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guno de esta órden en la comunidad de Castilla. La informacion se hizo y vió, y aun pareció que se pudiera escusar el enviar al fraile fuera de este reino, si no hobiera otra cosa; pero entendido que por cosas tocantes á la fée le estaba ya dicho dias há á su Provincial que le enviase á España, pronunció el Audiencia un auto el mesmo sábado en que mandan al Provincial le envie á España. Luego el dia siguiente primero domingo de Cuaresma dejaron de predicar en la iglesia mayor, á donde estaba publicado su sermon y en su mesma casa de Santo Domingo y en otras partes, y fueron á incitar y pedir con justicia á las otras órdenes que tampoco predicasen, pero no lo hicieron. Dexan de decir la salve en el lugar acostumbrado, y saben ellos muy bien lo que en cosas de a fée hay contra el que se manda ir á España; y con todo eso están tan duros y tan desagradecidos de la merced y limosna que V. M. les hace. Ellos se confian en que lo que hacen es á gusto del Virey, ó por mejor decir, que son opiniones y no tanta culpa contra él; y sé de cierto que con no ser amigo del Arzobispo, le ha pedido con instancia que hable y trate sobre estas cuentas y tasaciones de pueblos estorbándolas. Yo junté el mismo domingo al Virey, Audiencia, Arzobispo, Obispo de Guaxaca Ꭹ á los tres Provinciales y les dije mi parecer lo mejor que supe, y les di á entender cuán en servicio de Dios y bien de estos naturales es esta cuenta que se hace; que no les pese, que concurriendo esto V. M. sea aprovechado en su Real Hacienda, y les dixe lo que habian de hacer. Todos se han rendido, á lo menos al parecer, sino son los dominicos, que son los mas amados del Virey, el cual con ellos y con los demás tienen destruida la tierra y muy vejados los indios con tributos y servi

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cios personales sin llevar V. M. nada ó cuasi. Y ansí demás de lo que tengo dicho arriba en esta carta, por lo que á Dios y á V. M. debo, digo que en llegando esta, V. M. mande, con el primero navío que hobiere despachar carta para que el Virey se abstenga de su oficio y sea servido de proveer con gran brevedad otro que venga luego. Si no se hiciere ansí, en volviendo la cabeza desbaratará cuanto yo hiciere, porque es mañoso y atiende á solo esto. Yo estoy ocupado en muchas cosas y no puedo proveer á todas. Los frailes han sido señores de lo espiritual y temporal; háceseles de mal y más que á otros que les quiten su estado y señorío; son capitosos (1), y como hallan ayuda y amparo en él ansí por la sujecion que les ha tenido, como porque no se descubra tanto el descuido con que ha hecho su oficio, ayúdalos y favorécelos. Mejor fuera que nos concertáramos todos á el servicio de Dios y de V. M., y que en lo de hasta aquí dixera que entendió que ansí convenia hacerlo, ó que se descuidó. Ninguna cosa me aprovecha; parécele que con los sellos de las tres órdenes está seguro, y yo lo estoy de que no los enviáran ellos en mi favor. Guarde N. S. la C. R. persona de V. M. guarde muchos años, con augmento de más reinos y señoríos, como sus criados deseamos y habemos menester. De México, veinte y cuatro de Hebrero, de mil quinientos sesenta y

cuatro.

De V. C. R. M.

Menor vasallo y criado, que sus Reales piés y manos besa.-El Licenciado Valderrama.

(1) Lo mismo que caprichoso. (Dic. de Terreros.)

CARTA DEL LICENCIADO VALDERRAMA AL REY D. FELIPE II, SOBRE ASUNTOS DE LA GOBERNACION DE NUEVA-ESPAÑA. (1)

