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para la enseñanza de las primeras letras y la música» (1). Lo mismo en sustancia escribía el P. Cantón a Roma el 7 de Julio de 1819 (2). Es decir, que se hizo pasar el colegio y sus bienes, no como propios de la Compañía, sino como institución independiente encomendada a su gobierno y administración; y el Virrey, don Antonio Bucareli, escribía al Ministro de Indias, que la junta municipal lo había demostrado con razones claras y con documentos auténticos» (3). Adviértase que, según se lee en ese documento, hasta su fecha, Junio de 1779, nada se había hecho todavía; es decir, que la labor de la Compañía con los indios en aquel colegio y su iglesia llevaba doce años sin haber sido sustituída con otra. Por Dávila pudiera entenderse que lo había sido en 1775 (4). No hemos podido poner en claro si al hacerse ahora nuevamente cargo de él nuestros Padres, fué en la forma real antigua o en la figurada por Gamboa; pues no lo hallamos consignado expresamente, y los meros indicios que dan algunas expresiones no son claros y parecen contradictorios.

El edificio ahora se hallaba ruinoso; tanto que había sido necesario desalojarlo, trasladándose todos sus habitantes a una casa alquilada (5). En su gobierno, al pronto apenas se hizo mudanza; pues como ahora no había entre nuestros Padres quienes supieran la lengua de los indios; aunque dejó su cargo el rector seglar que hasta entonces lo había tenido, quedando con una parte del sueldo, continuaron con los suyos los otros cuatro sacerdotes, que a la sazón había en él. No eran, sin embargo, de tanta necesidad ahora como antiguamente tales lenguaraces, porque, como escribía el P. Cantón, todos los indios comarcanos hablaban ya nuestra lengua (6).

Otro edificio fué entregado a la Compañía el 26 de Agosto: el ocupado por el Colegio Máximo de San Pedro y San Pablo al tiempo de la expulsión (7). La iglesia de este colegio fué entonces

(1) II, c. X, p. 295.

(2) Carta original en nuestro poder.

(3) Archivo de Indias, 155-4-4. Original, de 27 de Junio de 1779.

(4) II, c. V, p. 134.

(5) Dávila, II, c. X, p. 295.

(6) Carta últimamente citada.

(7) Puede crear confusión el nombre de San Pedro y San Pablo, por llevarlo este colegio y haber otro con el de San Pedro y San Pablo y San Ildefonso, que de ordinario se llamaba simplemente de San Ildefonso, por breve

destinada a parroquia; pero nunca llegó a serlo. Del colegio mismo se hicieron tres partes. La contigua al de San Gregorio, para ampliación de éste en su nuevo destino frustrado de seminario de indios; la del extremo opuesto, inmediata a la iglesia, para vivienda del cura y coadjutores; la intermedia quedó reservada a disposición del Gobierno, que después puso allí el Monte de Piedad, y en la que había de haber sido casa cural, y no lo fué por no haberse hecho de la iglesia parroquia, todas las oficinas y dependencias formadas para el manejo de nuestras cosas. De lo cedido a San Gregorio no sabemos qué se hizo.

Al tiempo del restablecimiento sólo se dice que una parte del colegio era cuartel y otra mayor Monte Pio; y tal como estaba fué entregado a la Compañla, que para habitarlo había de esperar el traslado de tropa y oficinas a otros locales. Nada se hacía para disponerlos; y el P. Castañiza, que tenía empeño en separar el noviciado del colegio de San Ildefonso, y colocarlo en casa aparte, hizo habilitar cuartel a su costa; y pasada alli la tropa, recogió las llaves de aquella parte del colegio el día 11 de Noviembre. También las de su iglesia se le entregaron aquel día; pero por haber servido de cementerio a la parroquia de la Catedral, estar sin altares y maltratada la fábrica, no pudieron usar de ella los Padres para sus ministerios (1), sino de la de Loreto, que estaba contigua y de que vamos a hablar ahora. De la huerta unida de ambos colegios, San Pedro y San Pablo y San Gregorio, no tomaron posesión hasta el 8 de Febrero de 1817; y de poco les sirvió, porque había en ella una fundición de cañones, y no pudieron conseguir que el nuevo Virrey, D. Juan Ruiz de Apodaca, la hiciera trasladar a otra parte (2).

