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más explícito anduvo el Ministro hablando con el Nuncio algún tiempo después, como éste escribía al Secretario de Estado de Su Santidad el 30 de Julio. Dábale quejas Ceballos de que el Papa hubiese restablecido la Compañía en Rusia, sabiendo que no era del agrado del Rey, y fundaba este desagrado en que subsistían aún los motivos que habían inducido a su extinción; que se habían dado muchas quejas de ellos al Gobierno; que los españoles vueltos a la patria eran causa de disputas y de divisiones; y que esto había hecho que se resolviese su segunda expulsión (1). Es cierto que, muchas o pocas, los jansenistas habían dado quejas al Gobierno contra ellos; es cierto que a ellos se atribuyeron ciertas divisiones y disputas habidas entonces entre algunos jansenistas y algunos contrarios suyos, amigos de los jesuítas, o más bien, partidarios de lo que los jansenistas llamaban jesuitismo, y no era otra cosa que la doctrina católica pura. Pero no hemos hallado el menor indicio de que las quejas fueran fundadas; ni de que ellos fueran autores o fautores de aquellas disputas y divisiones. Y el Sr. Torres Amat, que ciertamente nada tenía de jesuita, a «imprudencia o fanatismo de algunos de sus más afectos», y no de ellos, atribuye este segundo destierro (2). En sustancia, la causa verdadera de él fué la aversión y oposición al jansenismo, reconocida generalmente como propia y casi exclusiva de los jesuítas y sus amigos; prescindiendo, por falta de documentos fidedignos, de si esa oposición la manifestaron con hechos prudentes o imprudentes; pudiéndose sin temeridad negar toda culpa en ellos, y mucho más, que si alguna tuvieron, fuera merecedora de la gravísima pena de destierro. Eso aun para los que en algo hubieran faltado; que por la culpa de dos o diez o veinte, desterrar a más de seiscientos, aun ahora que de ninguna manera formaban cuerpo y nada tenían que ver unos con otros, eso rebasaba la medida de la arbitrariedad más despótica (3).

10. Presentamos arriba la orden dada a D. Pedro Labrador, embajador en Roma en los comienzos del pontificado de Pio VII,

(1) Arch. Vatic., Ispagna, n. 453, Cifre di Monsignore Nuncio, a 1801. (2) Memorias sobre los escritores catalanes, art. Masdeu, J. F.

(3) Otras causas de esta expulsión traen Zalenski, 1. IV, c. VII, n. 2; Nonell, t. II, 1. IV, c. III, pp, 295-296; Enrich, t. II, 1. IV, c. XII, nn. 4-7; Zarandona, t. III, c. V. La del Breve Catholicae fidei, la excluyen las fechas; la de la Bula Auctorem fidei puede ser admitida, reduciéndola a lo que aquí va dicho en el texto.

para que en nombre del Rey desaprobara los pasos, que para res tablecer la Compañía en sus estados se suponia habían de dar cerca del nuevo Papa el Emperador de Rusia, el Rey de Cerdeña y el de Nápoles. Expuesto queda también atrás lo que toca a Ru sia. Una palabra ahora sobre Cerdeña y Nápoles.

Contraria suerte tuvieron las negociaciones de los dos monarcas, sin otra causa tal vez, que la diversidad de tiempos en que las entablaron. Carlos Manuel pedía la Compañía para Cerdeña, cuando Pio VII la concedía, sí, al emperador de Rusia, pero venciendo la fuerte oposición de España y recibiendo después de Carlos IV aquella carta fuerte, que decía la Reina. Enstal ocasión, el Papa no se atrevió a dar a nuestra corte un nuevo disgusto, accediendo a las instancias de aquel monarca; tanto más, cuanto que para este restablecimiento no militaban tantas y tan fuertes razones como para la confirmación de la Compañía en Rusia. Ese resentimiento de España, más propiamente que su oposición expresa y directa a las pretensiones de Carlos Manuel, si es que llegó a hacerla el embajador, fué lo que estorbó entonces el restablecimiento en Cerdeña.

