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cimiento del colegio, pasando el Seminario al monasterio de Junqueras, entonces deshabitado, o a otro edificio que fuera de su soberano agrado (1). Pasado el memorial al P. Cordón, se mostró dispuesto a enviar sujetos tan pronto como se le hiciera entrega del antiguo colegio, su iglesia, librería y demás enseres, y de los bienes necesarios para sostener la fundación (2). Como esto no podría hacerse en mucho tiempo o nunca, el Provincial no tuvo dificultad en aceptarla con esas condiciones, aunque entonces no contaba con personal disponible. Se pidió informe al Obispo, que lo dió contrario, como antes; y el oficial de la Secretaría de Gracia y Justicia, que corria con esto, dijo estar fundado en resoluciones de S. M.; y que, por tanto, debería ser la de ahora conforme con él, como lo fué (3). Ni con esto desistió de su idea el Ayun tamiento; y enterado de que el Provincial de los escolapios había pedido el edificio de Junqueras para trasladar a él su colegio de Barcelona, acude por su parte de nuevo al Rey en 1.o de Noviembre de 1828 pidiéndolo interinamente para la Compañía, en caso de no podérsele devolver el antiguo suyo: así habrá un colegio más y con enseñanza superior (4). A 25 del mismo mes nueva representación pidiendo al Rey y al Provincial, no simple colegio, sino seminario como los de Madrid y Valencia y el de Cordelles, que allí hubo antiguamente con tan gran fruto: en Junqueras estaría muy bien (5). Apoyaba esta pretensión el Conde de España, Capitán general de Barcelona, y parece que también la Audiencia de que era Presidente. Pasó el asunto al Consejo Real, tanto sobre escolapios como sobre jesuítas; pero el monasterio de Junqueras reclamó el Consejo de Órdenes para que no fuera aplicado

(1) Archivo del Ayuntamiento, Consultas y oficios remitidos, fol. 575. La fecha del 11 alli puesta es falsa; o lo es la del 12 dada al acuerdo en el libro correspondiente.

(2) El P. Cordón al P. General, 11 de Febrero de 1828; original en Cast. I. Alcalá, M. F., 2.466. Extractos, notas y resoluciones en este expediente.

(3) Alcalá, lugar citado. Archivo del Ministerio de Gracia y Justicia, Ordenes de Madrid, n. 256, fol. 188, a D. Francisco Marin, 20 de Abril de 1828; y Ordenes de fuera, n. 424, fol. 55, al Obispo de Barcelona, con la misma fecha. En ambas órdenes se dice con error manifiesto que el Ayuntamiento había pedido para la Compañía el monasterio. No lo había pedido sino para el Seminario conciliar. Más tarde ya fué otra cosa.

(4) Archivo del Ayuntamiento, Consultas y oficios remitidos en 1828, folio 393.-Alcalá, lugar citado.

(5) Ibid., fol. 414. - Alcalá, lugar citado.

a otro destino que el suyo natural y propio; y no habiendo disponible otro edificio a propósito, ni pudiéndose desatender las instancias de las principales autoridades de la ciudad sobre la necesidad de colegio de la Compañía, lo propuesto por el Consejo y resuelto por el Rey fué, como en Agosto de 1816, que se la devolviese la iglesia de Belén con sus ornamentos, enseres y las casas contiguas a ella, y que interinamente se acomodaran los Padres en la parte del colegio que el Seminario no necesitara, con la añadidura que expresan estas palabras de la Real orden, dirigida al Capitán general: «Asimismo, quiere S. M. que V. E. practique desde luego con el Reverendo Obispo de esa diócesis los oficios de conciliación, que estime oportunos, para superar los obstáculos que puedan ofrecerse en el logro de sus piadosos Reales deseos por el restablecimiento en Barcelona del colegio de la Compañía de Jesús y Seminario para la nobleza y familias honradas... encargándose además V. E. de meditar y proponer el temperamento que estime para terminar este asunto de una manera estable y libre de ulteriores contestaciones» (1).

