Colección legislativa de España: (Continuación de la Colección de decretos), Volumen64

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Imprenta nacional, 1855
 

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Pasajes populares

Página 205 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 435 - N. (el nombre del Rey) por la gracia de Dios y por la Constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas...
Página 443 - Rey) por la gracia de Dios y por la Constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Cortes han decretado y Nos...
Página 460 - Doña Isabel II , por la gracia de Dios y la Constitución de la monarquía española, Reina de las Españas: á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 1.°...
Página 370 - Art. 23. El efecto de una sentencia que concede amparo es: que se restituyan las cosas al estado que guardaban antes de violarse la Constitución.
Página 148 - Si dentro del mes de iniciado el juicio sucesorio no se presentaren descendientes, cónyuge, ascendientes, concubina o colaterales dentro del cuarto grado, el juez mandará fijar edictos en los sitios públicos de la manera y por el término expresados en el artículo 807, anunciando la muerte intestada de la persona de cuya sucesión se trate y llamando a los que se crean con derecho a la herencia.
Página 188 - Los alimentos comprenden: la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad. Respecto de los menores, los alimentos comprenden, además los gastos necesarios para la educación primaria del alimentista y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales.
Página 371 - En consecuencia, no podrán alegarse por otros como ejecutorias para dejar de cumplir las leyes ó providencias que las motivaren.
Página 203 - Los tutores y curadores no pueden ser removidos ni excusarse por un acto de jurisdicción voluntaria, aun cuando sea á solicitud de los menores. Para decretar su separación después de discernido el cargo, es indispensable oírlos y vencerlos en juicio.
Página 199 - Cuenca Gerona Granada Guadalajara... Guipúzcoa Huelva Huesca Jaén León Lérida Logroño Lugo Madrid Málaga Murcia Navarra Orense Oviedo Falencia Palmas (Las). Pontevedra . . . Salamanca .... Santa Cruz de Tenerife Santander Segovia Sevilla Soria Tarragona...

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