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1216 firmado por Rodrigo. (1) Añádase que era moralmente imposible que D. Rodrigo dejara en esa fecha a España, por la revuelta de los Laras. Como el Arzobispo no tenía tiempo de hacer el viaje a Roma por estas causas y fechas incompatibles, síguese que no asistió al Concilio ecuménico de Letrán. (2)

Al parecer, con la mayor buena fe del mundo el P. Fita ha prohijado y propuesto lo dicho como un alcázar inexpugnable de erudición y crítica. Ha construído su argumentación, siguiendo fielmente las normas que siguieron sus predecesores y todavía siguen en España los investigadores de los estudios históricos, sin titubear un momento y sin advertir los errores, a que ha dado origen y dará en adelante, sino se rectifica. Es asombroso que a la altura a que han llegado los estudios no se hayan suscitado ni siquiera dudas y desconfianzas, ni a nadie se le haya ocurrido la idea de hacer un estudio preliminar acerca de un punto capitalísimo para la historia española en la edad media. Capitalísimo es para la que estamos escribiendo, como pronto lo verá el lector, y sin su conocimiento y solución, quedamos en el caos y en contradicciones insolubles. Sin salir de los límites de nuestro asunto, dilucidaremos el problema que hemos tenido que plantear nosotros mismos.

Se habrá visto que el P. Fita tiene por cierto que las firmas de los diplomas reales son guía segura para determinar el itinerario de los firmantes. La simultaneidad de la presencia del firmante en el día y lugar, en que se expide el documento, es un principio inconcuso para él y para todos los investigadores antiguos y modernos, para conocer dónde está el sujeto, cuya firma se halla allí estampada, Recuérdese que en la edad media, en Castilla y León, firmaban por derecho propio todos los Obispos, expresando que eran electos, cuando no estaban consagrados, pero gobernaban la Sede. Por eso en todos los documentos reales aparece la lista de todos los Prelados, y rara vez falta alguno que otro. En los reinados de Alfonso VIII, Enrique I y San Fernando figuran fielmente las firmas de los Obispos, como lo he comprobado en los infinitos diplomas de esos Reyes, que se hallan en las obras manuscritas del P. Burriel, en su libro «Memorias para la vida de San Fernando,» en los magníficos Bularios de las Órdenes de Santiago y Calatrava, y en muchas Colecciones de diplomas de Iglesias y Monasterios y Abadías, desde Loperráez hasta el benemérito P. Luciano Serrano y además otros inéditos, que hemos examinado en varios Archivos. Pero la firma, que siempre está inmediatamente después de la del Rey, es la de D. Rodrigo, en los cuarenta años, que fué Arzobispo de Toledo. Como Canciller Mayor no podía faltar. Una que otra vez, de mil no llegan a cuatro, no aparece. Sospecho que es alguna omisión en la copia o traslado de los documentos; porque en los originales, que directamente he examinado no he hallado uno, en que faltara esa firma.

Esas columnas invariables de firmas de todos los Obispos del reino en todos los diplomas reales y en todos los puntos distintos del Reino, en que se halla el Rey, al expedir sus documentos de gobierno y gracias, indican un mal harto grave, si se admite la presencia efectiva de los sujetos que firman: indican que aquel episcopado era excesivamente andariego y cortesano. Y en verdad que era un vicio demasiado general, que la Iglesia trabajaba por extirparlo, en sus cánones.

No era fácil remediarlo a causa de la organización social de la época. Los Prelados de las Iglesias eran la clase más culta de la nación, los más ilustrados y solicitados consejos los suyos, y a la par, esos pastores de las almas eran Señores poderosos, que disponían de tierras y vasallos, al igual que los grandes magnates

(1) Historia General de España. Año 1216. (2) «Razón y Fe.» 1902: mayo. n.o 1. p. 54-56.

feudales, durante sus pontificados; pues la mayoría de las Diócesis poseía muchos Señoríos de villas y territorios. Por todo esto los Obispos tenían que hallarse frecuentemente en la Corte.

