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nientes de dotaciones regulares del fondo del Estado, que sirven principalmente para hacer frente á los gastos delegados, aunque algunas veces, sólo por pequeñas sumas á los gastos voluntarios, é ingresos autónomos. Mas esta clasificación-como el mismo Wagner dice-hoy no se da en la práctica y sería aplicable sólo en el caso de una auto-administración muy intensa.

La clasificación generalmente aceptada y que nosotros adoptaremos para hacer este estudio, es la de medios originarios y derivados (Nitti) (1) ó de derecho público y de derecho privado (Flora) (2), ó de economía comunitativa y privada (Reitzenstein) (3).

Son medios originarios aquellos que se procuran los Cuerpos locales sin ayuda ninguna del Estado, como Cuerpos autónomos, distintos de los medios de cualquier otra asociación. Derivados, por el contrario, son aquellos que tienen cierto parecido con los del Estado y los que éste por medio de subvenciones y dotaciones da á las localidades.

A.-MEDIOS ORIGINARIOS.

Los medios originarios son de tres clases: a) las rentas de bienes inmuebles; b) los beneficios del ejercicio de industrias (municipalización de los servicios públicos; c) el interés producido por la posesión de capitales.

a) Rentas de bienes inmuebles.

Con respecto á los bienes inmuebles hay que distinguir tres clases: bienes comunales, cuyo goce es gratuito para los individuos de la comunidad; bienes comunitativos, por cuyo usufructo se paga una renta; y bienes territoriales, destinados al uso público (calles, plazas, etc.).

(1) Nitti: «Principi de Scienza delle Finance.» Trad. francesa de Chamard.

(2) y (3) Flora y Reitzenstein: Obras citadas.

De estas tres clases de bienes, sólo la segunda produce beneficios en metálico á las localidades. Este ingreso pertenece casi únicamente á los Municipios, por ser éstos la continuación de las antiguas Comunidades (Concejos), que eran los que poseían dichos bienes, siendo de todos sabido que más tarde fueron casi todos ellos enajenados por el Estado. Con todo, aun hay Municipios que poseen propiedades comunales, las cuales les proporcionan beneficios en metálico.

́b) La municipalización de los servicios públicos.

Dada la importancia que tiene este medio originario de los Municipios, importancia que procuraremos reflejar en las cuar. tillas siguientes, he creído conveniente hacer de él un estudio siquiera tan superficial como el realizado.

Los primeros pasos en pro de la municipalización fueron debidos à Mr. Chamberlain, quien en Birminghan, en 1872, expuso la conveniencia de que tal medio fuese utilizado por los Municipios. Pocos años después, unos cuantos jóvenes radicales ingleses, que se llamaron á sí mismos fabianos, tomando el nombre del célebre general romano Quinto Fabio Máximo, que combatió á Anníbal, siguiendo la iniciativa tomada por Chamberlain, convinieron en la necesidad de llevarla á la práctica. La propaganda que hicieron de sus doctrinas fué activísima y tan acertada, que lograron atraer la opinión pública en tal forma, que en 1889 y en 1892, el Cuerpo electoral, inspirado en sus doctrinas, de entre los fabianos eligió la mayoría del Concejo del Condado de Londres, llevando en seguida á la práctica la municipalización este Concejo. El ejemplo cundió en las principales ciudades de Inglaterra y traspasando las fronteras se extendió rápidamente por los Estados Unidos de América, Suiza, Alemania, poniendo digno remate á esta tendencia la Ley y Reglamento de 1903 y 1904 del Ministro del Interior, Sr. Giolitti, en Italia.

¿En qué consiste la municipalización? La municipalización es la producción directa por el Municipio de determinados servicios à un precio inferior de aquel en que puedan dispensarlos la industria privada.

Antes de seguir más adelante, he de advertir que por tocar más directamenze al tema, hablo aquí solamente de las municipalizaciones directa é industrial, y no de una tercera fase de municipalización que puede llamarse social y que consiste en la acción que ejerce el Municipio proporcionando determinadas ventajas á los obreros, tales como seguros contra el paro forzoso, disminución de horas de trabajo, fijación del salario mínimo, trabajos municipales emprendidos en tiempo de crisis, subvenciones á las Cámaras de trabajo, oficinas municipales de colocación, etc. Para dar una idea de la importancia que tiene esta clase de municipalización, citaremos aquí alguna de las disposiciones encaminadas á conseguir aquellos objetos: En Berna se funda un seguro contra el paro forzoso en 1893. Durante los inviernos en Inglaterra, Alemania y los Estados Uni dos de América se emprenden trabajos municipales para evitar las crisis de trabajo. Milán entrega anualmente 10.000 liras como subvención á la Cámara de trabajo. Parma facilita gratuitamente un local y entrega 3.000 liras. Turín da local y 5.000 liras. Cremona 1.600. Bolonia 3 300. En Bélgica también se conceden por las Municipalidades subvenciones de importancia. Con respecto á oficinas municipales de colocación, se crean en Saint Gall (Suiza) en 1887; en el Cantón de Basilea en 1889; en Berna en 1891; en Bienne en 1892. En Esslingen {Alemania) se crea una Cámara de trabajo en 1894.

