Imágenes de páginas
PDF
EPUB

REVISTA GENERAL

DE

LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA

II

BOLETÍN LEGISLATIVO

томо 176

(1.o de 1921)

[blocks in formation]

MAR 21 1922

Talleres tipográficos de la Sociedad anónima EDITORIAL REUS Ronda de Atocha, 15 duplicado MADRID (689)

LEGISLACIÓN

DISPOSICIONES DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL

Num. 1.-GRACIA Y JUSTICIA.-3 de Enero, pub. el 5.

Real decreto dejando subsistentes las actuales plantillas del personal de la Administración Central de este Ministerio, suprimiendo la amortización acordada por las disposiciones que se indican en todo el personal de las Direcciones generales de Prisiones y de los Registros, y disponiendo, en cuanto a la Subsecretaria, que se amortice únicamente la segunda de cada dos vacantes que ocurran en la categoria de Auxiliares de primera clase.

EXPOSICIÓN.-Señor: De llevarse a cabo la amortización establecida en el Real decreto de 21 de Septiembre de 1918 para dar cumplimiento a la ley de Bases de 22 de Julio del mismo año y su Reglamento de 7 de Septiembre siguiente, sería imposible atender a los servicios, como lo ha demostrado la práctica con sólo haberse suprimido algunas plazas en virtud de lo ordenado, imponiéndose la necesidad de consentir, aunque temporalmente, la agregación de funcionarios que, si bien dependientes de este Ministerio, son extraños a la Administración Central, y utilizar horas extraordinarias para intensificar servicios que afectan directamente al interés público y producen al Estado grandes rendimientos.

Todos los informes emitidos en el expediente instruído al efecto, y especialmente el del Consejo de Estado, reconocen la imposibilidad de llevar a la práctica el régimen de amortización prevenido, y el Ministro que suscribe, utilizando la facultad concedida en la disposición especial novena de la vigente ley de Presupuestos, y de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene el II. BOLETIN. TOMO 176

1

« AnteriorContinuar »