La iglesia de Loreto acababa de ser edificada a costa del difunto Señor Marqués de Castañiza, y principalmente de sus hijos, los Condes de Basoco, en el lugar que ocupó la del mismo titulo, propia del colegio de San Gregorio, arruinada años atrás; y la Condesa viuda, D.a María Teresa Castañiza, la entregó solemnemente a la restablecida Compañía. El 28 de Agosto la consa

dad, y acaso también por ser al que se unió en 1618 otro seminario o colegio de internos, que ya existia con el nombre de ambos Santos Apóstoles, quedando de los dos hecho uno solo, y desapareciendo así en cierto modo el de San Pedro y San Pablo. Véase al P. Alegre, t. II, p. 95 y siguientes. (1) En el Catálogo de 1820 se advierte así expresamente.

(2) Dávila, II, c. VII, pp. 191-193.

gró el señor Obispo, su hermano; el 29 celebró su dedicación con solemne misa pontifical, a que asistió el Virrey, la Audiencia y la Ciudad, y aquel mismo día, con poderes de su hermana, hizo entrega formal de ella al P. Castañiza (1). Inmediatamente se dió principio en ella a los ministerios con la novena a la Virgen, que terminó el día de su Natividad (2).

5. De los tres Padres que acababan de dar principio a la restauración de la provincia, fallecieron los dos en menos de un mes: el 26 de Octubre el P. Barroso, y el 24 de Noviembre el Padre Castañiza. Quedóse solo el P. Cantón.

Del P. Castañiza conserva la provincia de Méjico agradecida memoria, como de padre y restaurador principalísimo suyo. Hacíanle acreedor al respeto y veneración de todos, más que la nobleza del linaje, la virtud y ánimo generoso con que renunció al titulo y ventajas que le ofrecía su condición de primogénito del Marqués de Castañiza; la largueza con que dispensó en el culto divino, en los pobres y en los que un día fueron sus hermanos de religión, el no corto caudal que de sus padres recibió en el destierro, y la conducta religiosa y edificante que observó en Italia, en España y en Méjico en su vida de sacerdote secular. Al hacer de nuevo la renuncia de sus bienes para la profesión de cuatro votos, destinó la mayor parte de su capital a la Compañía; y eso, con las limosnas de sus hermanos, el Marqués, Obispo de Durango, y la condesa de Basoco, fué lo que principalmente sirvió para instalar el noviciado, primero en San Ildefonso y después en San Pedro y San Pablo, como luego diremos, y para sustentar los novicios. Mayor servicio todavía hizo a la provincia por su propia persona, primero en la negociación misma del restablecimiento con las autoridades civiles y eclesiásticas, y después con las fatigas de la instalación de la comunidad y con su gobierno en aquellos primeros meses; que en tales principios todo hubo de ser trabajoso y de importancia para adelante (3).

(1) Dávila y Decorme ponen la entrega el día 26; pero el Apéndice a la Relación, escrito no mucho después, la pone el mismo día 29 en que se celebró la misa pontifical.

(2) Relación, Dávila y Decorme.

(3) No sabemos qué facultades se le concedieron de Roma en los princi pios para el gobierno, las cuales pedía por carta de 27 de Julio de 1816 le consignara el P. Vicario en documento auténtico en la forma acostumbrada. Para entonces le estaba ya expedida la patente de Provincial con fecha de 19 de

Juntemos aquí con esta pérdida, aunque el tiempo las separa casi un año, otra de no poca importancia también para la renaciente provincia: la de la hermana del P. Castañiza, que falleció a 3 de Noviembre de 1817. Ya queda indicado que, además de entregar a la Compañía la iglesia de Loreto, contribuyó largamente con su hermano ei Obispo a sufragar los muchos gastos, que ocasionó el restablecimiento en el arreglo de los edificios y sustento de los sujetos. En su testamento dejaba dispuesta la fundación de un colegio y otras obras pías, todas o como propias de la Compañía o encomendadas a ella, dejando así en sus manos todo el caudal hereditario, evaluado en tres millones de pesos nominales, comprendida la gruesa suma que del suyo al profesar, renunció en ella el P. Castañiza como fiduciaria, para que lo tuviese a disposición de nuestros superiores. Como los herederos ab intestato de la Condesa consiguieron malamente en 1829 que se