Con todo, una sencilla observación nos hace ver que esa invariable columna de firmas episcopales del Reino en todos los diplomas Reales no puede significar la presencia personal efectiva de cada firmante en el lugar y día, en que el soberano expide el documento. Porque eso envuelve una serie de absurdos inadmisibles. De significar eso se seguiría que los Prelados del Reino de Castilla siempre estaban en la Corte, sin separarse de ella en todos los movimientos por las diversas poblaciones y comarcas del Reino y en todas las expediciones bélicas; que, por lo mismo, jamás residían en sus Diócesis, por sus ministerios pastorales; que nunca emprendían viajes fuera de la Corte y de la nación, que duraran varios meses; que no había entre ellos ni ancianos imposibilitados por la enfermedad y otros achaques, ni impedidos por otras causas graves de las vicisitudes humanas. Pues los diplomas reales son frecuentes y se hallan expedidos en diversos puntos, hasta en los campamentos de guerra. Como esas consecuencias no son admisibles, es preciso deducir con certeza que las firmas no denuncian la presencia efectiva de los firmantes. Por lo tanto esa serie invariable de firmas se consignaba en los documentos para que no faltara ninguna de los que tenían derecho de firmar tales diplomas, y no puede servir para establecer la tesis de la presencia de los firmantes por el mero hecho de la firma en el diploma.

Pero he aquí otros argumentos concluyentes. En la carta del 12 de Agosto de 1216, arriba citada, los Reyes de León y Castilla dicen al Papa, que por los Obispos suyos, asistentes al Concilio de Letrán, se enteraron del decreto de paz, que dió aquel Sínodo y lo mismo se repite en la fórmula pacis de estos Reyes, inserta por Honorio III en la bula del 18 de Noviembre del mismo año. En la bula del 19 de Diciembre de 1216 vemos que el Obispo de Ávila acudía al dicho Concilio. Pero vimos también arriba como todos los Obispos castellanos, incluso el Abulense, firmaron los diplomas de Arévalo (29 Septiembre 1215) de Zorita (20 Diciembre 1215) y Uclés (29 del mismo). Se infiere de esto que las firmas citadas no prueban la presencia efectiva de los Obispos firmantes. El negarlo sería sostener que las aserciones de los Papas y Reyes en sus documentos no tienen valor alguno. Por otro lado el P. Fita admite que varios Prelados castellanos asistieron al citado Concilio, sin atender que en la carta de Zorita se hallan todas las firmas de todos los Obispos castellanos a continuación de la de D. Rodrigo. Luego por una inconsecuencia absurda deduce de ese documento que el Arzobispo de Toledo no estuvo en el famoso Sínodo.

Consta por una docena de bulas que van en el Apéndice, que desde mediados de 1217 hasta 1218 D. Rodrigo permaneció en Roma, por graves asuntos de su Iglesia, según lo referiremos; y no obstante en los documentos reales de Castilla de ese tiempo siempre aparece la firma de D. Rodrigo, conforme lo comprobará el lector leyendo las Memorias para la Vida de San Fernando, que sería absurdo aquí citar en particular. (1) Sobran estos datos para ver la inconsistencia de la teoría, hasta ahora mantenida, para sostener que D. Rodrigo no pudo asistir al Concilio Lateranense. La presencia de esas firmas no prueba necesariamente la presencia efectiva de los firmantes; prueba que tenían derecho de firmar, y por eso allí se estampaban las firmas. Desde luego creo firmemente, que estando en el Reino en la mayoría de los casos, D. Rodrigo suscribe los documentos reales per

(1) Los referentes a Enrique I en la página 252 adelante; las de San Fernando de 255 adelante.

sonalmente, como presente en el punto de la expedición; porque como consejero universal de los Reyes, como su Canciller Mayor y alma de todos los negocios, rarísima vez se separaba de la Corte de los Reyes. Por eso San Fernando decía en más de un documento que le acompañaba D. Rodrigo. Por ejemplo en el de 20 de Junio de 1239 decía: «Andando conmigo el Arzobispo D. Rodrigo de Toledo, el Obispo de Osma, mío Canciller, e el Obispo de Cuenca, D. Gonzalo Ibáñez, el Obispo de Córdoba, Maestre López (de Fitero) e Martín, Maestre de Calatrava...» (1) Pero ese mismo documento confirma lo susodicho. Porque el Rey cita sólo a esos cuatro Prelados, como acompañantes efectivos, y sin embargo, en la carta se hallan todas las firmas de todos los Obispos castellanos.

