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ESCUDO QUE USA ACTUALMENTE EL AYUNTAMIENTO DE MEXICO. Memoria del Ayuntamiento de Mexico en 1897.

dara destruir. Previa la resolución de 23 de Marzo de este año, aprobando el Ayuntamiento el dictamen del Síndico 2o, que sostiene que la capilla es de propiedad mu nicipal por haberse vendido por el Gobierno con la plazuela á los Sres. Castillo Velasco y C.a en 5 de Diciembre de 1867, como bienes nacionalizados que pertenecientes al convento de la Concepción y haberlos adquirido el Ayuntamiento, la Comisión de Obras Públicas presentó un dictamen que fué aprobado en 11 de Mayo de 1897.

En este dictamen sostiene la Comisión que la capilla del centro de la plazuela no fué levantada en el sitio en donde fué presentado á Cortés el emperador Cuauhtemoc, que había sido apresado por los españoles, pues resulta evidente que la capilla conmemorativa de la presentación de Cuauhtemoc á Cortés fué la que, llamada de Santa Lucía y ubicada en la manzana núm. 70 del cuartel mayor núm. 3, se derribó recientemente.

Dice el dictamen que la capilla no fué el primer templo levantado al culto católico en México, pues que según el parecer del Sr. Icazbalceta, la primera capilla fué la de los Franciscanos, que hoy está dedicada al Corazón de Jesús; y agrega, que lo más probable es que la capilla de que aquí se habla haya sido levantada en 1530 para servirse de ella mientras se terminaba el templo de la Concepción, de mayor importancia; sosteniendo que debe conservarse el edificio tal como se encuentra porque muy pocas construcciones se conservan de tal antigüedad.

Consultó y aprobó el Cabildo, como antes se dice, que no era de accederse al derrumbamiento de la capilla, y que se nombrara una comisión especial que proponga el destino que haya de darse á dicha capilla y que haga las averiguaciones sobre el lugar en que estuvo situada la de Santa Lucía, á fin de colocar una placa conme

morativa que recuerde la aprehensión del último emperador azteca.

Ya se verá la importancia de este documento, que figura bajo el núm. 3 entre los anexos de esta Memoria.

Me parece oportuno recordar que el Sr. Lic. Alfredo Chavero, orador oficial que fué el 21 de Agosto de 1887 al descubrirse é inaugurarse el monumento de Cuauhtemoc en la Calzada de la Reforma, dijo en su oración: que el 13 de Agosto de 1521, aprehendido Cuauhtemoc por García Olguín, que perseguía su canoa, fué llevado á presencia de Cortés, quien estaba en Amaxac en la casa de Aztacoatzin, la cual se hallaba, según la tradición, en el lugar que ahora ocupa la pequeña capilla de la Plazuela de la Concepción.

En sesión de 24 de Septiembre se nombraron en comisión á los CC. Plowes, Garza y Ramírez para que consulten el destino que haya de darse á la capilla y para la erección de un jardín en la plazuela; encargándose, como lo acordó el Cabildo, de averiguar el sitio en que estuvo la capilla de Santa Lucía, con el fin de colocar una placa conmemorativa de la aprehensión del último emperador azteca.

6.--He aquí la noticia de los asuntos judiciales del Ayuntamiento. No hay necesidad de referir las veces que fué designado alguno de los síndicos en asuntos relativos á posesión judicial de terrenos ó fincas en los cuales la ciudad tiene interés indirecto por servir de límite la vía pública. Se designó al Síndico 1o, Lic. Fernando Vega, en 2 de Julio, para que promoviera judicialmente la expropiación por causa de utilidad pública del terreno en el callejón de Artesanos, de propiedad particular, necesario para la prolongación de la calle de Necatitlán, hacia el Sur.

En 8 de Junio se facultó al Síndico 1o para promover la expropiación de las casas núm. 35 y medio del calle

jón de Pacheco y núm. 1,214 del callejón de San Ciprián, como lo solicitó la Junta del Saneamiento, á fin de prolongar la Avenida 12 y construir el colector núm. 2 según el proyecto que se ha comenzado á ejecutar.

En 20 de Agosto fué también facultado el Síndico 1o para promover la expropiación de la casa núm. 3 del callejón de Urueña, con igual fin que la anterior.

Terminó este año una cuestión judicial promovida algunos años há por el Coronel Miguel Mateos, proveniente de una denuncia que este señor hizo de dos terrenos que hacían esquina con la calle de Patoni y paseo de Bucareli, de los cuales se le mandó adjudicar uno por acuerdo de Cabildo de 13 de Enero de 1882, quedando pendiente la resolución respecto del otro terreno por las oposiciones hechas á la denuncia; no habiendo tenido efecto el citado acuerdo por haber resuelto el Ayuntamiento ceder gratuitamente el mencionado terreno á los Sres. Agustín del Río y Cástulo Zenteno en 14 de Julio del mismo año. La cuestión judicial terminó por transacción ajustada el 28 de Enero de este año de 1897 entre la Comisión de Hacienda y el Sr. Mateos, aprobada por el Ayuntamiento en sesión de 2 de Febrero y en 9 del mismo por el Gobierno del Distrito. Por esta transacción el Ayuntamiento entregó al Sr. Mateos cuatrocientos pesos, y este señor se dió por indemnizado de todo derecho que pudiera tener contra la Corporación Municipal por el citado acuerdo de 13 de Enero de 1882, reconoció como válida la donación hecha á los Sres. Centeno y del Río, y se obligó á denunciar este arreglo al C. Juez 3o de lo Civil, ante el cual estaban radicados los autos de que se viene hablando, desistiéndose de la demanda deducida.

De los tres asuntos judiciales pendientes del año de 96 y que se detallan en la Memoria, nada se ha informado al Ayuntamiento, ni sobre la demanda contra el Te

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