Curso de derecho constitucional nicaragüense

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Tip. Nacional, 1899 - 545 páginas
 

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Pasajes populares

Página 13 - ... de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el 'Reglamento de debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones.
Página 13 - Todo proyecto de ley o decreto que fuere desechado en la Cámara de su origen, no podrá volver a presentarse en las sesiones del año.
Página 470 - Las declaraciones, derechos y garantías que enumera la Constitución, no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enumerados; pero que nacen del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno.
Página 410 - Todo poder público emana del pueblo. Los funcionarios del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley.
Página 402 - A los Tribunales y Juzgados pertenece exclusivamente la potestad de aplicar las leyes en los juicios civiles y criminales; sin que puedan ejercer otras funciones que las de juzgar y hacer que se ejecute lo juzgado.
Página 276 - Art. 145. — Todo acusado queda suspenso en el acto de declararse que ha lugar a la formación de causa, depuesto, siempre que resulte reo, e inhabilitado para todo cargo público, si la causa diere mérito según la ley. En lo demás a que hubiere lugar se sujetarán al orden y tribunales comunes.
Página 411 - Los hispanoamericanos que tengan un año de residencia en el país y que manifiesten su deseo de naturalizarse en él, ante la autoridad respectiva.
Página 247 - Todo hombre es libre en la República. No puede ser esclavo el que se acoja a sus leyes, ni ciudadano el que trafique en esclavos.
Página 250 - Art. 26. Las acusaciones sobre fuerza, cohecho o soborno en los sufragantes, hechas en el acto de la elección, serán determinadas por el directorio con cuatro hombres buenos nombrados entre los ciudadanos presentes por el acusador y el...
Página 259 - Fijar los gastos de la administración general. 7. Decretar y designar rentas generales para cubrirlos; y no siendo bastantes, señalar el cupo correspondiente a cada estado según su población y riqueza. 8.

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