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INDICE

DEL TOMO PRIMERO.

Advertencia preliminar.

PRIMERA SECCION.

Paj.

Revista politica de las diversas administraciones que la Republica mejicana
ha tenido hasta 1837.
Administracion de 1833 a 1834.

Programa de los principios politicos que en Mejico ha profesado el
partido del progreso, y de la manera con que una seccion de este
partido pretendió hacerlos valer en la administracion de 1835 a

1834.

Libertad absoluta de opiniones, y supresion de las leyes represivas
de la prensa.

Abolicion de los privilejios del clero y de la milicia. — Supresion de
las instituciones monasticas, y de todas las leyes que atribuyen
al clero el conocimiento de negocios civiles, como el contrato del
matrimonio. etc.
Presupuesto del clero frances para 1829, epoca y ultimo año de la
restauracion. (Nota),

-

Reconocimiento, clasificacion y consolidacion de la deuda publica,
designacion de fondos para pagar desde luego su renta, y de hi-
potecas para amortizarla mas adelante. Medidas para hacer
cesar y reparar la bancarrota de la propiedad territorial, para
aumentar el numero de propietarios territoriales, fomentar la
circulacion de este ramo de la riqueza publica, y facilitar medios

vij

LXXIX

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Paj.

de subsistir y adelantar a las clases indijentes sin ofender ni tocar
en nada al derecho de los particulares.

Calculo del valor de los capitales que se hallan en giro o son cono-

cidos en la Republica.

CIL

CCXCH

SEGUNDA SECCION.

ESCRITOS DEL OBISPO ABAD Y QUEIPO.

Representacion a nombre de los labradores y comerciantes de Valladolid
de Michoacan, en que se demuestran con claridad los gravisimos in-
convenientes de que se ejecute en las Americas la real cedula de 26 de

diciembre de 1804, sobre enajenacion de bienes raices y cobro de capi-

tales de capellanias y obras pías para la consolidacion de vales.

Escrito presentado a D. Manuel Sisto Espinosa, del consejo de Estado y'
director unico del principe de la Paz en asuntos de real hacienda, dirí-
jido a fin de que se suspendiese en las Americas la real cedula de 26 de
diciembre de 1804, sobre enajenacion de bienes raices y cobro de ca-
pitales pios para la consolidacion de vales.

Reforma fundamental capaz de elevar el real erario de la Nueva
España a treinta millones de pesos en un decenio de paz, condi-
cion de las personas, reduccion del pueblo disperso a poblaciones,
propiedad, etc.

Representacion al real acuerdo de Mejico, como director del escelentisi-

mo señor virey Garibay, sobre la necesidad de aumentar la fuerza mi-

litar de este reino, para mantener la tranquilidad publica, y defenderlo

de una invasion estraordinaria del tirano de la Europa.

Representacion al Esmo. e Illmo. señor arzobispo virey, sobre las dificul-

tades de ejecutar la real cedula de 12 de marzo de 1809, sobre el presta-

mo a intereses de veinte millones de pesos, en la cual se proponen los

medios de auxiliar a la madre patria, y atender a la conservacion de

este reino por medio de contribuciones de mas producto y menos per-

juicio.

Representacion a la junta central, en que se reproducen los dos escritos

del numero antecedente, y se proponen medios para socorrer la

patria.

Respuesta a uno de los vocales de la junta de comercio para realizar el

prestamo a intereses de veinte millones, en que se proponen las dificul-

tades de este proyecto y medios diferentes para atender a las necesida-

des del Estado.

Representacion a la primera rejencia, en que se describe compendiosa-

mente el estado de fermentacion que anunciaba un projimo rompi-

miento, y se proponian los medios con que tal vez se hubiera podido

evitar.

Edicto importante, dirijido a evitar la nueva anarquia que nos amenaza

si no se dividen con equidad entre deudores y acreedores los daños

causados por la insurreccion, y no se pone modo y termino en las eje-

cuciones.

Paj.

400

147

TERCERA SECCION.

DISERTACION SOBRE LA NATURALEZA Y APLICACION DE LAS BENTAS Y BIENES
ECLESIASTICOS, Y SOBRE LA AUTORIDAD A QUE SE HALLAN SUJETOS EN
CUANTO A SU CREACION, AUMENTO, SUBSISTENCIA Y SUPRESION.

Paj.

DIVERSOS PROYECTOS PARA EL ARREGLO DEL CREDITO PUBLICO.

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Reflexiones sobre el dictamen de la comision de credito publico pre-
sentado a la camara de diputados en 17 de febrero de 1834.

Primer proyecto de ley que designa las hipotecas del credito nacio-

nal, y previene la ocupacion de los bienes que la constituyen.

Reconocimiento y clasificacion de la deuda.

ibid.

QUINTA SECCION.

POSIBILIDAD DE PAGAR LOS GASTOS DEL CULTO E INTERESES DE LA DEUDA
INTERIOR, CON SOLO LOS BIENES Del Clero.

SESTA SECCION.

DEUDA PUBLICA INTERIOR Y ESTRANJERA DE LA REPUBLICA MEJICANA.

Amortizaciones que se han hecho desde el vizreinató del conde de

Venadito hasta el año de 1835, pertenecientes a la deuda publica in-

terior de la Republica mejicana.

Demostracion que, segun los antecedentes de este estado, indican las
cantidades liquidas de la deuda interior de la Republica mejicana.

Notas.

Paj.

361

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