Me parece que lo dicho basta para que se vea clara la tesis. Se podría aquí reunir infinito número de argumentos semejantes, sacados de la vida de D. Rodrigo y de muchos Obispos coetáneos suyos, cuyas firmas aparecen en las cartas reales, estando ellos ausentes ya en Roma, ya en otros puntos; lo mismo de tiempos inmediatos, anteriores y posteriores. Mas esto sería aburrir repitiendo lo mismo.

Pero lo dicho sólo prueba que el valor de las firmas no anula lo que afirman las Actas en cuanto a la asistencia de los Obispos de Castilla al Concilio de Letrán; asistencia que confirma Honorio III respecto de algunos, e insinúa el Tudense, al decir en general, que acudieron de todo el orbe católico. Además Inocencio III mandaba que a lo más dos Obispos se quedaran en cada Archidiócesis. Demostremos ahora que uno de los concurrentes a ese Concilio fué D. Rodrigo.

Traduciré primero una bula, directamente copiada del Resgestum Vaticanum, (tom. IX. folio 200. recto. n. 813) porque arroja mucha luz y nos encarrila en la cuestión. Dice así: (2) Honorio, Obispo... a los Venerables Hermanos, Rodrigo, Arzobispo y Cabildo Toledano... Como tú, Hermano Arzobispo, trabajando en recabar para tí el derecho de la Primacía en los Reinos de España, hubieses entablado solemnemente el pleito acerca de esto, delante de nuestro predecesor, de feliz memoria, Inocencio Papa, con el Venerable Hermano S. (Esteban) Arzobispo de Braga, ventilada la causa largo tiempo ante nosotros, al fin os presentasteis en nuestra presencia tú y el mismo Arzobispo, y se renunció por las dos partes a las pruebas y alegaciones, rogándose con instancia de ambas partes, que pronunciáse.nos la sentencia definitiva. Mas nosotros, atendiendo a las circunstancias de los sucesos, oído el consejo de nuestros Hermanos, suspendiendo todo, juzgamos que al presente no se ha de pronunciar la sentencia. Hemos conservado en nuestro poder los documentos y las actas todas, encerrados bajo la protección de nuestra bula, a petición de las partes, y se los hemos entregado a las partes, también encerrados bajo la bula. Lo que se resolvió acerca de algunos puntos de los documentos fué por acuerdo de las dos partes; pues vieron por el examen de los mismos Registros, que lo omitido nada importaba a la causa. Dado en Letrán, 19 de Enero, año segundo de nuestro pontificado.» (3)

Hay más. Tenemos una bula de Inocencio III a todos los Prelados de España, inédita y desconocida hasta hoy, que se halla en el fol. 118 del Liver priv. en la

(1) Colmenares. Cap. 21. n. VIII. (2) Reconozco que la fuerza concluyente de la aserción no está en estas bulas: está en lo que sigue a ellas, las bulas nos orientan, nos ilustran y señalan el camino derecho de la verdad. Además son documentos importantes de la presente historia, que se deben conocer. (3) Después de adquirir esta bula, que no creía que se hallaba en España, la vi en el fol. 113 (foliación antigua; según la más moderna es 100) del Liber priv. II. Tiene media docena de ligeras variantes. Cuando la creía también inédita cayó en mis manos el Opúsculo: Estudios Históricos del P. Fita, y en sus páginas 31 y 32 la lei impresa: y al llegar a «prædecessore nostro» el docto jesuíta interroga así en nota. «¿En el Concilio 4.* (de Letrán) 11-30 nov. 1215?» Pero ¿cómo Fita no aludió a esto en sn estudio sobre Santiago? ¿Fué intencionado su silencio?