En Madrid parece que había trabajado el P. Sebastián Sancho, Procurador de Provincia, para la expedición de esta Real orden, que, como se ve, trata de colegio y seminario, o sea de colegio para internos y externos, pero no determina dónde y cómo ponerlo. Había noticias de que el Obispo entonces, por no estar satisfecho del suyo, se prestaría a un acomodo aceptable para la Compañía, dándola el edificio del colegio y proveyendo de enseñanza y habitación a los pocos seminaristas que había, o allí mismo, bajo nuestra dirección, o en otra parte. Aumentaba la esperanza decirse que también el Secretario y el provisor del Obispo, antes adversos, ahora se mostraban favorables (2). Los primeros días de Junio de 1830 llegó a Barcelona volviendo de visitar el colegio de Mallorca, el P. Puyal; y empezando a tratar del asunto, luego descubrió que no había en Obispo, Provisor y Secretario la buena disposición que se había creido. No parece que hubo grande dificultad en entregarle la iglesia y la casa contigua, de que tomó posesión jurídica la vispera del Corpus, 9 de Junio, y

(1) Calomarde al Capitán General, 17 de Abril de 1830. Archivo del Ministerio de Gracía y Justicia; Ordenes de fuera, n. 0.427, fol. 129.—Alcalá, lugar citado.

(2) Cartas del P. Puyal, Barcelona 24 de Junio de 1830, y del P. Frías, Aranjuez 1 de Mayo del mismo, al P. General, originales en Cast. 11.

pocos días después, de las memorias y obras pías, en que hubo alguna más. Pero cuanto al acomodo respecto del colegio, ni plática apenas admitió el Obispo, que acabó, como otras veces, por reclamarlo todo como suyo, y si no, que se viese en los tribunales. Así lo refiere el P. Puyal (1), y nos consta por otro lado que a los pocos días acudió al Rey pidiendo se suspendieran los efectos de la Real orden de 17 de Abril, aunque solamente, según parece, en la parte no ejecutada todavía. Por el documento de donde tomamos este dato, que es un dictamen del fiscal del Consejo Real, sin fecha, pero ciertamente anterior a Julio de 1831 (2), y por otros del Ayuntamiento de Barcelona (3), entendemos que siguieron las negociaciones sobre dividir entre ambos seminarios, el conciliar y el nuestro, el edificio de Belén, y también dar a uno o a otro el inmediato de Cordelles o el de la Inquisición, inmediato a la catedral. Nada se hizo, a pesar del empeño del Ayuntamiento, de la Audiencia, del Capitán general y de la mayor y más influyente parte de la población. Nuestros Padres, desde que el Provincial volvió de Barcelona, ya no dieron un paso en este negocio; porque el P. General, más bien que favorable era contrario, no creyendo que la Provincia tenía aún fuerzas para echar sobre sí esa nueva y tan pesada carga, y escribía que podríamos decir: Salutem ex inimicis nostris, si el Obispo, por desafecto, hacía que se retrasara el negocio (4). En Barcelona quedaron dos Hermanos coadjutores arreglando la iglesia, y allí continuaron después cuidándola y sosteniendo el culto y haciendo cumplir, por medio de sacerdotes seglares, las memorias en ella establecidas.

Tan larga es la historia de tan diminuta residencia, si aun tal nombre merece.

4. Poco más llegó a valer la de la Santa Cueva de Manresa. Casa, cueva e iglesia había sido devuelta a la Compañía en 1816, y lo fué de nuevo en 1823; pero ni en la primera época ni en la - primera mitad de la segunda vivió allí ninguno de los nuestros, cuidando solamente los del colegio del culto en la Santa Cueva;

(1) Al P. Gil, Barcelona 26 de Junio de 1830, original en nuestro poder. (2) A. H. N.; Jesuítas, leg. 161. Minuta.

(3) En su archivo, 1833, oficios remitidos, a D. Francisco Rivas 10 de Agosto; y Acuerdos, segundo semestre 1833, fols. 812, 901, 985, 986 y 987.

(4) Carta del P. General al P. Puyal, 13 de Julio de 1830, Registro correspondiente; y de éste a aquél, 12 de Agosto del mismo año, original en Cast. II.

porque la iglesia quedó al tiempo de la expulsión, acabada, sí, en su fábrica exterior, mas por hacer toda o gran parte de la obra interior, y así estuvo hasta la segunda mitad del siglo XIX. Aun la casa estaba en bastante mal estado; pero, en fin, allí vivieron desde 1830 el P. Vicente Morera con un coadjutor, y los últimos tres años dos coadjutores, como en Barcelona.

5. Dada cuenta de las casas nuevamente abiertas, aunque tan insignificantes casi todas, será razón darla también de las mudanzas principales y adelantamientos hechos en las antiguas, tanto en la parte material como en la formal y modo de ser de aquellas comunidades, con lo demás que en ellas ocurrió digno de memoria.

