Colección legislativa de España: (Continuación de la Colección de decretos.), Volumen123

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Imprenta del Ministerio de gracia y justicia, 1880

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Página 344 - En el caso de que un Tribunal tenga conocimiento de algún hecho que estime digno de represión y que no se halle penado por la ley, se abstendrá de todo procedimiento sobre él, y expondrá al Gobierno las razones que le asistan para creer que debiera ser objeto de sanción penal. En
Página 443 - con tal que concurran las dos circunstancias siguientes: 1. a Que la Autoridad ó agente tenga motivos racionalmente bastantes para creer en la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito. 2." Que los tenga también bastant.es para creer que la persona á quien intente detener tuvo participación en él.
Página 267 - Y conformándose SM el Rey (QDG) con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone. De Real orden lo digo á VE para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde á VE muchos años. Madrid 15 de
Página 338 - Y conformándose SM el Rey (QDG) con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone. De Real orden lo digo á VE para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde á VE muchos años. Madrid 14 de
Página 402 - para la restitución de la cosa, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios, á fin de que pueda ejercitarla, independientemente de la causa, por la via civil, contra los que fueren responsables; á cuyo efecto no se alzarán los embargos hechos ni se cancelarán las fianzas prestadas. Art.
Página 703 - Caballero de la insigue Orden del Toisón de Oro, Gran Cruz de la Real y distinguida Orden de Carlos III, Caballero profeso de la Orden de Calatrava, Gran Cordón de la Orden de la Legión de Honor de Francia, de la de
Página 225 - Fundado en estas razones, el Ministro que suscribe . de. acuerdo con el Consejo de Ministros , tiene la honra de someter á la aprobación de VM el siguiente proyecto de decreto. Madrid 31 de Agosto de
Página 406 - verbal, se extenderá un acta por la Autoridad ó funcionario que la recibiere, en la que, en forma de declaración, se expresarán cuantas noticias tenga el denunciante relativas al hecho denunciado y á sus circunstancias, firmándola ambos á continuación. Si el denunciante no pudiere firmar, lo hará otra persona á su ruego. Art.
Página 790 - Fundado en estas consideraciones, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene la honra de someter á la aprobación de VM el siguiente proyecto de decreto. Madrid 19 de
Página 330 - Fundado en estas consideraciones , el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene la honra de someter á la aprobación de VM el siguiente proyecto de decreto. Madrid 14 de

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