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> señores ministros y sus parciales son los que se esmeran en privarla de esta legitimidad nacional, para no dejarle mas que la legitimidad divina de los Stuarts. »

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No, no tratamos de fundar los derechos de nuestra casa reinante en el sistema de los teólogos anglicanos del siglo décimo séptimo, pero sí en la doctrina espositada por Bossuet (44); los fundamos en una sucesion de ochocientos y treinta años, la mas gloriosa y la mas dilatada que cuenta la historia del género humano.

CAPÍTULO XIII.

Algunas consideraciones sobre la restauracion de la monarquia española y sobre las memorias que ofrecen las restauraciones de Henrique IV, rey de Francia, y de Carlos II, rey de Inglaterra.

La entrada de S. A. R. el duque de Angulema en Madrid

el dia 24 de mayo de 1823, ha sido igualmente brillante que la de los soberanos aliados en Paris el dia 1 de abril de 1814. La Francia y la España, despues de haber esperimentado la horrorosa tiranía de los gobiernos revolucionarios, han recibido á sus libertadores con las mas vivas espresiones de agradecimiento.

Pero al ver la restauracion de 1814 seguida tan inmediatamente de la invasion del usurpador, y pocos años despues, de las revoluciones de España, Portugal, Nápoles y Piamonte, es natural indagar como el gefe eternamente querido de la casa de Borbon estableció dos siglos atrás el orden en Francia de un modo tan firmo y tan permanente despues de una revolucion que durante seis años habia separado á la capital y á las mas de las provincias de la autoridad

real; y como el solo ejército de siete mil hombres á cuyo frente entró aquel príncipe en Paris, inspiró á los pueblos mayor seguridad de la que, hasta ahora, han podido inspirarles los ejércitos inmensos de los soberanos aliados.

La diferencia de los principios que en esas dos épocas han dirigido la política, nos da una esplicacion completa de la diferencia de los efectos producidos esto es lo que nos parece muy del caso examinar.

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Henrique IV vuelto solemnente al gremio de la Iglesia católica, hizo publicar un edicto en el que prevenia á todos » los de la Union que se separasen de cualesquiera ligas y asociaciones, y que en el término de un mes se reuniesen bajo la obediencia de S. M., quien les recibiria con olvido ⚫ perpetuo de lo pasado.... Y no cumpliéndolo asi, man» daba á las cortes de parlamentos y á todas las varas de jus⚫ticia que tratasen aquellos que por su obstinacion se hacian indignos de la presente gracia é indulto, como reos de , lesa-majestad en primer grado.....

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*

» Este edicto (dice el presidente de Thou) dado á 27 de › diciembre de 1593, no fue registrado en el parlamento » que á la sazon estaba en Tours, hasta el 1.er de febrero del > año siguiente. El parlamento añadió que todos aquellos que « habian tenido parte en el parricidio del difunto rey, y > los que habian sido convencidos de haberla tenido en el

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› proyecto de matar al príncipe reinante, no fuesen comprendidos en la amnistía concedida por este edicto.

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El dia 22 de marzo siguiente, el gobernador de Paris ( el conde, despues duque de Brissac,) de acuerdo con los demas magistrados, abrió las puertas de aquella ciudad á Henrique IV. Este príncipe fue en derechura á la iglesia catedral para

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dar gracias a Dios, y el pueblo hambriento de verá su rey, le recibió con las mas espresivas demostraciones de amor y de júbilo. Sin embargo en medio de tantas aclamaciones y que parecian tan unánimes, el consejo del rey no fue de parecer que se dejaran en Paris aquellos sugetos conocidos por enemigos de S. M. que no se habian hecho justicia á sí mismos saliendo de la ciudad con las tropas de Felipe 11 auxiliares de la liga. Ciento y diez y nueve coligados de la faccion de los diez y seis ó de España, salieron desterrados. Pocos dias despues, se proclamó la amnistía ofrecida por el decreto de 27 de diciembre; pero ademas de las excepciones añadidas por el parlamento cuando estaba en Tours, el parlamento establecido en Paris exceptuó del indulto á todos aquellos que hubiesen cometido violencias y desórdenes (fuera de los combates arreglados) y declaró que se les perseguiria en justicia.