En el colegio Imperial, cuando salió de él o de la casa contigua y de su propiedad, en que se hallaba instalado, el Seminario de Nobles, para trasladarse a su antiguo edificio, se puso en aquel mismo local un internado, con nombre también de seminario, según la costumbre de aquel tiempo, pero no para nobles, sino para muchachos de las otras clases de la sociedad.

Desde el momento en que se pensó en quitar de allí el de Nobles, debió de surgir la idea de este internado para los otros en el sitio que había de quedar libre. Pareció esto tanto más fácil, cuanto que apenas requería aumento de personal, porque las clases serían las mismas de los externos, aunque en ellas habría separación entre unos y otros, y la inspección o vigilancia estaría encomendada a los mismos profesores jóvenes. Con ocasión de una solicitud dirigida al Rey y por él pasada a informe del P. Cordón, pidiendo dispensa de las pruebas de nobleza para un niño que querían poner en el Seminario de Nobles; el Provincial propuso su proyecto escribiendo a Calomarde el 12 de Diciembre de 1827: «Ya en otras ocasiones he tenido el honor de hacer presente a S. M. los inconvenientes que pueden tener semejantes dispensas, y los perjuicios que causarían necesariamente a un establecimiento, en que con tanta prudencia ha querido S. M. se eduquen separadamente los nobles. Estas razones son cada día más poderosas; y ni aun el local es suficiente para los muchos nobles que desean ser admitidos. Por lo mismo me atrevo a proponer a V. E. un medio de conciliarlo todo, para que se sirva hacerlo presente a S. M. El medio de evitar los disgustos, que necesariamente ocasiona una negativa, y de que todos lograsen la educación que desean en las casas de la Compañía de Jesús se

ria, que S. M. se dignase mandar que el Seminario de Nobles se traslade a su propia casa, sita en la puerta de San Bernardino para 1.o de Julio del año próximo de 1828; a cuyo fin, debiéndose hacer obra para restablecerla, debería quedar desocupada el 1.o de Enero, y que se establezca en el local que ahora ocupa, contiguo al colegio Imperial, otro seminario en el cual pudiesen ser admitidos todos los que, siendo de familias honradas, no puedan justificar su nobleza por ambas líneas, como se requiere en el actual. Esto es tanto más fácil, cuanto que estando fundados en dicho colegio Imperial, los Reales Estudios de la Corte por el Sr. D. Felipe IV, de gloriosa memoria, y siendo de patronato de S. M., parece que requieren un seminario para todos aquellos, que, además de asistir a las cátedras públicas, quieran dedicarse a otros estudios accesorios y vivir dentro del colegio bajo el régimen y dirección de la Compañía sin la incomodidad de ir y venir todos los días a sus casas, con peligro de su buena educación. De este modo S. M. se libraría de ser molestado continuamente para dispensas, y proveeria suficientemente a la educación de los vecinos de esta Corte» (1).

Calomarde aprobó sin vacilar el proyecto y aun el reglamento, que le acompañaba; y el deseo, a lo que parece, de su pronta realización, le hizo dar calor en la salida de la tropa del edificio de San Bernardino, queriendo que para Julio estuvieran allí los seminaristas nobles, y pudieran entrar los otros en el del Imperial (2). El P. Cordón comunicó dos veces su proyecto al P. General (3); y aunque por inadvertencia, sin duda, no parece que tuvo respuesta, siguió dando los pasos convenientes para su realización. En esto murió; y cuando su sucesor, el P. Puyal, escribió de nuevo sobre él al P. Fortis, éste, considerándolo como muy bueno en sí mismo, lo desaconsejó por razón de las circunstancias. Pero el nuevo Provincial replicó que era cosa ya conocida y aprobada por el Rey e imposible dejar de ejecutarla (4).

(1) A. H. N., I. P., leg. 331. Original.

(2) Real orden al P. Cordón, Barcelona 6 de Enero de 1828. Minuta en el A. H. N.; I. P.; leg. 331. Copia en el registro n. 0.255, Ordenes de Madrid, fol. 103.

(3) Por medio del P. Peña en 20 de Diciembre de 1827; directamente el 11 de Febrero de 1828. Originales en Cast. I.

(4) Carta del P. General al P. Puyal de 9 de Junio de 1828, original en la Colec. Prov. y de éste a aquél de 3 de Julio del mismo año, original en Cast. II.

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