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hacen la gente que en ella está del Prior de San Juan, que se otorga carta para SS. MM. sobre ello, suplicando que mande pasar á otras partes la dicha gente.

8 de junio de 1522.

Carta de Carlos V al ayuntamiento de Madrid.

El Rey Concejo, justicia, regidores, caballeros, escuderos, oficiales, omes buenos de la villa de Madrid. Con el mucho deseo é voluntad que he tenido á esos reinos para la paz, é sosiego é contentamiento dellos, he trabajado cuanto ha sido posible de me desembarazar de todas las otras cosas, aunque han sido y son de grande importancia, y he puesto en obra mi camino y no he querido hacéroslo saber hasta estar en Inglaterra donde á Dios gracias Yo llegué bueno: y así voy mi camino al puerto de Antona donde luego me embarcaré y con el primer viento que Dios diere, con su ayuda, faré mi viage. Quise facéroslo saber porque sé el placer que dello habedes de haber. De Londres 8 dias de junio de 1522 años-Yo el Rey-Por mandado de S. M.-Francisco de los Cobos.

8 de agosto de 1522.

Se nombró para ir á besar las manos á S. M. al regidor Diego de Herrera con doscientos cincuenta maravedís de salario cada dia, que es el que se suele dar á un regidor.

10 de diciembre de 522.

Platicóse sobre dar medio en las tomas que se hicieron en tiempo de Comunidad en esta villa, de pan é maravedis de esta villa, é maravedís de su Alteza, é en los otros maravedis que se tomaron de personas particulares, prestados, y en lo que se tomó al señor alcay

de, para que en todo esto se diese medio como se pagase con el menor daño y perjuicio que pagarse pueda; y cometióse á los señores Justicia y regidores, y á los Reverendos Padres Fr. Juan de Olmillos é Predicador, é á los señores Lopez Zapata, Rodrigo de Lujan, é Alonso Cuello, é al Licenciado Romero. y al Bachiller Vera para que ellos todos comuniquen y busquen el mejor medio, y llamen á los sexmeros de la tierra y á los procuradores de la villa, de caballeros y escuderos y de pecheros, para que den su parecer y que se junten cada dia á las dos.

CART.

de la ciudad de Murcia al Gobernador del reino y al Consejo Real en ausencia de Carlos V. acerca de las Comunidades de Castilla, acompañando el traslado de una carta enviada á dicha ciudad por el ayuntamiento de Toledo, y de otra que el ayuntamiento de Toledo habia recibido del de Burgos.

Se ha copiado del original que nos ha franqueado el Sr. D. Bartolomé José Gallardo.

En la hoja que sirve de cubierta se lee: Cartas de Toledo para Murcia. Y mas abajo: Juan Bazques regidor de Murcia, procurador de las Córtes, negó el servicio que pedia el Rey y despues en su calidad fué el que pasó peligro de muerte porque fuese guardado el servicio de su Majestad y la fidelidad que le debia é que esecuten sus mandamientos y de sus Gobernadores Ꭹ ie diesen sus rentas Reales. Y á la cabeza de las cartas á manera de epígrafe: Cartas de Toledo para Murcia y la respuesta della enviada al concejo.

En la muy noble é leal cibdad de Murcia martes veinte é cuatro dias del mes de julio año del nascemien

to de nuestro Salvador Jesucristo de mill é quinientos é veinte años fueron ayuntados á concejo en la sala de la casa de la corte de la dicha cibdad segund es acostumbrado, conviene á saber, el muy virtuoso é discreto señor el Licenciado Anton Perez de Bomayti alcalde teniente de corregidor en la dicha cibdad por el noble caballero Hernando de Vega, corregidor é justicia de la dicha cibdad é de las cibdades de Lorca é Cartagena por la Reina é Rey nuestros Señores, é Hierónimo Ruiz de Avilés, é Anton Suvira, é Alonso Pacheco, é el Comendador Juan Remirez, é Diego de Lara é Vozmediano de Arroniz, é Juan de Ceballos, é Alonso de Tenza, é Francisco Riquelme, é Francisco Bernal é Pedro de Zambrana que son de los diez é seis hombres buenos, ricos, que han de ver é ordenar los fechos é facienda del dicho concejo, seyendo y Alonso de Aunon, é Pedro de Zamora, é Cristobal Sala, é Pedro de Aroca é Arroniz Furtado, é Alonso de Molina, é Cristobal de Balibrera, é Ruy Gutierrez Sovirá, é Rodrigo Pergará, é Francisco Tomas, é Rodrigo Avellan, é Diego Riquelme é Fulgencio de Almela, jurados de la dicha cibdad.

