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Calles y Casas.

Medinas 21..

3,201, Avenida Poniente 8. Colonia de San Rafael

4,402 de la Avenida Poniente. 4 A. en la Colonia de San Rafael

Propietarios.

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Del menor Manuel Bulnes y Gámez. Media merced

Derivada de la concesión hecha á Eugenio de Sarabia, Secretario del Santo Oficio de la Inquisición, del remanente del agua de las casas de Alonso de Picazo, siendo la fecha del acuerdo que aprobó la concesión á favor de Sarabia la del 11 de Septiembre de 1643, concesión comprobada en 18 de Junio de 1674 á favor del Convento de Carmelitas descalzos, que pagaron una suma por la concesión. El agua de Sarabia fué dividida entre las casas 20 y 21 de la calle de Medinas, por acuerdo de Cabildo de 11 de Mayo de 1851. Sin perjuicio de tercero y del Ayuntamiento.

E. Tron, E. Garcin y L. Signoret... Media merced

Derivada de la concesión que se hizo á Martín de Lezama por la suma de quinientos pesos en 1692, y la cual merced se trasladó al terreno en que hoy está la Colonia de San Rafael, derivándose también la propiedad que se reconoce de la concesión que por una suma de dinero se hizo al Mayorazgo, fundado por Juan Cuevas, de cuatro mercedes, de las que tres fueron destinadas al terreno en que está la Colonia. Sin perjuicio de tercero y del Ayuntamiento. Las casas 3,201 y 4,402, citadas pagarán uso de cañerías, desde 11 de Marzo de 1892, fecha del acuerdo en que se aprobó la división de estas mercedes.

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Octubre 8 de 1897.

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Cantidad de agua reconocida.

de Lezama por la suma de quinientos pesos,
en 1692, y la cual merced se trasladó al terre-
no en que hoy está la Colonia de San Rafael,
derivándose también la propiedad que se re-
conoce de la concesión que por una suma de
dinero se hizo al Mayorazgo fundado por Juan
Cuevas, de cuatro mercedes, de las que tres
fueron destinadas al terreno en que está la Co-
lonia. Sin perjuicio de tercero y del Ayunta-
miento.

La Administración de Rentas cobrará á la Co-
lonia, el impuesto de uso de cañerías desde 19
de Julio de 1890, por media merced, por estar
disfrutando la Colonia de sus tomas.
Media merced
Derivada de la concesión que por acuerdo de 23
de Mayo de 1701, se hizo á esta casa del re-
manente del agua concedida á la casa del Es-
tado y Marquesado del Valle. Sin perjuicio de
tercero y de los derechos del Ayuntamiento.

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MÉXICO, 31 de Diciembre de 1897.

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