Comentario crítico, jurídico, literal, a las ochenta y tres Leyes de Toro, Volumen1Gaspar y Roig, 1853 |
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... real audiencia de Valencia , y últimamente á ministro togado del real y Supremo Consejo de Hacienda ; en tan varios y diversos des- tinos nunca desistí del propósito que habia formado de comen- tar las Leyes de Toro , y siempre que me ...
... real audiencia de Valencia , y últimamente á ministro togado del real y Supremo Consejo de Hacienda ; en tan varios y diversos des- tinos nunca desistí del propósito que habia formado de comen- tar las Leyes de Toro , y siempre que me ...
Página 10
... real sin te- ner un exacto conocimiento del que recopiló Justiniano ; no sien- do el código mas completo que tenemos de jurisprudencia , que es el de las Partidas , en realidad otra cosa que las leyes roma- nas traducidas ...
... real sin te- ner un exacto conocimiento del que recopiló Justiniano ; no sien- do el código mas completo que tenemos de jurisprudencia , que es el de las Partidas , en realidad otra cosa que las leyes roma- nas traducidas ...
Página 15
... real chancillería de Valladolid , en el año de 1578 , bajo de este título : Ad leges Taurinas insignes Commentarii , nuc primum editi quorum hic codex , primus est tomus , in quo quatuor insunt exactissimae relationes . Aunque este tomo ...
... real chancillería de Valladolid , en el año de 1578 , bajo de este título : Ad leges Taurinas insignes Commentarii , nuc primum editi quorum hic codex , primus est tomus , in quo quatuor insunt exactissimae relationes . Aunque este tomo ...
Página 16
... real chan- cillería de Granada , y la publicó en Madrid el año de 1595 , bajo el título : Prima pars commentarium in primas triginta et octo leges Tauri . Despues de Tello Fernandez , y en el año 1598 , publicó en Sa- lamanca Diego ...
... real chan- cillería de Granada , y la publicó en Madrid el año de 1595 , bajo el título : Prima pars commentarium in primas triginta et octo leges Tauri . Despues de Tello Fernandez , y en el año 1598 , publicó en Sa- lamanca Diego ...
Página 26
... real del mismo Berni , afirma , hablando de estas mismas leyes , que la Reina Doña Juana , hallándose en la ciudad de Toro dia 7 de marzo del año de 4505 , estableció las cé → lebres leyes que tomaron el nombre de aquella ciudad . En ...
... real del mismo Berni , afirma , hablando de estas mismas leyes , que la Reina Doña Juana , hallándose en la ciudad de Toro dia 7 de marzo del año de 4505 , estableció las cé → lebres leyes que tomaron el nombre de aquella ciudad . En ...
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Términos y frases comunes
abintestato adulterio afirma alimentos Alonso autores causa cion citada clérigos codicilos Comentario comisario concede concubina concubinato contrario contrato Covarrubias debia decision demas derecho canónico derecho civil derecho real derecho romano descendientes legítimos despues dice dispensacion disponer doctrina donacion propter nuptias donacion simple dote y donacion duda escede escepcion escluidos espone espresa espresion espuesto establece estraños ex testamento facultad freiles Fuero Juzgo Fuero Real funda fundamento gananciales glosa Gomez habia habla heredar heredero herencia hijo espurio hijos concebidos hijos legítimos hijos naturales hijos ó descendientes infiere irrevocable Justiniano legado legatario legítima legitimacion madre manda manifestar Matienzo mejora de tercio muger nacido nietos novela núm número obligacion onerosa opinion órden Ordenamiento de Alcalá padre palabras Palacios Ruvios párrafo patria potestad podia potestad presente promesa razon rebate Recopilacion regla representacion resolucion respecto revocar Setenario sicion subsiguiente matrimonio suceder sucesion tambien tenia tercio y quinto testador testar tít Toro usufructo vínculo
Pasajes populares
Página 17 - Doña Juana, por la gracia de Dios, Reina de Castilla, de León, de Granada, de Toledo, de Galicia, de Sevilla, de Córdoba, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes de...
Página 19 - ... á cualquier escribano público que para esto fuere llamado, que dé ende al que se la mostrare, testimonio signado con su signo porque Nos sepamos en como se cumple nuestro mandado.
Página 256 - ... matrimonio nascido ó legitimado por subsiguiente matrimonio , el tal legitimado no pueda suceder con los tales hijos ó descendientes legítimos en los bienes de sus padres ni madres ni de sus ascendientes , ab intestato ni ex testamento.
Página 147 - Se ha dicho que el que representa sucede en lugar y grado de su padre para dividir la herencia con otros coherederos, porque donde no hay concurrencia de herederos...
Página 126 - Y mandamos que en el testamento del ciego intervengan cinco testigos; y en los codicilos intervenga la misma solemnidad que se requiere en el testamento nuncupativo ó abierto, conforme á la dicha ley del Ordenamiento.
Página 576 - Los hijos naturales legalmente reconocidos, y sus descendientes por lo respectivo á la sucesión del padre, y sin perjuicio del derecho preferente que tienen los mismos para suceder á la madre.
Página 269 - ... pero si por el ausencia del marido , ó por el tiempo del casamiento claramente se probase , que nasció en tiempo que no podia vivir naturalmente , mandamos , que aunque concurran en el dicho hijo las qualidades suso dichas , que no sea habido por parto natural ni legítimo, (ley 2.
Página 31 - Por ende queriendo poner remedio convenible á esto , establescemos é mandamos, que los dichos fueros sean guardados en aquellas cosas que se usaron...
Página 113 - ... mandamos, que intervengan á lo menos siete testigos con un Escribano, los cuales hayan de firmar encima de la escritura del dicho testamento ellos y el testador, si supieren y pudieren firmar, y si no supieren, y el testador no pudiere firmar, que los unos firmen por los otros; de manera que sean ocho firmas, y mas el signo del Escribano.
Página 207 - Rec., cuáles son hijos naturales, ordenamos y mandamos, que entonces se digan ser los hijos naturales, cuando al tiempo que nascieren o fueren concebidos, sus padres podían casar con sus madres justamente sin dispensación, con tanto que el padre lo reconozca por su hijo, puesto que no haya tenido la mujer de quien lo hubo en su casa, ni sea una sola; ca co'ncurriendo en el hijo las cualidades susodichas, mandamos que sea hijo natural...