En el dicho ayuntamiento en presencia de mí Francisco de Plazol escribano mayor del dicho concejo, los dichos señores vieron una carta que la ciudad de Toledo escribió á la dicha cibdad de Murcia, y un treslado de otra carta que la cibdad de Burgos escribió á la dicha cibdad de Toledo, las cuales un hombre que se dijo Miguel Moreno trujo de la dicha cibdad de Toledo, que son del tenor siguiente.

Muy Magnificos Señores Despues que rescebimos la carta de vuestra Merced en la cual no se determina

ba en la junta de las cibdades por no ser venido uno de sus procuradores, é rescebimos respuesta de todas las mas cibdades del reino sobrello, y á todas les paresció que se debe facer y especialmente á Burgos segund vuestra Merced verá por el treslado de su carta que os enviamos en tiempo, nos conformamos con lo que escribe, que será la junta si pluguiere á Dios el primero dia de agosto. En el lugar no nos paresce que debia ser en Segovia porque estando de la manera questá, no se podria tener el sosiego é quietud que para tan gran negocio se requiere; é por eso escrebimos á la muy noble cibdad de Burgos é á todas las otras cibdades nuestras hermanas que la junta se haga en Avila, pues está en comarca de Burgos como Segovia é tiene las otras calidades que para el negocio son menester. Pedimos por merced á vuestra Merced que para el tiempo ya dicho envie sus mensajeros ó procuradores allí á Avila porque esta cibdad envía los suyos, los cuales harán lo que los desa muy leal cibdad mandaren y en todo seguirán su parescer. Bien veemos que para vuestra Merced es algo fuera de comarca lo de Avila, y quel tiempo es tan corto; mas como nosotros no facemos en esto sino lo que á Burgos le ha parescido, no pedimos perdon á vuestra Merced dello, sino que nos paresce que en todo caso deben enviar sus procuradores con sus capítulos, instruccion de lo que les paresciere para el servicio de sus Majestades é bien destos reinos que conviene, é particularmente de los negocios que tocan á esa cibdad y especialmente sobre la diferencia que nos dicen quese muy noble ayuntamiento tiene con la comunidad é germanía desa cibdad, en lo cual es razon que todas las cibdades nos empleemos, y que para tan gran negocio

como este en questamos, todos tengamos conformidad y vuestra Merced la tenga con su autoridad, porque de otra manera no habria libertad para facerse buena obra; y aunque los procuradores de vuestra Merced no lleguen para el primero dia, no va mucho en ello porque

haciéndonos saber su venida todas las otras cibdades aguardarán á vuestra Merced.

El Ronquillo está cerca de la cibdad de Segovia haciéndole muy mala vecindad, así á ella como á toda la comarca, robando y prendiendo todos los que topa; é porque nos paresce ques gran le ofensa de Dios nuestro Señor é deservicio de sus Majestades consentille facer tales insultos y robos como face, esta cibdad envía gente de pie é de caballo, toda la que puede al presente, á la cibdad de Segovia, y así lo facen todas las otras cibdades del reino. Suplicamos os, señores, que pues esto es tan gran servicio de la Reina é Rey nuestros Señores é tanto bien para estos sus reinos excusar que una tan noble cibdad como Segovia no sea destruida ni maltratada, vuestra Merced envíe el socorro que de su nobleza é cristiandad se espera, especialmente de gente de caballo de la cual hay acá alguna falta; y harán vuestras Mercedes en ello dos cosas muy sustanciales, la una socorrer á Segovia, pues ha menester nuestra ayuda, y el daño quella rescibiere todas lo rescibimos; y la otra es que habiendo copia de gente como la habrá de todas las cibdades, será asegurar la junta si para excusalla tienen algund pensamiento los adversarios y enemigos del bien comun. Demas desto nos paresce que seria bien que porque mucha gente de la questá con Ronquillo, de acostamientos é guarnicion, será alguna desa cibdad é reino como lo es deste é de otros, que se pregonasen

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