en favor de una persona ó corporacion, procediendo ó mandando proceder con arreglo |