El Rey de Nápoles no trató de él hasta el año de 1804. Apenas lo supo D. Antonio Vargas y Laguna, nuestro ministro en Roma desde 1801, pasó al Cardenal Consalvi, Secretario de Estado de Su Santidad, una nota el 21 de Marzo, protestando contra el proyecto, y exigiendo que el Papa lo rechazase o que a lo menos no diera paso en él sin contar con el Rey de España. Ceballos no solamente se lo aprobó en nombre de S. M., sino que le encargó una, dos y tres veces que no desistiera de la oposi ción comenzada, en ia seguridad de que el Rey jamás prestaría su asenso al restablecimiento de un instituto extinguido a solicitud del Rey su augusto padre, y de los principales soberanos de Europa. El Sumo Pontifice, a pesar de las quejas de los Reyes de Nápoles de que quisiera hacer depender de la voluntad de otro soberano un asunto propio de ellos, lo creyó imprescindible; aseguró a Vargas que tendría con S. M. en él las consideraciones que había tenido cuando lo de Rusia; y escribió al Nuncio que procurase por medio del Príncipe de la Paz la aquiescencia del Rey, pero no de modo que pareciese consentimiento o aprobación pedida por Su Santidad. Al mismo tiempo los Reyes de Nápoles, hermanos del los de España, hicieron con ellos semejantes oficios por medio de Su embajador en Madrid, el Principe de Santa Teodora; y cedien

do a los unos o a los otros, o quizá a motivos distintos, que desconocemos, el Rey por sí mismo al embajador de Nápoles, y el Principe de la Paz al Nuncio, dijeron que podía hacer aquel Soberano lo que tuviera por conveniente en sus estados; que Su Majestad ni aprobaría ni dificultaria el restablecimiento de los jesuítas en Nápoles. Ya era hora de que el Rey de España, que tan mal gobernaba sus reinos, renunciase a mandar en los ajenos, y dejara hacer en ellos el bien que, ciego, no quería en los propios (1).

Del mal gobierno de España nos ofrece este mismo asunto un caso, aunque no tan grave. El Ministro da una orden; el favorito la contraria; y las dos siguen su curso. El mismo día escribían a Roma, y el mismo correo de mitad de Junio llevaba las cartas del Nuncio para Consalvi, avisando que el Rey retiraba su oposición al proyecto, y las de Ceballos para Vargas ordenándole que la continuase, como en efecto la continuó. Ignoró, sin duda, Ceballos por algunos días, aunque era primer Ministro y quien oficialmente corría con el asunto, la mudanza del Rey o de Godoy, que era el Rey verdadero; y escribió por su parte a Vargas el 15 de Junio, sin pedir a uno ni a otro orden de lo que había de escribir y suponiendo que no había habido tal mudanza. Más aún; sospechamos que sus repetidas órdenes a Vargas las dió sin conocimiento ni del Soberano ni del favorito, siguiendo la antigua politica confirmada en 1801 en los comienzos de su ministerio, de resuelta oposición a todo restablecimiento de la Compañía, dondequiera que fuese; y que el Príncipe de la Paz, a la primera noticia que del caso tuvo con la propuesta del Nuncio, aplicó aquel principio suyo antes mencionado: «Jesuítas; nada importa que el Papa los establezca, no siendo en España». Así no habría habido realmente en la Corte aquel cambio repentino, que no parece bastan a explicar, ni la intervención del Nuncio, ni la del embajador napolitano. En fin, iba disipándose aquel odio mortal contra la Compañia, heredado de Carlos III y sus ministros, y también en parte sostenido por el jansenismo viviente y pujante en la Corte y fuera de ella, aunque no sin experimentar algunos reveses, como la publicación, si bien tardía, de la Bula Aucto

(1) Los documentos en el archivo de la embajada de España cerca de la Santa Sede; en el Vaticano, Spagna, n. 310, Lettere e cifre dil Nuncio, 1804; y en la Biblioteca Corsini (Roma), Memorie del P. Angiolini, 1. 3.o, n. 35.