Por lo que toca á la fijación del salario mínimo es importantísima la decisión del Municipio de Bruselas en 1893. En Amsterdam en 1893 y1894 se autoriza al Burgomaestre y senadores para adoptar un Reglamento muy lato, que lleva por titulo Disposiciones concernientes al salario mínimo y á la jor nada máxima de trabajo», con artículos tan importantes como el referente al salario mínimo, que debe ser de 0,93 francos

por hora, que no haya trabajo en domingo y que en caso de enfermedad el salario se pague totalmente hasta tres meses y la mitad hasta seis de duración de la enfermedad. En Barcelona el Ayuntamiento ha fijado el salario mínimo de sus obreros en 3,25 pesetas diarias; otro tanto se propone hacer el de Valencia. Todas estas disposiciones son seguramente el prólogo de importantísimas que han de sustituir el intervencionismo del Estado por lo que ahora se llama socialismo municipal.

El Municipio, decíamos, puede ejercer la municipalización de dos formas: de una manera directa ó económica y de una manera industrial.

La primera consiste en la producción por el Municipio de todos aquellos medios que convienen á una necesidad sentida por él como persona. En este sentido municipaliza el alumbrado público, el riego de las calles, las tipografías, los aparatos de extinción de incendios, las construcciones de edificios públicos, la limpieza, etc., etc. Hoy esta municipalización va imponiéndose poco a poco. El sistema de contratas, que era el seguido antes que los Municipios adoptasen la nueva tendencia, tenía grandes desventajas. El contratista, aun siendo altruísta, va tras una ganancia segura, que puede traducirse en una de estas tres cosas: ó encarece el servicio ó lo empeora ó aumenta las horas de trabajo y disminuye el salario á los obreros. A evitar estos manifiestos abusos va esta clase de municipalización.

La segunda clase de municipalización, según decíamos, es la industrial. Consiste en la producción por el Municipio de determinados medios ó bienes que vende en libre concurrencia con los particulares ó monopolizándolos. En este último caso se encuentran los suministros de aguas, de luz y de calefacción á los vecinos, tranvías, etc. Esta corriente es más fuerte cada día (la de la monopolización), porque es preciso

considerar que la municipalización ha de responder à una condición económica; esto es, que el Municipio al emprender el ejercicio de una industria, debe procurar que los gastos é ingresos se equilibren, ya que no haya un beneficio, y esta condición peligraría al permitir la existencia de otras industrias similares.

Ahora bien; si el Municipio obtiene ganancias en las industrias monopolizables-al suprimir la competencia-, puede dedicarlas á esos hermosos fines sociales que abarca la esfera de acción del Municipio que Chamberlain condensaba así: «Debe extender su actividad hasta lograr que todo ciuda dano amante del trabajo tenga aseguradas una casa cómoda para vivir y una buena mesa», ó atendiendo tan delicadamente como lo hacen los Municipios de Glasgow y Liverpool à satisfacer ciertos sentimientos artísticos, regalando á las familias pobres, tiestos y macetas de plantas y flores para que adornen sus casas, ó creando bibliotecas públicas, amén de facilitar por un precio mínimo determinados productos que antes no podían consumir las clases pobres, con lo cual no sólo responde la municipalización en este último caso á la ley del mínimo medio, colocando á los ciudadanos en condiciones de satisfacer sus necesidades con el menor esfuerzo posible, sino también á otra: á la ley económica que la satisfacción de necesidades de orden inferior determina el nacimiento de otras superiores, signo evidentísimo de progreso.

A todo propósito dejé para el final la incontrovertible ventaja que en el orden financiero proporciona la municipaliza. ción. Venimos sosteniendo en el curso de esta tesis la necesidad de la autonomía financiera de los cuerpos locales, y esto se obtiene en gran parte con la municipalización de servicios públicos. Con el ejercicio de industrias obtiene el Municipio grandes ingresos: para convencernos de este aserto veamos algunos ejemplos de los diferentes servicios municipalizados en las diversas naciones:

INGLATERRA.-Gas.- Salford obtiene de ganancia anual

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