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LA PRIMERA COMPREHENDE EL ÓRDEN Y RITUALIDAD CON

QUE DEBE PROCEDERSE EN ELLOS; Y LA SEGUNDA LAS REALES
CÉDULAS Y ÓRDENES QUE RIGEN

INSTRUCCIONES

EN LA MATERIA.

DISPUESTO POR EL LICENCIADO

DON JOSEF LOPEZ JUANA PINILLA,
Abogado de los Reales Consejos, Juez Subdelegado
de todas Rentas Reales, y de la Junta general de
Comercio, Moneda y Minas de la Ciudad de Sigüenza
y su Partido.

PARTE PRIMERA

MADRID

IMPRENTA DE LA CALLE DE LA GREDA.

1807.

Se hallará en la Librería de Ranz, calle de la Cruz.

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L·82j

...

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La a utilidad de las obras en que con acierto se describe la práctica de los Juicios,

no pueden dexar de conocerla los que saben quanto interesa en todo gobierno la recta administracion de justicia. La práctica de los Juicios de Contrabando no es ciertamente la ménos útil y necesaria, porque la rapidez con que en ellos debe procederse y su particular ritualidad los expone mas á vicios y nulidades.

El Licenciado Don Diego María Gallard, autor de la última reforma y adicion de la Práctica de Rentas Reales que escribió Don Juan de la Ripia, trató ya de los Juicios de Contrabando; y aunque dió noticias muy exâctas del método que se debe observar en ellos, y de las Reales Instrucciones que regian (que siempre

son provechosas) hay muchas derogadas, y otras rectificadas; de modo que en el dia no solo será útil, sino que es del todo necesaria otra práctica de estos Juicios arreglada á las disposiciones que rigen. Algunos años antes escribió otro tras

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tado sobre esta misma materia el Doctor. Don Isidoro Alcaraz de Castro; pero ni tiene la claridad necesaria, ni se hallan en observancia las leyes y doctrina de que se valió, porque estos Juicios deben nivelarse por lo dispuesto en la Real Cédula de ocho de Junio de mil ochocientos y cinco.

Estas consideraciones han excitado en mí la idea de escribir esta obra ó Tratado Teórico-Práctico de los Juicios de Contrabando. Llámolo así porque en él se expresan las doctrinas y disposiciones que rigen para su ordenacion y decision; y se reducen á la práctica en los modelos ó formularios de las causas que se figuran pa

ra facilitar su conocimiento. Con este objeto se pone al fin un Catálogo clasificando los delitos de Contrabando, y se expresa la pena que está designada para cada uno.

Para hacer mas útil é interesante esta obra se ha dividido en dos partes: la primera comprehende el Tratado Teórico-Práctico de los Juicios de Contrabando; y la segunda una coleccion de las Reales Instrucciones, Cédulas y Ordenes en que se funda, para que de este modo los Jueces y demas Curiales tengan á la mano quanto necesitan para la substanciacion de estos Juicios, sin el trabajo de reconocer los Archivos, ni las incompletas colecciones de Ordenes.

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Si el público, con su benigna acogida, me diese á conocer que esta obra tiene algun mérito en su clase, tendré por recompensadas mis tareas, y me servirá de estímulo para llevar adelante otro

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