rem fidei, condenatoria de todas sus doctrinas: se dejaba sin oposición que los jesuitas renacieran en otros países. En España era otra cosa; aquí de ningún modo se los quería, vueltos a su antiguo ser de jesuítas, y aun como particulares se renovaban contra ellos los decretos de proscripción, bien que no se ejecutaban. 11. Poco antes del restablecimiento de la Compañia en Nápoles, en 1802, según parece, vino de Quito a España el Padre Fr. Francisco Antonio María de Jesús Huerta o Huertas, Procurador y Comisario de aquella provincia franciscana. Ignoramos el fin de su venida; quizá fué única o principalmente para oponerse, como se opuso desde su llegada, a que las misiones de Mainas se encomendasen a los Franciscanos del Colegio de Oco. pa, en el Perú, al mismo tiempo que se erigia en aquel territorio un obispado y se pasaba su gobierno político del Virrey de Santa Fe al de Lima, como se hizo por cédula de 15 de Julio de 1802. Pero hizo más, y esto es lo que a nosotros nos importa: «habló al Rey, en instancia especial, de la necesidad absoluta de restablecer el ministerio de la Compañía de Jesús en las misiones del Marañón; y con mayor generalidad aún le hizo una extensa apología a favor de los Padres de la extinguida Compañía de Jesús, con planes de costear su regreso a América, abono de su conducta y otros desatinos de una fantasía perturbada», como los llamaba su superior, el Comisario general de Indias (1 El fruto de esta representación, según él afirmaba restablecida ya la Compañía, fué quitarle los cargos que desempeñaba y retirarle al convento de San Francisco del Monte, en Granada (2). Como esto fué ciertamente antes de mediado el año de 1804, no creemos tenga relación ninguna con lo que vamos a referir.

Los primeros días de Diciembre de 1805 se puso en la cárcel del Santo Oficio de Madrid al P. Francisco Ruperto Aguado; se dió orden a las autoridades para que condujeran a los puertos más próximos e hicieran embarcar para Italia a otra media docena de ex-jesuitas, que se supo haber en diversas partes de Es

(1) Arteta, La Cuestión de límites, c. VII, pp. 452-455.

(2) En el Inventario de los expedientes... encontramos éste: El que se formó a instancia de Fr. Francisco Antonio de Jesús Huerta, orden de San Francisco, sobre que se le reintegrase en los destinos que expuso tuvo en la orden, de los cuales se le despojó por resultas de un plan que dirigió al Señor Don Carlos 4. para el restablecimiento de los Padres jesuítas. La reclusión la refiere Arteta, lugar citado.

paña; y a varios amigos y favorecedores suyos se señaló, y suponemos que en algunos se ejecutó, como pena del delito de serlo, la salida o destierro de la corte, ya llana y simplemente, ya con apariencias de ascenso. Los ex-jesuítas representaron y confirmaron con certificados de médicos y testimonios de las mismas autoridades encargadas de su destierro, la imposibilidad de hacer aquel viaje por sus enfermedades; pero en vano. El 7 de Febrero de 1806 se repitió la orden. Ampliando el 19 el P. Aguado en el tribunal de la Inquisición una declaración hecha anteriormente (la cual no conocemos), dió noticia de algunos otros que sabía haber en España; y entonces y no antes, a lo que parece, el Arzobispo de Zaragoza e Inquisidor general, D. Ramón José de Arce, comisionó a quienes le pareció de provincias, para que con el sigilo propio del Santo Oficio ocuparan a todos sus papeles y les tomaran ciertas declaraciones; y para que la noticia de los que salían desterrados no pusiera en cuidado a los otros, sino que a todos cogieran descuidados los inquisidores comisionados, se suspendió la orden de destierro, y aun se permitió a cada cual vivir donde quisiera, dando aviso del lugar a las autoridades. El 21 de Febrero se nombraron los comisionados y se les pasó la circular con el interrogatorio para las declaraciones; y muy pronto hicieron todos y remitieron a Madrid las diligencias correspondientes, con nota de cuantos papeles, libros y otros objetos habían sido ocupados a los ex-jesuítas. No sabemos que tomara el Inquisidor general ni el Ministro de Gracia y Justicia, D. José Antonio Caballero, con quien en esto se entendía, otra providencia, como resultado de esta pesquisa, sino encargar de nuevo con orden de 30 de Abril a los inquisidores de provincias, que velasen cuidadosamente sobre la conducta de los pesquisados y avisaran de cuanto averiguasen; y el extrañamiento anteriormente fulminado quedó suspendido indefinidamente.

¿Qué causa hubo para esta diligente averiguación de los je: suitas que había en el reino, para la citación judicial y declaraciones de todos primero, y para el encargo de vigilarlos después? No hemos podido sacarlo de raíz; pero, si alguna hubo, parece que en el interrogatorio se había de dar a entender; y en él, fuera de los puntos generales y formularios, no hay otro sino éste: Si esperan ver restablecida en España la Compañía, en qué y en quiénes fundan su esperanza, y si para conseguirlo han dado algún memorial a persona de la corte. Y esto escribieron a los Padres des.

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