que dice: «Habiendo venido a Nos nuestro Venerable Hermano, Rodrigo, Arzobispo de Toledo, le recibimos benignamente, y examinados los privilegios de nuestros predecesores, le confirmamos la dignidad de Primado en todos los Reinos de España.» Luego les ordena que le obedezcan. (1) Fecha, 14 de Abril; se le olvidó al copista el trasladar el año. Creo que el año es 1210, y que dirigió Inocencio III ese · breve a todos los Prelados de España, después de confirmar, el 12 de Marzo anterior, sus derechos al mismo D. Rodrigo. Ahora bien, esto prueba que D. Rodrigo no planteó en este viaje del invierno de 1210 pleito alguno contra sus rivales. Lo hubiera indicado el Papa. Luego el pleito, en que contestó al Bracarense no es de esa fecha. Es que tampoco había tenido tiempo el Bracarense, para planteárselo para ese momento. Ni tampoco lo pudo plantear Rodrigo cuando pasó vertiginosamente por Roma hacia fines, de 1211, para reclamar las gracias de la Cruzada de las Navas de Tolosa. No era ocasión para eso. Por lo tanto, sólo queda el viaje de 1215, con ocasión del Concilio ecuménico, para que D. Rodrigo pudiese contestar solemnemente al pleito planteado por el Bracarense, ante el Papa, (coram prædecessore nostro) según dice Honorio III en la bula arriba traducida. Parece por lo mismo claro, que el Arzobispo de Toledo litigó la causa de la Primacía ante Inocencio III, en la coyuntura del Sínodo de Letrán y que no se resolvió: volvió a debatirse después de largo tiempo, hasta la época en que escribió Honorio III sin sentenciarse: y Honorio III tampoco la sentenció por razones que a su tiempo ve

remos.

Pero el argumento positivo terminante, que demuestra la asistencia de D. Rodrigo al Concilio cuarto de Letrán, en 1215, es el inopinado descubrimiento de A. Luchaire, historiador del Pontificado de Inocencio III. He aquí cómo cuenta el mismo descubridor la casualidad de su precioso hallazgo: «Durante la corta estancia en Zurich la casualidad nos ha hecho caer sobre un manuscrito, que contiene esta lista (de los Padres del Concilio lateranense cuarto) que se creía perdida. Pertenece a la Biblioteca cantonal, donde se conserva bajo la signatura C. 148.» (2) Dice Luchaire de ese manuscrito: «Se divide en tres partes; en las dos primeras hay copiadas varias piezas de poesías griegas; en la tercera se encuentra lo que nadie se imaginaría, la citada lista de los Padres asistentes al Sínodo ecuménico, que comienza en el folio 46, en letra fina, del estilo de la mitad del siglo XIII.» Están los Padres agrupados según el orden de las naciones, incluyendo bajo un número romano distinto los Prelados correspondientes a cada distinta nacionalidad. Todos los que pertenecen a la Península española se hallan enumerados en el número VIII, en el orden y forma, en que abajo lo traduzco rigurosamente del latín al castellano, para divulgar así los Padres españoles, que tomaron parte en el Concilio ecuménico más concurrido, que hasta hoy ha tenido la Iglesia Católica. Además interesa mucho a la historia general de la Iglesia tan precioso documento; porque hasta ahora se sabía por la relación de las Actas romanas del Concilio, que concurrieron una gran muchedumbre de Prelados y muchísimos seglares, invitados por el Papa, para tratar los asuntos de la Cruzada general, pero no se conocía de qué Sedes episcopales procedían los Obispos; por lo cual no pudieron publicar los grandes colectores de Concilios esa lista tan interesante. El Manuscrito recién hallado no pone los nombres de los Padres, sino los Obispa

(1) Ap. 27. (2) El erudito francés dió cuenta de su descubrimiento en la revista: Le Journal des savans. año 1905. p. 557-568 en un articulo titulado: Un document retrouvé: que reproduce integro la Histoire des Conciles... por 6 F. Hefelé. Nouvelle traduction. Tom. V. App. III. p. 1722-1733. Paris. 1913.