A mas de esto, juzgó que saldrian inútiles todas estas disposiciones de prudencia y de rigor, no quitándose á los escritores sediciosos el que pudiesen volver á excitar al pueblo é inducirlo á la rebelion. » Juan Seguier, teniente civil (dice M. de Thou), que durante la guerra habia ejer» cido este empleo en Mantes y luego en S. Denis, habia » entrado en Paris con el Rey. Fue su primer cuidado llamar » á todos los libreros é impresores de Paris **

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› para intimarles la orden de suprimir todos los libros sediciosos é injuriosos publicados contra el difunto rey ó contra el • actual, que estarian en su poder: prohibiéndoles el publicar en lo por venir escritos semejantes, pena de la vida de confiscacion de bienes, contra los libreros que guar* Hist. liv. CIX.

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** P. D. La regencia de España ha logrado el mismo fin con su decreto (aunque mucho menos severo) del 17 de Junio 1823.

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darian estos escritos , y contra aquellos que se atreverian ⚫ á vender ó publicar otros iguales. El duque de Sully dice en sus Memorias que esta amenaza tuvo su efecto contra el autor de algunos nuevos folletes dirigidos contra la persona del rey.

Los nombres mas ilustres de nada sirvieron para librar á ciertos individuos de aquella justicia eficaz con la que Henrique IV templó su clemencia. Un príncipe de la casa de Lorena, el duque de Aumale, condenado á muerte por el parlamento de Paris, no pudo alcanzar el perdon; y acabó sus dias en los Paises-Bajos españoles, como Bussy-Leclerc y otros hombres temibles que habian formado la faccion de los diez y seis. *

Creyóse que seria un ejemplo pésimo el permitir que aquellos que se habian hecho ricos durante las turbulencias, disfrutasen del fruto de sus rapiñas. Los asentistas de la liga fueron condenados á pagar grandes cantidades. Entre otros ejemplos de justicia, refiere M. de Thou ** que el coligado que se hallaba de gobernador del Louvre, habiendo vendido los muebles de aquel palacio, y disipado su precio, invocó en vano la amnistía; el parlamento siguió su causa.

Henrique IV reinó gloriosamente 16 años. Amado de sus vasallos, fue el arbitrio de la Europa, y aseguró á su posteridad y á la Francia dos siglos de prosperidad (45)..

Carlos II rey de Inglaterra, decia continuamente, á la época de la restauracion, que era su intento imitar la clemencia de Henrique IV su abuelo materno, y dejó que su parlamento pusiese límites á la amnistía. Las dos cámaras obraron en esta parte con igual prudencia que los parla★ Vid. sup. al fin del cap VIII.

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mentos de Francia. Los principales reos pagaron sus delitos con la vida; y á aquellos de cuya conducta se podia recelar algun mal efecto, se les privó que pudiesen ejercer su perverso influjo. Una decision del parlamento declaró incapaces de ser elegidos miembros de la cámara de los comunes, y de ocupar cualquier otro oficio ú empleo público, á todos aquellos que, habiendo sido jueces en algunos de los tribunales erigidos durante la usurpacion, hubiesen pronunciado alguna sentencia de muerte.

Los efectos de estas dos restauraciones fueron muy duraderos; la Francia celebró hasta en 1789 el dia aniversario de la sumision de Paris á Henrique IV; y en Inglaterra aun se celebra anualmente el dia en que se hace memoria de la entrada de Carlos II. Mas en el siglo décimo octavo una nueva filosofía ha atacado los principios fundamentales de todas las sociedades. El sofisma que coloca la soberanía en lo que se ha llamado pueblo, introducida por los calvinistas, desechado por las demas sectas protestantes que han conservado el episcopado, ha sido admitido necesariamente por los nuevos filósofos que han combatido todos los dogmas de la religion revelada, y que por fin han parado á profesar el ateismo. No se puede negar que desde el reinado de Frederico II, que duró cerca de un medio siglo, con tanto esplendor y ejerciendo un influjo tan grande, esta filosofía no haya dominado en los consejos de casi todos los soberanos de Europa. Los ministros y hasta los mismos reyes no tenian la fe del principio de su poder; y este era el estado de la Europa cuando estalló la revolucion francesa. Mal combatida esta por los soberanos, estendió sus estragos desde Cadiz á Moscou; y cuando, al cabo de veinte años, ha sido rendida por la fuerza de las armas, los soberanos la han tratada con respeto, y han transigido con sus gefes.

* Rapin Thoiras, año 1660.

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