Código penal del estado libre y soberano de Chihuahua

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Impr. del gobierno, 1897 - 208 páginas
 

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Pasajes populares

Página 43 - En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía y aun por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
Página 187 - Son reos de rebelión los que se alzan públicamente y en abierta hostilidad : Fracción IV.
Página 10 - Ejecutar un hecho que no es criminal sino por circunstancias particulares del ofendido, si el acusado las ignoraba inculpablemente al tiempo de obrar. Si dichas circunstancias no constituyen la criminalidad del hecho y solamente lo agravan, no es imputable al reo ese aumento de gravedad.
Página 153 - El que sin hallarse competentemente autorizado elaborare sustancias nocivas á la salud, ó productos químicos que puedan causar grandes estragos para expenderlos, ó los despachare, ó vendiere ó comerciare con ellos, será castigado con las penas de arresto mayor y multa de 250 á 2.500 pesetas.
Página 178 - Comete el delito de peculado: toda persona encargada de un servicio público, aunque sea en comisión por tiempo limitado y no tenga el carácter de funcionario, que para usos privados, propios...
Página 75 - En todo caso de robo en que deba aplicarse una pena más grave que la de arresto mayor, además de ella se impondrá al reo la de inhabilitación para toda clase de honores, cargos y empleos públicos; y si...
Página 186 - El abogado que aconseje, dirija ó ayude á los dos contendientes, á la vez ó sucesivamente, en un mismo negocio, ó que patrocine, aconseje, dirija ó ayude á uno de ellos después de haberse encargado de la defensa del otro y de imponerse de sus pruebas, será castigado con la pena de suspensión de tres meses á un año y multa de 300 á 1,000 pesos.
Página 126 - No se podrá proceder contra el autor de una injuria, difamación o calumnia, sino por queja de la persona ofendida, excepto en los casos siguientes: I.
Página 77 - Código civil; ó si antes de que dicho término espire, se la reclamare el que tenga derecho de hacerlo y le negare tenerla; III. Cuando el que halle en lugar público una cosa que no tiene dueño, no la presente á la autoridad de que habla la fracción anterior.
Página 125 - Al acusado de difamación no se le admitirá prueba alguna para acreditar la verdad de su imputación, sino en dos casos: I.

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