dos, de que proceden. En el número VIII pone de la siguiente manera los que asistieron de la Península ibérica:

«El Arzobispo de Toledo, el Conquense, el Segobiense, el Oxomense, el Segobricense. El Arzobispo Compostelano, el Salmanticense, el Egitarense, el Ulisiponense, el Civitatense, el Abulense. El Arzobispo Tarraconense, Gerundense, Barcinonense, Vicense, Urgelense, Calagurritano; El Arzobispo Bracarense, Asturicense, Mindonense, Auriense, Cohimbricense, Portuense. Advierte con razón Luchaire, que el Códice anuncia que concurrieron 412 Padres, pero que, enumerándolos, resultan 401. Son involuntarias omisiones del autor, o copista. El Tudense dice que asistieron 478 entre Primados, Arzobispos y Obispos. (1) Algunos rebajan el número, otros lo elevan. Indudablemente el de España hay que elevarlo, como se verá por lo que luego diremos. Según el Códice citado solo asistieron las dos terceras partes del episcopado peninsular; menos que los que asistieron al Concilio anterior lateranense, proporcionalmente hablando. Porque entre los trescientos Obispos del Concilio III lateranense hubo diez y nueve españoles, entre los cuales se hallaba Cerebruno de Toledo. De admitirse el falso modo de arguir de los que pretenden que D. Rodrigo no asistió al Concilio IV, de que hablamos, se seguiría que ningún Obispo de Castilla concurrió a ese Sínodo. Porque, según ya vió el lector más arriba, aparecen en los diplomas reales de la misma fecha. Pero no vale el argumento.

Es cuestión interesante en la historia eclesiástica española y tratada con detención particular por escritores de renombre, el determinar el cuadro de Prelados, que España tuvo en aquel célebre Concilio. Teniendo ante los ojos la base sólida que nos da Luchaire con su descubrimiento lo haremos aquí, para conocer punto tan importante. Villanueva publicó una lista en el tom. III de su Viaje Literario, tomándola del reputado crítico Juan Bautista Pérez, el cual a su vez dice, que la sacó del libro de los Privilegios de Toledo, siendo él Archivero de aquella Iglesia primada. He aquí esa lista: Pedro de Compostela, García de Cuenca, Gerardo de Segovia, Melendo de Osma, Juán de Calahorra, Juán de Oviedo, Martín de Ciudad Rodrigo, N. de Vich, procurador del Arzobispo de Tarragona, G. I (?) Arzobispo de Braga y otros, que Vicente de la Fuente acoge con un dicese. (2) Pero no se atrevió el docto Pérez a publicar todo lo que vió en el Archivo Toledano, en el Có. dice, llamado por él de privilegios, que de seguro era el que contenía las Actas, que refieren la asistencia de D. Rodrigo al expresado Concilio. Rugía entonces la indignación española contra los que atacaban la tradición del apostolado de Santiago en la Península, y en Roma se trabajaba para que en el Oficio Divino no prevaleciese la opinión de Baronio, que apoyado en las Actas editadas por Loaisa, se empeñaba en la reforma del Breviario. Obsesionaban a España las mentirosas invenciones del jesuita P. Higuera y los plomos vergonzosos del Sacro Monte de Granada, que repartían glorias religiosas, inventadas, a las provincias; por lo que, el sabio Obispo de Segorbe, el más sesudo y firme adalid de la verdad histórica, que no quemó un grano de incienso en los altares de los falsarios, y que aún inició la lucha prudente y tímida contra ellos, con todo tuvo que proceder con cautela, y se abstuvo de publicar toda la lista de los Prelados, que en el Códice encontró; en particular calló el de D. Rodrigo, que allí figuraba. Porque si lo publica, le aplas

(1) Faltan en el Códice de Zurich los Prelados de Burgos, Sigüenza, Palencia, Coria, León, Zamora, Lugo, Oviedo, Pamplona, Huesca, Zaragoza, Plasencia, Evora y Lamego. (2) Hist. Eccl. T. IV. Lib. IV. p. 324-325.

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