S. C. R. M.

Despues de haber cerrado el pliego é inviádole á la Veracruz, fué el Obispo de Guaxaca al acuerdo, y vió la peticion que con esta va; y como dixe en carta que escribo á V. M., el Arzobispo fue solicitado para esto, y no lo quiso hacer. El Obispo es buen hombre y religioso, á lo que dicen; pero aunque há muchos años que está acá, sabe tan poco de la tierra como el que vino agora; lo cual he entendido de lo que con él he hablado. Usan dél á su voluntad los que le han menester, y él cree lo que le dicen. Una cosa diré, por donde se entenderán otras que me dixo un dia de los pasados delante del Prior de Santo Domingo: que todas las informaciones que en esta tierra se hacian eran burla, y no se debia dar crédito á ellas, y que los religiosos entendian las cosas desta tierra y no eran interesados, y que con ellos se habian de aconsejar; y que si ellos dixesen otra cosa de lo que contenia en la informacion, aquello se habia de hacer, y no lo que venia probado. Despues de haberse leido esta peticion, le pregunté si sabia las cosas que en ella se contienen, ó si se las habian dicho; respondió que las sabia,

(1) Coleccion de Muñoz, tomo LXXXVIII.

y llegado á particularizar por cada una dellas, no supo dar razon de ninguna, ni las entiende; sino que se lo dieron ordenado ansí y firmólo. Representa lo primero, temor de que se alzasen; esto dice por los del pueblo de Cuilappa, que es del marqués del Valle, en los cuales hay allí la duda entre los Oidores sobre si el terrazguero de algún indio ha de tributar á V. M. ó al encomendero, de lo cual he dado aviso. Sólo tocaré, que en esta misma razon con otros me representó el Virey, cuando me queria persuadir que era justicia que no tributasen los susodichos.

Dice más, que quitan á los caciques sus patrimonios; no hay tal, sino lo contrario; lo que se manda es que para V. M. y la doctrina y culto divino, ni para la comunidad, no tributen cosa alguna más de lo que agora les tasa. Si el cacique, ó otra persona, tuviere algun derecho, no se le quitan ni se habla en ello, antes V. M. tiene mandado que se averigue lo que en esto hay, y si no les pertenece á los caciques cosa alguna, no se la paguen, si les es debido, den órden en el Audiencia que no hagan agravio á los maceguales (1), ni se consienta llevar cosa injusta, y ansí se hará.

y

Dice ansí mismo, que se les quitan las caxas de comunidad, y que hay falta para sus necesidades, como de presente se vé: no pasa ansí, porque se les dexa suficientemente lo que han menester; y cuando esto no fuera. ansí, no puede él saber lo que les falta, porque ni sabe que han menester, ni lo que les dan, ni aun está injusta la tinta de la tasacion. Yo le confesé que para los frailes no habrá lo que hasta aquí.

lo

(1) Con este nombre designaban á la gente comun ó popular,

Dice tambien que dan á V. M. mucho más de lo que solian, y dice verdad, y ansí lo debieran haber hecho muchos años há, si no estuviera todo tan sujeto al parecer de frailes. Y no es justo que teniendo V. M. mandado que se les dé lo necesario muy cumplidamente, y habiéndose hecho ansi, hayan ellos querido quitar á V. M. su hacienda, y vexar á los maceguales más de lo que era razon, gastando lo que debieran escusar, y consintiendo que los principales llevasen lo que no se les debia..

Dice más, que parte de lo que hasta aquí daban, era servicio y leña y y hierba, dice verdad; pero el servicio personal sin paga, V. M. le tiene prohibido, y mucho más lo ha de ser entre indios, porque lo tienen como género de servidumbre, diciendo que los maceguales han de ser como esclavos de los principales. Y pagándoles agora el servicio y la leña y hierba, como está mandado, sobrarles han muchos dineros despues de pagado su tributo, y esto de solo aquello que se les dará por paga, de lo que antes hacian sin ella.

Dice que hay gran desigualdad en el pagar del tributo, por ser unos pobres y otros ricos; dice verdad, y es una de las cosas en que más deseo ver remedio y holgaria mucho que el Obispo ú otro le diesen; pero el dia que no se hiciere ansí como agora se hace, ha de quedar en albedrio de los indios el echar tanto á uno y tanto á otro, y robarán la tierra sin remedio, llevando á cada uno lo que quisieren. Cosa es platicada por Virey y Oidores y muchos religiosos y otras personas, y hasta agora no se han atrevido á dar otro órden, sin embargo de que se entiende bien la sinrazon que se les hace en igualarlos, pero pasaré, por evitar mayor daño.

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