Mayo, el mismo día del restablecimiento solemne (Decorme, 1. I, c. IV, p. 102, nota), pero hasta recibirla, no parece que tuvo el cargo de Superior sino como más antiguo, conforme al Instituto, decreto nono de la congregación diecisiete, y por nombramiento o confirmación dada por el Illmo. Señor Arzobispo. He aqui los pasos oficiales, que conocemos dados en este asunto. La Audiencia, examinado el Instituto de la Compañía, expone al Virrey: que en orden a las facultades, jurisdicción y gobierno que deben tener, se hallan los nominados Padres en el caso de la decisión nona de la congregación diecisiete, a que por ahora deberán arreglarse, y en que se previene «que si alguna vez sucediere, por cualquier causa que sea, que no quede en algún colegio o casa superior señalado; la jurisdicción de él, a saber, lo espiritual y perteneciente a la disciplina doméstica exterior y no a negocios graves o a otorgamiento de escrituras, recaiga en el sacerdote más antiguo, regulando la antigüedad por el ingreso en la religión». El Virrey, comunicando al Arzobispo su decreto de restablecimiento y encargándole la parte que le corresponde, añade ya que recae el gobierno de la religión en el P. Castañiza, a quien corresponde co mo más antiguo, según la decisión nona de la congregación diecisiete del Instituto de la Compañía». El P. Castañiza, en oficio dirigido también al Arzobispo, le decía: «Aunque el Real Acuerdo dió su voto con arreglo al Instituto, y conformándose con él S. E., ha determinado reponer la Compañía de Jesús en este reino el 19 de éste; desearía que V. S. I. se dignase autorizarla, nombrando superior y todo lo demás que convenga, usando de su autoridad episcopal y la de Delegado Apostólico, que le concede el sacrosanto concilio de Trento en algunos casos sobre los regulares, particularmente sobre los que se hallan dispersos y en lugares donde no hay convento y superiores de ellos, como es el nuestro; con lo que esta nueva reposición de la Compañía, su superiorato y gobierno tendrá mucha mayor autenticidad y lustre. El Señor Arzobispo, repitiendo a la letra esas consideraciones «y aten diendo también, añade por su cuenta, a las circunstancias personales del

anulara su testamento; no sabemos si la provincia mejicana llegó a percibir algo de lo que ambos hermanos dejaron para ella (1).

Al morir el P. Castañiza dejó nombrado superior, creemos que con carácter de Viceprovincial, al único que quedaba de los antiguos: al P. Cantón. Luego le enviaron la patente de Provincial, el P. Perelli como Vicario, y el P. Zúñiga como Comisario general de España en Indias, extendiéndole la autoridad este último a toda la América española (2).

Embarazosa era para cualquiera, y más para un hombre septuagenario y de salud averiada, aquella situación, en la cual había de tomar para sí trabajo superior a sus fuerzas, con el fin de que los novicios se ocuparan lo menos posible en cosas impropias del noviciado, y, sin embargo, tenía que ocuparlos en muchas: en el colegio, en cargos secundarios del mismo noviciado, en los ministerios, en el manejo de la poca hacienda que se recobró. Aun el gobierno del noviciado dice Dávila que lo encomendó al P. Ignacio Maria Lerdo, poco después de empezar a ser

P. José Maria Castañiza... por lo que a Nos toca, le confirmamos en el gobierno de la religión, que según el Excmo. Señor Virrey nos dice, debe por más antiguo recaer en él» (Dávila, II, c. VI, pp. 175 y siguientes). Podria dudarse si era este el caso previsto por el Tridentino, de religiosos que viven fuera de sus conventos; o si más bien era el de comunidad pequeña (tres la iban a dar principio), también sujeta al Ordinario por constituciones pontificias (Inoc. X, constitut. Un in parvis, de 19 de Febrero de 1654; Inoc. XII, constitut. Nuper, de 23 de Diciembre de 1697). Sólo que en éste la autoridad del Obispo no se extiende a nombrar superiores (Declaración de la constitución Un in parvis, dada en 17 de Julio de 1655). ¿Cómo se entendió ser el más antiguo el P. Castañiza, habiendo entrado en la Compañía el P. Barroso casi año y medio antes? ¿Se atendió tal vez a la segunda entrada o reincorporación de cada uno en la Compañía restablecida, que no sabemos cómo ni cuando fué? ¿O a que el P. Barroso no estaba en disposición de gobernar? Por sus achaques se dice que no pudo ir de San Ildefonso, donde ya vivía, al palacio arzobispal, para hacer con los otros dos Padres la entrada solemne en el colegio, según dijimos arriba, llevados en su coche por el Señor Arzobispo. Dávila pone la mayor antigüedad en que el P. Castañiza tenia hecha la profesión de tres votos al tiempo de la extinción y los otros no. Pero el punto de partida es la entrada en la orden y no la profesión. No sabemos lo que hubo en el caso.

(1) Dávila habla largamente de este asunto, II, c. VII, pp. 199-200, y algo el P. Cantón en cartas a los PP. Arrieta y Serrato de 2 de Septiembre y 30 de Diciembre de 1818; 6 y 12 de Enero de 1819, originales o copias en Prov. Mexicana.

(2) Borrador de letra del P. Silva, y lleva la fecha de 10 de Noviembre de 1817.

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